Plazo de presentación
Estas declaraciones de operaciones se presentarán dentro del plazo establecido para el ingreso de las autoliquidaciones.Finalidad
Los Destinatarios Registrados habituales y ocasionales, los receptores autorizados de envíos garantizados y los representantes fiscales, en el procedimiento de "Ventas a Distancia" presentarán la declaración de operaciones, correspondiente a las recepciones de otros Estados miembros de la Unión Europea, de productos objeto de los Impuestos Especiales, durante el trimestre o el mes natural inmediatamente anterior, ante la oficina gestora.
Tramitado por
Dirigido a
Los Destinatarios Registrados habituales y ocasionales, los receptores autorizados de envíos garantizados y los representantes fiscales, en el procedimiento de "Ventas a Distancia".
Formularios y modelos a presentar
Modalidades de solicitud
Solicitud por internet
Las presentaciones para los ejercicios 2017 y siguientes tienen que realizarse desde la plataforma web Zergabidea
A continuación se pueden realizar presentaciones para los ejercicios 2016 y anteriores mediante la transmisión del PDF rellenable obtenido en Gipuzkoataria.
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
Oficinas de atención presencial
Oficinas de Atención Ciudadana, entidades colaboradoras y en el Servicio de Impuestos Indirectos del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Paseo de Errotaburu, 2 20018 -Donostia).
Modalidades de solicitud
Decreto Foral 20/1998, de 3 de marzo, por el que se adapta la normativa del Territorio Histórico de Gipuzkoa a lo dispuesto en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre de Impuestos Especiales.
Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real decreto 1165/1995, de 7 de julio.
Orden Foral 225/2011, de 2 de marzo de 2011, por la que se modifica la Orden 113/2009, de 16 de febrero, por la que se aprueban determinados modelos y se refunden y actualizan diversas normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales.