Ayuntamiento de Mondragón
Personal
Convocatoria y bases específicas que han de regir el proceso selectivo para el acceso, por turno libre y concurso-oposición, a una correspondiente al puesto de delineante.
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2024 ha adoptado el siguiente
ACUERDO
Aprobar la convocatoria y las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para el acceso mediante concurso-oposición libre a una plaza correspondiente al puesto de delineante.
Ordenar la publicación de la convocatoria y de las bases específicas en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, en la página web y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Mondragón, y un extracto de esta en el Boletín Oficial del Estado.
Mondragón, a 20 de diciembre de 2024.—La alcaldesa, Maider Morras Azpiazu. (9473)
BASES ESPECÍFICAS
DELINEANTE (URBANISMO)
Primera. Plaza convocada.
Se convoca una plaza de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica Auxiliar, clasificada en el Grupo C1, por turno libre.
1. Características de la plaza.
Escala/Subescala/Clase: Administración Especial/Técnico auxiliar.
Grupo de clasificación: C1.
Nivel retributivo (Udalhitz): 12.
Perfil lingüístico exigido: 3, preceptivo.
Jornada: La que establezca anualmente la Corporación atendiendo, en todo caso, a la naturaleza y necesidades específicas del puesto.
Período de prácticas: Sí.
2. Número de plazas.
Turno libre: 1.
3. Requisitos.
Título: Técnico en delineación o equivalente.
Puesto de trabajo asociado a la plaza convocada: Delineante (urbanismo), código 123-1.
Segunda. Marco general de la convocatoria.
Las presentes Bases Específicas completan lo dispuesto en las Bases Generales reguladoras de los procesos selectivos para el ingreso como personal funcionario de carrera y personal laboral fijo al servicio del Ayuntamiento de Mondragón (en adelante Bases Generales), aplicables al presente proceso selectivo.
Tercera. Objeto de la convocatoria.
3.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión definitiva, por el turno libre y por el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Administración Especial de Técnico Auxiliar de la plantilla de funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Mondragón, perteneciente al grupo de Clasificación C, subgrupo C1, Escala de Administración Especial, Subescala Técnico Auxiliar.
3.2. La plaza convocada está incluida en la Oferta de Empleo Público correspondientes al año 2022 (publicada con correcciones por última vez en el Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 124 de 27 de junio de 2024).
3.3. El sistema selectivo es de concurso-oposición.
3.4. La convocatoria se regirá por lo dispuesto en las presentes Bases, en las Bases Generales, así como en la demás normativa de general aplicación.
3.5. Las personas aspirantes que, habiendo aprobado las pruebas de este concurso-oposición, no accedan a la plaza objeto de la convocatoria, constituirán una bolsa de trabajo, en los términos previstos en la Base General Décimo tercera.
Cuarta. Requisitos.
4.1. Para la admisión y, en su caso, participación en el concurso-oposición, las personas aspirantes, sin perjuicio de los requisitos establecidos en la Base General Tercera, deben cumplir los siguientes requisitos específicos:
Título: Técnico en delineación o equivalente.
Perfil lingüístico exigido: 3, preceptivo.
4.2. Todos los requisitos deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, a excepción de euskera. Para ello se estará a lo dispuesto en la Base General 9.3, y deberán mantenerse hasta la toma de posesión de los puestos adjudicados.
La acreditación documental de los requisitos de participación y de los méritos alegados en la solicitud sólo deberán realizarla, en el momento que corresponda, aquellas personas expresamente requeridas para ello que determine la Alcaldía o el Tribunal Calificador correspondiente, de conformidad con lo establecido en las Bases Generales 9.4 y 11.1.
Quinta. Funciones.
* Responsabilidades generales.
Responsabilizarse de los trabajos de delineación en relación a proyectos que se le encomienden. Realizar toma de datos sobre el terreno, tanto cartográficos como constructivos, y el grafiado de los mismos. Responsabilizarse de la adecuada documentación y actualización cartográfica del municipio, redes e infraestructuras, así como archivo de documentación gráfica. Realizar y editar de la documentación requerida en el departamento.
* Tareas más significativas.
Información gráfica y cartografía:
— Realizar levantamientos cartográficos tomando los datos sobre el terreno y trasladándolos a los planos correspondientes.
— Mantener actualizada la cartografía y callejero municipal en función del desarrollo urbanístico que se ejecute.
— Realizar y elaborar la documentación urbanística y gráfica que se solicite, utilizando los medios disponibles, y encargándose de la extracción y realización de copias, planos o documentación correspondiente.
— Colaborar con las empresas contratadas por el Ayuntamiento, en el suministro, actualización y gestión de los archivos cartográficos municipales y de los miembros asociados, al objeto de coordinar y ofrecer información gráfica a interesados (contratistas, ingenierías, instituciones, empresas en general, etc.).
Asesoramiento Técnico:
— Realizar el delineado de los proyectos internos y colaborar con los responsables técnicos, llevando a cabo los trabajos topográficos y de campo necesarios para su elaboración.
— Realizar el levantamiento del patrimonio municipal (edificios, locales, pisos, dependencias, etc.) y cualquier otro que se les encomiende.
— Colaborar con los técnicos del área en labores de inspección, mediciones en obra, replanteos, etc.
Otras funciones:
— Llevar a cabo trabajos sencillos de maquetación, diseño, documentación gráfica, trípticos, etc.
— Responsabilizarse de los trabajos de delineación en relación a proyectos que se le encomienden.
— Responsabilizarse de la adecuada documentación y actualización cartográfica del municipio, redes e infraestructuras, así como archivo de documentación técnica de gestión.
— Llevar a cabo otras tareas de apoyo al departamento. Elaborar los informes y escritos derivados de su área de actividad.
— Redactar escritos, mecanografiar, fotocopiar y escanear toda clase de documentos que se le encomienden.
— Mantener actualizado, según la organización prefijada, el archivo de gestión (archivo digital, fotografías, etc.) del Área.
— Control de la utilización de material fungible para el trabajo gráfico y solicitud de reposición del mismo.
— Realizar cuantas funciones le sean encomendadas, que sean coherentes con el nivel de responsabilidad del puesto.
Sexta. Admisión de personas aspirantes, Tribunal Calificador e información del proceso.
6.1. La presentación de solicitudes de participación se realizará conforme a lo previsto en la Base General Quinta y a través del trámite online específico disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Mondragón.
Las personas aspirantes deberán abonar 10,00 euros, en concepto de tasa por participación en el presente proceso selectivo, cantidad que disponen las vigentes ordenanzas fiscales.
La tasa se deberá abonar conforme a lo previsto en la Base General Quinta, de forma nominal e individualizada, en régimen de autoliquidación, mediante ingreso directo o transferencia, indicando el título del proceso de selección y el DNI, en la cuenta corriente que consta a continuación:
— Kutxabank ES26 2095 5055 5710 7636 6888.
El justificante del ingreso deberá presentarse junto con la solicitud de inscripción. No se admitirán pagos fuera de plazo.
6.2. La admisión de personas aspirantes se realizará conforme a la Base General Sexta.
6.3. El Tribunal Calificador del proceso selectivo se constituirá y se regirá por lo dispuesto en la Base General Séptima.
6.4. La publicación de la convocatoria, así como las comunicaciones y notificaciones derivadas de la convocatoria, se realizarán conforme a lo dispuesto en las Bases Generales.
Séptima. Proceso de selección.
El sistema de selección será el de concurso-oposición y el proceso selectivo se desarrollará con arreglo a lo dispuesto en la presente Base, que completa lo dispuesto en la Base General Novena.
7.1. Fase de oposición.
En la fase de oposición se podrá obtener una puntuación máxima de 90 puntos y consta de los siguientes ejercicios:
7.1.1. Primera prueba: Obligatoria y eliminatoria.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas tipo test sobre temas del Subgrupo C1 del anexo I de la Base General de Procesos Selectivos para el acceso a la condición de funcionario/a de carrera del Ayuntamiento de Mondragón.
La puntuación máxima de esta prueba será de veinte (20) puntos. Se valorará sobre un mínimo de diez (10) puntos para superar la prueba.
7.1.2. Segunda prueba: Obligatoria y eliminatoria.
De carácter teórico y/o teórico-práctico, constará de dos partes (parte A: 20 puntos y parte B: 40 puntos). El valor máximo de la prueba será de sesenta (60) puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos en la suma de ambas partes para superar esta segunda prueba.
Ambos ejercicios versarán sobre materias del temario general (anexo de Bases Generales, subgrupo de Clasificación C2), temario específico (anexo I de estas bases) y sobre las funciones del puesto de trabajo adjudicada a la plaza objeto de convocatoria.
— Parte A: teórica. Consistirá en un cuestionario de preguntas con varias opciones de respuesta.
— Parte B: teórico-practico. Resolución, por escrito, de varios supuestos relacionados con el temario del anexo I y las funciones que corresponden al puesto.
En todo caso, el Tribunal Calificador determinará con la debida antelación los tipos y características de las pruebas y lo comunicará a las personas aspirantes.
7.1.3. Tercera prueba: euskera. Obligatoria y eliminatoria.
Este ejercicio será calificado como Apto o No Apto.
Acreditación del perfil lingüístico 3 de euskera (nivel C1). El examen se realizará en la fecha y lugar propuestos por el IVAP.
No obstante, estarán exentas de realizar la prueba de euskera a la que se refiere el apartado anterior quienes acrediten haber obtenido el perfil lingüístico correspondiente, previamente a la realización del primer ejercicio de la prueba de euskera.
Las personas aspirantes exentas de realizar la prueba de euskera deberán presentar los documentos acreditativos conforme a lo previsto en el punto tercero de la Base General Novena.
7.1.4. Cuarta prueba: de carácter voluntario, no eliminatorio, ejercicio competencial, dirigida a la evaluación de las aptitudes de las personas aspirantes. Esta prueba se valorará de 0 a 10 puntos.
Consistirá en la realización de una o más pruebas destinadas a medir las competencias (actitudes y/o aptitudes), a fin de valorar la adecuación de las personas aspirantes al puesto de trabajo. Se podrán medir tanto las competencias intelectivas- aptitudinales, como las actitudinales o de personalidad.
Se podrán utilizar los distintos tipos de herramientas (test, dinámicas de grupo, pruebas de rol, etc.) que el Tribunal considere oportunas en función del puesto de trabajo.
Las competencias clave que se evaluarán en este ejercicio serán tales como:
1. Capacidad de comunicación y empatía.
2. Espíritu de equipo.
3. Sentido pedagógico y curiosidad intelectual.
4. Capacidad de respuesta rápida y de adaptación.
5. Interés, iniciativa y capacidad de creación y aportación.
6. La excelencia/compromiso con la calidad del trabajo.
7. Visión organizacional.
8. Orientación a resultados.
Las competencias que finalmente se evaluarán serán concretadas y publicadas por el Tribunal en la nota informativa donde especificará la fecha de realización de dicho ejercicio.
7.2. Fase de concurso.
La valoración de los méritos se realizará conforme a la Base General 9.4. Y únicamente se valorarán los méritos referidos a circunstancias previas al día de cierre del plazo de presentación de instancias. En este sentido, no resultará posible alegar méritos futuros, o cuya acreditación se produzca con posterioridad a dicha fecha.
La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso será diez (10) puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo.
7.2.1. Valoración de la experiencia.
Hasta un máximo de cinco (5) puntos:
a. Se valorarán los servicios prestados en la Administración Pública en el desempeño de puestos para cuyo desempeño se exija la titulación requerida en las presentes bases y en los que se realizan funciones similares a las del puesto convocado, a razón de 0,15 puntos por mes, hasta un máximo de cinco (5) puntos.
b. También se valorarán los servicios prestados en la empresa privada, en el desempeño de puestos que impliquen el ejercicio de una tarea para la que se haya exigido la titulación requerida en las presentes bases, a razón de 0,09 puntos por mes, hasta un máximo de tres (3) puntos.
7.2.2. Valoración de la formación. Hasta un máximo de cinco (5) puntos.
—Cursos de formación y mejora:
Se valorará hasta un máximo de tres (3) el haber impartido o realizado cursos de formación y perfeccionamiento en materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto convocado o con destrezas requeridas para su desempeño, a razón de 0,1 puntos cada 10 horas.
Sólo se tendrán en cuenta aquellos cursos que hayan sido impartidos en los últimos diez años, referidos a la fecha de finalización de presentación de instancias.
Ante la presentación de varios cursos no se tendrán en cuenta las partes de materia que se repitan.
Los documentos acreditativos de los cursos de formación deberán especificar la entidad emisora, su duración en horas, créditos o días, así como su contenido, en el caso de que éste no pueda deducirse del título del curso. No se tomarán en consideración aquellas acreditaciones documentales de los cursos de formación en las que no conste su duración.
—Títulos académicos oficiales:
Se valorarán aquellos títulos distintos al exigido para tomar parte en la convocatoria, en relación a su grado de utilidad para desempeñar el puesto convocado, sobre un máximo de dos (2) puntos, de la siguiente manera:
Formación profesional de grado superior: 2 puntos.
El tribunal calificador será el encargado de valorar la adecuación de los títulos alegados.
Octava. Propuesta del Tribunal Calificador.
8.1. El Tribunal Calificador procederá a determinar la calificación de las personas aspirantes que hayan superado todos los ejercicios eliminatorios de la fase de oposición, en los términos de la Base General 10.1.
8.2. Junto con las calificaciones finales, se publicará la relación de puestos de trabajo ofertados y se abrirá el plazo para la elección de puestos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Base General 10.3.
8.3. La relación de las calificaciones finales y la relación de personas aspirantes seleccionadas, así como el puesto adjudicado a cada una de ellas, se harán públicas en los términos previstos en las Bases Generales 10.6 y 10.7.
8.4. Si ninguna de las personas aspirantes presentadas superase las pruebas eliminatorias, o no se llegase a cubrir las plazas ofertadas con quienes superen las mismas y cumplan los requisitos, el Tribunal Calificador declarará desiertas la plaza o plazas convocadas.
Novena. Presentación de documentación.
Las personas aspirantes deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación citados en la Base Específica Cuarta, en los plazos y formas previstas en la Base General Undécima.
Décima. Nombramiento en prácticas.
10.1. Acreditado documentalmente el cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en las presentes bases, se nombrará funcionario o funcionaria en prácticas a la persona aspirante propuesta por el Tribunal Calificador, en los términos de la Base General Duodécima.
10.2. La persona funcionaria en prácticas realizará un período de prácticas que tendrá una duración de tres (3) meses y completará, como una fase más, el proceso selectivo. Este periodo será calificado como Apto/a o No Apto/a, y se regirá por lo previsto en la Base General Duodécima y en esta Base.
10.3. La no incorporación al periodo de prácticas, salvo causa de fuerza mayor, o la no acreditación de la aptitud mínima exigida para su superación, supondrá el cese como funcionario/a en prácticas y la pérdida de cuantos derechos pudieran asistirle para el nombramiento como funcionario/a de carrera.
10.4. A fin de valorar el desarrollo del periodo de prácticas se constituirá una Comisión Evaluadora en los términos de la Base General Duodécima.
Undécima. Nombramiento como funcionario/a de carrera.
La persona seleccionada que haya superado el periodo de prácticas será nombrada funcionaria de carrera del Ayuntamiento de Mondragón en una plaza de la escala de Administración Especial, Subescala Auxiliares Técnicos/as, clasificada en el Grupo C1, y adscrita al puesto de trabajo convocado, conforme a lo dispuesto en la Base General 12.4.
Duodécima. Impugnaciones.
Las presentes bases y los actos administrativos que se deriven de la convocatoria y de la actuación del Tribunal Calificador se podrán impugnar por las personas interesadas en los casos y en la forma que establecen la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ANEXO I
TEMARIO ESPECÍFICO
Urbanismo.
1. Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo. Planeamiento urbanístico.
Título II. Clasificación, calificación y régimen del suelo.
Capítulo I. Clasificación: clases y categorías de suelo.
Capítulo II. Calificación del suelo.
2. Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo. Planeamiento urbanístico.
Título III. Ordenación y planeamiento urbanístico: Capítulo II. Planes y restantes instrumentos de ordenación urbanística.
3. Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo. Planeamiento urbanístico.
Título VI. Garantía y protección de la ordenación urbanística.
Capítulo II. Licencias urbanísticas.
Capítulo III. Inspecciones urbanísticas.
4. PGOU de Arrasate (Plan General de Ordenación Urbana):
— Documentación gráfica: contenido y características.
— Normativa Urbanística: Título II - sección tercera - Capítulo 4 - artículo 54: Sustitución de carpintería, persianas, miradores y elementos de defensa en fachadas.
5. Plan Especial de Rehabilitación Integrada del Casco Histórico de Arrasate y Errabal:
— Documentación gráfica: contenido y características.
— Normativa Urbanística: Título II - Capítulo 3 - artículo 18 (Elementos constructivos) - Parte 6: Huecos.
6. Orografía de Arrasate. Ubicación y relaciones.
7. Hidrografía de Mondragón. Ubicación y relaciones.
Cartografía. Topografía.
8. Cartografía. Mapa y plano. Generalización y símbolos. Proyecciones cartográficas.
9. Métodos topográficos. Aspectos generales. Métodos planimétricos y altimétricos.
10. UTM. 2. Proyección. Campos de horas y coordenadas. Valores en Gipuzkoa y Arrasate.
11. Cartografía catastral. Características principales.
12. Lectura e interpretación de planos. Escalas. Formatos, normalización DIN.
13. Replanteos en general. Definición. Útiles empleados. Ejecución de los trabajos.
14. Sistemas de posicionamiento global GPS. Definición. Sistemas de referencia.
Dibujo y diseño asistido por ordenador.
15. Programas para ordenador. Bases de datos. Hoja de cálculo. Editor de imágenes. Editor de textos. Fotografía digital. Programas de edición gráfica digital.
16. Definición CAD. Fundamentos: modelización geométrica, técnicas de visualización, técnica de interacción gráfica, interfaz de usuario.
17. Sistemas de información geográfica (GIS). Concepto. Diferencias entre CAD y GIS. Los mapas como base de datos cartográficos.
18. Modelos de sistemas de bases de datos gráficas. Modelo raster. Modelo vectorial. Sistemas topológicos. Comunicación entre diferentes sistemas o modelos.
19. Aplicaciones de los sistemas de información geográfica: ordenación del territorio, infraestructuras, medio ambiente, recursos naturales. Gestión de Redes de Servicios.
Autocad MAP. MAP Autodesk.
20. Intercambio de información de archivos con otros formatos.
21. Bloques. Ventajas del uso del bloque. Inserción múltiple. Almacenar bloques en disco.
22. Atributos: definición/inserción/control de visibilidad/edición/extracción.
23. Capas. Polilíneas, contornos y sombreados. Referencias externas.
24. Creación y ejecución de consultas.
25. Trabajo con datos de objeto.
26. Topologías: crear, superponer topologías, disolver de topologías.
27. Representación de redes de servicios: agua, saneamiento, luz, energía eléctrica, gas y telecomunicaciones. Planos de planta, secciones y detalles constructivos.
Proyectos de edificación y proyectos de urbanización.
28. Proyectos: concepto y proceso. Tipos de proyectos y contenido mínimo de los mismos.
29. Detalles gráfico-constructivos; elementos arquitectonicos de interiores; particiones, tabiques, elementos prefabricados y revestimiento de suelos y techos.
Metodología BIM.
30. Metodología BIM. Plantillas de trabajo. Interfaz de Revit. Ajustes de trabajos previos. Jerarquía de elementos en Revit: familias recargables, in-situ y de sistema. Propiedades de los elementos: tipo y modelo.
31. Modelado de muros, suelos y techos. Herramientas básicas de modelado: Cotas temporales, reglas básicas de modelado, niveles en Revit, rejillas (ejes), herramientas básicas de edición y herramientas de selección.
32. Vistas del proyecto: apertura y gestión de vistas. Jerarquía de visualización: estilos objeto. Anotación en vistas y planos. Visualización 2D. Creación e impresión de planos.