DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
Orden Foral 123/2024, de 20 de marzo, por la que se regula representación específica ante el Departamento de Hacienda y Finanzas para la presentación de las declaraciones anuales de Renta, Patrimonio y el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.
El impuesto sobre la renta de las personas físicas es la obligación de carácter fiscal más extendida entre la ciudadanía guipuzcoana.
Anualmente se presentan alrededor de 400.000 declaraciones, de las cuales entorno a un 56% corresponden a la aceptación de propuestas de autoliquidación; un 26% a la vía telemática a través de Zergabidea; y el 18% restante a la autoliquidación asistida en Renta Mecanizada.
Para las presentaciones telemáticas, en el año 2013, se desarrolló y se puso en marcha la representación específica para Renta y Patrimonio, denominada 001-RP.
Mediante este sistema, la persona representante enviaba el documento de representación específica firmado por la representada junto con un dato de contraste conocido por ésta que, previamente, había comunicado a la representante. De esta forma, se conjugaban la agilidad requerida por las representantes profesionales con las garantías de respeto a la intimidad y correcto acceso a datos personales de las representadas.
Sin embargo, el desarrollo de diversos medios electrónicos, como los certificados de identificación y firma electrónicos, han puesto de manifiesto la necesidad de modificar algunos de los requisitos y características de la representación específica 001-RP.
Estas modificaciones consisten en:
a) Añadir una nueva modalidad de validación telemática como en el 001-P. La representante profesional iniciará la solicitud y la representada la validará de forma telemática sin necesidad de dato de contraste ni documentación.
b) Sustituir la obligación de enviar el modelo con la firma manuscrita, por la obligación de custodiar el documento firmado.
c) Permitir la presentación del modelo 718 sobre el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.
d) Permitir solicitudes de representación 001-RP durante todo el año y no solo en campaña de Renta.
La representación específica 001-RP se mantendrá de alta siempre y cuando la representante profesional haga uso de ella en el ejercicio correspondiente para presentar los modelos de Renta, Patrimonio y/o Grandes Fortunas. De lo contrario, la representación se dará de baja al finalizar el ejercicio.
Para ostentar la representación de otro tipo de facultades como pueden ser la presentación de recursos, solicitudes de aplazamientos, etc., será necesario otorgar una representación profesional 001-P.
Por lo expuesto,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
La presente Orden Foral tiene por objeto regular el sistema de representación específico otorgado para presentar declaraciones anuales de Renta, Patrimonio y el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (modelos 109, 714, y 718) con acceso a información fiscal.
Este sistema de representación está destinado únicamente a representantes inscritas como profesionales de la gestión tributaria en el Censo de Representación del Departamento de Hacienda y Finanzas, según se recoge en el Capítulo VI de la Orden Foral 614/2021 de 15 de noviembre, por la que se regula el censo de representación en materia tributaria del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Artículo 2. Finalidad y efectos de la representación.
El alta de esta representación se inscribirá en el Censo de Representación del Departamento de Hacienda y Finanzas y facultará a la persona representante a acceder al servicio de información fiscal de la representada para presentar las declaraciones de los modelos mencionados en el artículo anterior.
Artículo 3. Presentación y vigencia de la representación.
1. El plazo para otorgar esta representación específica estará permanentemente abierto.
2. La representación perderá su vigencia en los siguientes casos:
a) Por baja a instancias de la representante o la representada.
b) Porque la representada otorga la representación específica 001-RP a otra representante profesional.
c) Por baja de la representante profesional en el Censo de Representación Tributaria del Departamento de Hacienda y Finanzas.
d) Por no presentar por Internet declaración anual de Renta, Patrimonio y/o Grandes Fortunas, por parte de la persona representante.
Artículo 4. Formas de obtención del 001-RP.
La representación 001-RP podrá obtenerse de dos formas distintas, según se disponga de firma electrónica o no.
Artículo 5. 001-RP con firma electrónica.
1. Para la obtención de esta representación específica con firma electrónica, será necesario que la representante profesional de la gestión tributaria inicie la solicitud cumplimentando el formulario alojado en el área de alta y gestión de representaciones de Gipuzkoataria. Grabará los datos de la persona representada y firmará la solicitud con su certificado de firma electrónica.
2. Una vez cumplido ese trámite, la representada accederá al área de alta y gestión de representaciones de Gipuzkoataria y validará la solicitud iniciada por la representante profesional, firmando con su certificado de firma electrónica. De esta forma, la representación quedará automaticamente de alta.
Artículo 6. 001-RP con firma manuscrita.
1. Para la obtención de la representación con firma manuscrita, será necesario cumplimentar el formulario alojado en el área de alta y gestión de representaciones de Gipuzkoataria.
2. Junto con la grabación de los datos de la representación recogidos en el documento 001-RP, la representante deberá introducir como dato de contraste facilitado por la representada el importe de la cuota a ingresar o a devolver de la última declaración de renta presentada en Gipuzkoa, siempre que la declaración haya sido presentada dentro de los últimos cuatro ejercicios.
El importe será el correspondiente a la autoliquidación originaria presentada por la representada. En caso de que el dato introducido no sea correcto, no se podrá otorgar la representación específica recogida en esta Orden Foral.
3. Una vez cumplido ese trámite, la representante deberá imprimir el documento 001-RP que obtendrá de la aplicación informática y presentarlo a la persona representada para que proceda a su firma. Es necesario que la representante se asegure de que el documento 001-RP es firmado por la persona representada.
4. Una vez obtenida la firma de la persona representada, la representante tiene obligación de custodia del documento 001-RP original. En cualquier momento, el Departamento de Hacienda y Finanzas podrá solicitar la exhibición del documento 001-RP original debidamente firmado. En caso de que la profesional no disponga del documento 001-RP debidamente firmado o de que la firma manuscrita de la persona representada que conste en el mismo no sea auténtica, la persona profesional en cuyo nombre se haya remitido el documento quedará inhabilitada para actuar como tal ante esta Diputación Foral, sin perjuicio de la posible responsabilidad penal en la que se pueda incurrir por falsedad documental.
Disposición derogatoria.
Queda derogada la Orden Foral 274/2013 de 12 de marzo, por la que se aprueba una representación específica ante el Departamento de Hacienda y Finanzas para la presentación de las declaraciones anuales de renta y patrimonio.
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
San Sebastián, a 20 de marzo de 2024.—El diputado foral del Departamento de Hacienda y Finanzas. (2081)