Código de conducta del personal que realiza funciones de información, asistencia y atención ciudadana.

  • Las personas que realizan funciones de servicio de atención ciudadana deberán ajustar su comportamiento a los valores, principios y normas de conducta establecidos en el Código Ético y de buena Gestión del Empleo Público Foral enmarcado en el Sistema de integridad Institucional de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de su sector público.
  • Asimismo, y dada la posición destacada del personal de atención ciudadana en su relación con la ciudadanía, deberán:
    • Atender con corrección e identificarse ante la ciudadanía si así fuere requerido. La identificación se hará, con carácter general, de forma nominativa, salvo en los supuestos en que razonadamente así lo propongan los departamentos forales, en cuyo caso se hará a través del número asignado a cada una de las personas empleadas implicadas con el fin de salvaguardar sus derechos.
    • Prestar la atención ciudadana considerando la diversidad de la sociedad de Gipuzkoa y las especiales necesidades de las personas que la conforman.
    • Conocer los servicios correspondientes a su área de actuación, los órganos y/o las personas que desarrollan cada uno de ellos, así como las direcciones de las unidades administrativas que los realizan y las condiciones generales de aquellos servicios sujetos a plazos de solicitud.
    • Mantener la confidencialidad sobre las personas que demandan sus servicios y el objeto de su consulta fuera de su área de trabajo.