Finalidad
Subvenciones destinadas a compensar los gastos de las intervenciones arqueológicas realizadas en zonas de interés arqueológico o de presunto interés arqueológico con motivo de obras de iniciativa privada que puedan afectar a su conservación.
Tendrán la consideración de intervenciones arqueológicas las siguientes: Prospección arqueológica (con y sin extracción de tierra), sondeo arqueológico, excavación arqueológica y control arqueológico, de acuerdo con las definiciones establecidas por el artículo 45 de la Ley 7/90 de 3 de julio del Patrimonio Cultural Vasco.
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