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Notificación electrónica
Colectivos obligados a tramitación electrónica
- Procedimientos tributarios
- Resto de procedimentos:
En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con la Diputación Foral de Gipuzkoa para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:- Las personas jurídicas.
- Las entidades sin personalidad jurídica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con la Diputación Foral de Gipuzkoa en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Diputación Foral de Gipuzkoa.
- Los empleados de la Diputación Foral de Gipuzkoa para los trámites y actuaciones que realicen con ella por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente.