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ADMINISTRACIÓN DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA

DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA, TURISMO Y MEDIO RURAL

Modificación de las bases reguladoras específicas y aprobación de la convocatoria 2023 de las subvenciones del Programa para promover la transición ecológica, sostenible y justa en el tejido empresarial y el ecosistema socio-económico en Gipuzkoa.

El Consejo de Gobierno Foral ha adoptado el siguiente acuerdo en su reunión de 21 de febrero de 2023:

Actualmente nos enfrentamos a situaciones sin precedentes: la emergencia climática; la pérdida de biodiversidad y el aumento de las desigualdades.

Y, ante estos retos se vuelve prioritaria la necesidad de construir una economía ecológica, resiliente e inclusiva; un nuevo modelo de desarrollo económico. En este caso, la transición ecológica, sostenible y justa es una oportunidad para situar a Gipuzkoa en una nueva senda de desarrollo sostenible e integrador. Una transición que debe tener en cuenta a las personas y cuidar de aquellas que se verán más afectadas; integrar la equidad como una variable de ese modelo. Un modelo que sólo puede prosperar si es justo e integrador.

Esto supone que debemos asumir un pensamiento sistémico y tres cambios radicales de mentalidad: la reinvención (reconocer que nuestro modelo de desarrollo está generando impactos sociales y ambientales no deseados); la resiliencia (mejorar la capacidad de las empresas de anticipar y aceptar cambios y alteraciones, y adaptarse a ellos, a fin de garantizar su sostenibilidad a largo plazo, transformando retos en oportunidades; y, para ello, es necesario involucrar constantemente a los grupos de interés en la toma de decisiones, colaborar, co-crear y establecer alianzas con ellos); y la regeneración (avanzar de una mentalidad de no causar daño a una en la cual desarrollamos la capacidad de nuestros sistemas sociales y ambientales para restaurar y prosperar).

Para ello, las empresas, la administración y la sociedad civil deben transformar sistemas que permitan un desarrollo sostenible, próspero e inclusivo. La construcción de procesos de cambio y transformación y nuevas soluciones son un proceso complejo, que involucra al conjunto de la sociedad, siendo necesaria una gobernanza ecológica multinivel, que vincule el desarrollo del territorio, el bienestar de la naturaleza y las personas, y la participación de todos los agentes sociales para dar una respuesta efectiva y promover una transformación, que beneficie a la sociedad.

Por ello, las políticas económicas necesitan incorporar un horizonte de tiempo más largo, creando fuertes vínculos entre las decisiones de hoy y las oportunidades económicas del futuro; y así mejorar los sistemas productivos, de movilidad o la caracterización de los servicios y potenciar un modo de producción de bienes y servicios mucho más eficiente en el uso de recursos y que ofrezca las soluciones que necesita un mundo descarbonizado; una transición hacia un modelo económico y social más ecológico que generará oportunidades de actividad económica y de empleo significativas.

Ante todo ello, Gipuzkoa se está definiendo como un territorio orientado a la triple sostenibilidad, afrontando de manera proactiva sus retos económicos, sociales y medioambientales, que parte de la responsabilidad social de cada una de sus organizaciones, desarrollando sus activos tangibles e intangibles por la vía de estrategias colaborativas y compromisos multilaterales, con soluciones eficientes que creen valor para todas las partes.               

Así, en coherencia, con el Plan Estratégico de la Diputación Foral 2020-2023 donde se apuesta por un modelo de desarrollo económico y social de Gipuzkoa, el Departamento de Promoción Económica, Turismo y Medio Rural, desde su rol de anticipación, proponente e impulsor, debe contribuir desde el diseño y aplicación de políticas económicas y sociales a promover un territorio –Gipuzkoa– basado en el bienestar. Un modelo compartido de desarrollo socio-económico que contribuya a la cohesión social y territorial integrando personas, empresas y territorio en la triple sostenibilidad (ODS). Económica: competitividad y calidad de empleo. Social: igualdad e inclusividad (género, edad, lingüística, origen y capacidades). Y ambiental (economía circular, sostenibilidad energética y cambio climático).

En este caso, supone diseñar y recorrer rutas de transformación que exigen la adaptación de nuestros sectores de actividad, proporcionando a las empresas las claves para mitigar los riesgos de transición, reducir los costes del cambio y aprovechar las nuevas oportunidades y la capacidad de creación de valor a largo plazo. Y, donde la triple sostenibilidad (económica, social y medioambiental) facilita una transición a un modelo productivo y social más ecológico, sostenible e inclusivo. Y así, convertirse en una oportunidad de progreso para las empresas, la sociedad y la protección del planeta.

También debemos integrar de manera sistémica la perspectiva de género y la justicia social para el enverdecimiento de la economía como un elemento clave, tanto de cohesión social como de avance socio-económico.

Y, para ello, asumimos la necesidad de centrar los esfuerzos en crear empresas resilientes con modelos de negocio verdes, apoyándose en la productividad y la transformación sostenible que sean capaces de proporcionar las competencias necesarias a las nuevas y nuevos profesionales y crear nuevos puestos de trabajo, con una impronta y una dimensión social que asegure una transición justa. Ello supone, atendiendo al mandato comunitario, desarrollar actuaciones en los siguientes ámbitos: prevención y mitigación, economía circular, energía sostenible, cadena de valor, naturaleza, y biodiversidad.

Esto va a suponer un impacto y efecto directo en las personas y en las empresas. Debemos optimizar las oportunidades en la actividad y el empleo de la transición ecológica de la economía así como a la identificación y adopción de medidas que garanticen un tratamiento equitativo y solidario a las y los trabajadores en dicha transición. Debemos contar con unas personas adecuadamente capacitadas para la economía verde.

Y, donde el empleo verde sea la base de la transformación de la actividad económica, de las empresas, de los lugares de trabajo, y de los mercados laborales en una economía de bajo carbono y sostenible que ofrezca una oportunidad de empleo decente para todas las personas. En las que deben desarrollarse las competencias y habilidades verdes (aquellas que activan la sostenibilidad ambiental de las actividades económicas). Sin unas personas debidamente capacitadas, la transición será imposible.

Las políticas de empleabilidad deben concentrarse en conservar el empleo en general, no los trabajos. Es necesario que se aseguren de que las personas y las empresas sean capaces de ajustarse con rapidez a los cambios generados por el enverdecimiento de la economía y aprovechar nuevas oportunidades. Atender en la demanda de los nuevos perfiles, y también la necesidad de actualizar o redefinir las habilidades de las personas que integran las organizaciones y las empresas para hacer frente a un cambio sistémico para responder a los retos futuros.

En Gipuzkoa, desde el Departamento de Promoción Económica, Turismo y Medio Rural y a través de sus competencias se presenta un compromiso para reforzar la transición, lo que supondrá un apoyo decidido a la actividad económica y la creación de nuevo empleo. Se trata de acompañar a la actividad económica en su necesaria transformación y la adaptación de las empresas en los diferentes sectores económicos.

Para ello, estas acciones se enmarcarán en la estrategia guipuzcoana de lucha contra el cambio climático 2050, que promueve el marco de referencia de la transición ecológica en el territorio. Marcando las metas y objetivos a lograr en el territorio.  

Y, con ello poder alcanzar comunidades y territorios socialmente responsables y economías sostenibles como clave para la prosperidad en el largo plazo, donde los territorios son y serán el epicentro de los retos de la sostenibilidad, desde el punto de vista ambiental (consumo de recursos, huella de carbono, generación de residuos, contaminación del aire, entre otros), social (precariedad, desigualdad, pobreza, gentrificación, entre otros) y de modelos de gobernanza (participación ciudadana, diálogo y negociación, objetivos compartidos).

En definitiva, se trata de un compromiso por la sostenibilidad y la transición ecológica y justa; con una economía sin efectos sobre el clima y resiliente a éste, que asegure que la biodiversidad sea más eficiente en el uso de los recursos, circular, socialmente responsable e inclusiva; con el objetivo de garantizar la competitividad a largo plazo de la economía y la cohesión social de Gipuzkoa.

La valoración positiva del programa de ayudas de la convocatoria 2022, la buena respuesta de las líneas de actuación de economía circular y desarrollo sostenible y la necesidad de reforzar aún más el papel de la Administración Pública en su función anticipadora y promotora para dar respuesta a las nuevas necesidades y retos socio-económicos, así como la búsqueda de sinergias integrando en un único programa las actuaciones encaminadas a la transición ecológica, sostenible y justa, refuerzan la pertinencia del programa que continuará sustancialmente con la misma regulación, buscando una mayor complementariedad de las actuaciones, modificando únicamente las bases reguladoras específicas 3.ª de las subvenciones para Impulsar la transición ecológica en las empresas. (anexo II) y las bases reguladoras específicas 3.ª y 5.ª de las subvenciones para promover, generar, transferir y compartir conocimiento en el ecosistema socio-económico de Gipuzkoa (anexo IV del programa) para adecuarse a los nuevos objetivos que se pretenden alcanzar.

Estas subvenciones se encuentran incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2023 (PES) de la Diputación Foral de Gipuzkoa, sin perjuicio de su actualización conforme a la Norma Foral 6/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2023.

En consecuencia, a propuesta del diputado foral del Departamento de Promoción Económica, Turismo y Medio Rural y previa deliberación, el Consejo del Gobierno Foral,

ACUERDA

Primero.    Aprobar la modificación de las bases reguladoras específicas para la concesión de las subvenciones del Programa para promover la transición ecológica, sostenible y justa en el tejido empresarial y el ecosistema socio-económico en Gipuzkoa, en los términos establecidos en el anexo I al presente acuerdo.

Segundo.    Aprobar la convocatoria de 2023 de las citadas subvenciones, que se adjunta al presente acuerdo como anexo II.

Tercero.    Autorizar un gasto por importe de 2.247.020,00 euros para hacer frente a la convocatoria del ejercicio 2023, distribuidos entre los siguientes ámbitos de actuación y partidas:

a)    Un millón trescientos cuarenta y siete mil y veinte euros (1.347.020,00 €), para la financiación de proyectos para Impulsar la transición ecológica en las empresas (anexo II del acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 15 de noviembre de 2022):

1 0410.100.470.00.31 2023: 103.510,00.

5 0410.100.470.00.31 2024: 70.000,00.

1 0410.100.481.00.32 2023: 103.510,00.

5 0410.100.481.00.32 2024: 70.000,00.

1 0410.100.470.00.19 2023: 202.500,00.

5 0410.100.470.00.19 2024: 147.500,00.

1 0410.100.481.00.11 2023: 202.500,00.

5 0410.100.481.00.11 2024: 147.500,00.

1 0410.100.470.00.22 2023: 93.333,00.

5 0410.100.470.00.22 2024: 106.667,00.

1 0410.100.481.00.19 2023: 46.667,00.

5 0410.100.481.00.19 2024: 53.333,00.

b)    Trescientos mil euros (300.000,00 €) para la financiación de proyectos para promover las capacidades y competencias ecológicas de las personas en el sistema de aprendizaje a lo largo de toda la vida (anexo III del acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 15 de noviembre de 2022):

1 0410.100.440.09.04 2023: 60.000,00.

5 0410.100.440.09.04 2024: 40.000,00.

1 0410.100.445.00.04 2023: 60.000,00.

5 0410.100.445.00.04 2024: 40.000,00.

1 0410.100.481.00.33 2023: 60.000,00.

5 0410.100.481.00.33 2024: 40.000,00.

c)    Seiscientos mil euros (600.000,00 €) para la financiación de proyectos para generar, transferir y compartir conocimiento en el ecosistema socio-económico de Gipuzkoa para su transformación ecológica (anexo IV del acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 15 de noviembre de 2022):

1 0410.100.745.00.06 2023: 120.000,00.

5 0410.100.745.00.06 2024: 80.000,00.

1 0410.100.770.00.07 2023: 120.000,00.

5 0410.100.770.00.07 2024: 80.000,00.

1 0410.100.781.00.08 2023: 120.000,00.

5 0410.100.781.00.08 2024: 80.000,00.

El importe del gasto autorizado podrá ser incrementado, con carácter previo a la resolución de las solicitudes presentadas, por el órgano que tenga atribuida la competencia por razón de la cuantía de la modificación, sin que ello dé lugar a una nueva convocatoria.

Dado que se pueden financiar gastos corrientes o de inversión, a la vista de las solicitudes recibidas y en función del tipo de gasto predominante en los proyectos, se tramitarán las adaptaciones presupuestarias que resulten procedentes, a fin de adecuar las ayudas a conceder a la naturaleza del gasto subvencionado.

Cuarto.    Las bases reguladoras aprobadas por el presente acuerdo producirán efectos a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

Este acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación.

No obstante, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno Foral, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente.

San Sebastián, a 28 de febrero de 2023.—El secretario técnico del Departamento, Segundo Díez Molinero.  (1482)

ANEXO I

Modificación de las bases reguladoras específicas de las subvenciones del programa para promover la transición ecológica, sostenible y justa en el tejido empresarial y el ecosistema socio-económico en Gipuzkoa, aprobadas por acuerdo de Consejo de Gobierno Foral de 15 de noviembre de 2022 (Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 220 de 21 de noviembre de 2022).

Se modifican las siguientes bases reguladoras específicas de las subvenciones para impulsar la transición ecológica en las empresas (anexo II del programa), que quedan redactadas del siguiente modo:

Base 3.ª    Actuaciones objeto de subvención.

Las actuaciones subvencionables consistirán en el desarrollo de proyectos de transformación para la generación de valor en las empresas y para las empresas en los ámbitos de transición ecológica, transición justa, economia circular, bioeconomia, biodiversidad, desarrollo sostenible, valor social compartido, ODS-objetivos de desarrollo sostenibles, triple sostenibilidad (económica, social y medioambiental), negocios inclusivos orientados a:

—Realización de diagnósticos y planes por parte de las empresas y/o sectores de actividad.

—Integración en las estrategias de negocio de las empresas que supongan la generación de impactos positivos y/o la minimización de los impactos negativos.

—Diseñar o Redefinir la estrategia de las empresas y su cadena de valor a las oportunidades que se generan.

—Orientar los modelos de negocio y/o integrar la visión en toda la cadena de valor.

—Modelizar negocios de valor añadido y buenas prácticas.

—Diagnosis y/o planificación de las necesidades de competencias y aprendizaje.

—Desarrollo de las capacidades y competencias verdes de las personas trabajadoras de las empresas.

—Implantación de sistemas de medición de impacto, evaluación y/o indicadores empresariales.

—Articular nuevas propuestas de valor a través de la hibridación.

—Viabilidad empresarial de las nuevas propuestas de valor.

—Hacer viables nuevas formas de satisfacer las necesidades, retos y oportunidades sociales, medioambientales y territoriales optimizando las ventajas relacionales de la economía y las potencialidades del empoderamiento de las personas, las empresas y el territorio.

—Identificar y desarrollar las competencias y cadenas de valor empresarial y/o territorial, así como nichos de oportunidades basados en los mismos.

—Diseñar estrategias adaptadas a las características, necesidades, y oportunidades de la empresa de Gipuzkoa.

—Desarrollar modelos de intervención organizacional y/o territorial.

—Acciones de difusión, sensibilización y buenas prácticas. 

—Desarrollo de foros empresariales, sectoriales e intersectoriales para promover conocimientos y/o proyectos.

—Participar en redes de colaboración, que incorporen a empresas y/o a los agentes del entorno empresarial de las mismas.

Se modifican las siguientes bases reguladoras específicas de las subvenciones para Generar, transferir y compartir conocimiento en el ecosistema socio-ecónomico de Gipuzkoa para su transformación ecológica (anexo IV del programa), que quedan redactadas del siguiente modo:

Base 3.ª    Actuaciones objeto de subvención.

3.1.    Las actuaciones subvencionables consistirán en:

a)    Proyectos de investigación fundamental.

b)    Proyectos de investigación industrial.

c)    Proyectos de desarrollo experimental.

d)    Acciones complementarias de especial interés: Aquellas acciones que integren al menos a un organismo de la RVCTI para desarrollar estudios de prospectiva y vigilancia, acciones para favorecer la cooperación, la transferencia, la dinamizacion, el impulso, la difusión y la divulgación en actividades vinculadas a proyectos de investigación fundamental e industrial.

3.2.    Las actuaciones subvencionables estarán dirigidas a la transformación del territorio y del ámbito socio-económico que genere un contexto y unas condiciones, que posibiliten el desarrollo de una transición ecológica, sostenible y justa que estén orientados a las siguientes temáticas:

—Transición ecológica y transición justa.

—Economia circular.

—Bioeconomia y biodiversidad.

—Triple sostenibilidad (económica, social y medioambiental), Desarrollo sostenible, Valor social compartido y ODS-objetivos de desarrollo sostenibles.

—Competencias, capacidades, aprendizaje, empleabilidad y empleos: verdes.

—Nuevos yacimientos de empleos.

—Otros modelos de desarrollo socio-económico: economia verde, azul, fundamental, regenerativa, inclusiva y distributiva.    

—Otros modelos de desarrollo socio-económico; Ecología social, feminista y humana.

3.3.    De acuerdo con el artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio, las ayudas reguladas en estas bases solo serán aplicables si tienen efecto incentivador sobre la actividad de la empresa objeto de la ayuda:

*  En el caso de una PYME se considera que la ayuda concedida tiene efecto incentivador si antes de comenzar a trabajar en el proyecto o actividad, la empresa ha presentado la solicitud de ayuda.

*  Se considerará que las ayudas concedidas a grandes empresas tienen un efecto incentivador si, además de cumplir la condición establecida en el apartado anterior acredita que la ayuda tendrá uno o varios de los siguientes resultados:

—Un aumento sustancial del alcance del proyecto o actividad gracias a las ayudas, o

—Un aumento sustancial del importe total invertido por el beneficiario en el proyecto o actividad gracias a las ayudas, o

—Una aceleración sustancial del ritmo de ejecución del proyecto o actividad de que se trate.

Base 5.ª    Costes subvencionables.

5.1.    Serán costes subvencionables:

a)    Costes directos de personal (personal investigador, personal técnico y otro personal de apoyo empleado en la actividad de investigación perteneciente a la plantilla de la entidad solicitante) en la medida que estén dedicados al proyecto.

Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto.

Los costes directos del personal serán costes elegibles hasta un valor máximo de 69,29 euros/hora.

b)    Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos y obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.

Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto.

Los costes de personal externo se considerarán elegibles hasta un valor máximo de 69,29 euros/hora.

c)    Coste del asesoramiento exterior y servicios equivalentes (incluidos los de personal colaborador que no pertenezca al personal de las entidades participantes y la subcontratación de partes del proyecto altamente especializadas) utilizados de forma exclusiva y permanente para la actividad de investigación y adquiridos a fuentes externas, incluidos los conocimientos técnicos y de investigación.

Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto.

Los costes de personal externo se considerarán elegibles hasta un valor máximo de 69,29 euros/hora.

d)    Costes de subcontratación a los Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, acreditados a tal efecto.

Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto.

Los costes de personal externo se considerarán elegibles hasta un valor máximo de 69,29 euros/hora.

e)    Únicamente serán elegibles los gastos referidos a viajes y estancia referidos al personal de las entidades no promotoras de los proyectos.

f)    Costes generales o indirectos, se computará como coste indirecto el 15% de los costes directos de personal subvencionables.

g)    Costes del instrumental y material, en la medida y durante el periodo en que se utilicen para el proyecto; en caso de que el instrumental y material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.

h)    Gastos de explotación, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.

5.2.    Los gastos subvencionables mencionados en el apartado anterior serán interpretados de acuerdo con lo establecido en los artículos 2 y 25 del Reglamento General de exención por categorías n.º 651/2014, de 17 de junio.

ANEXO II

Convocatoria 2023 de las ayudas del programa para promover la transición ecológica, sostenible y justa en el tejido empresarial y el ecosistema socio-económico en Gipuzkoa.

1.    Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de las subvenciones del programa para promover la transición ecológica, sostenible y justa en el tejido empresarial y el ecosistema socio-económico en Gipuzkoa fueron aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 15 de noviembre de 2022, (Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 220, de 21 de noviembre de 2022) modificadas por acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 21 de febrero de 2023. Dicha modificación se ha publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa junto a la presente convocatoria.

2.    Presentación de solicitudes.

2.1.    Podrán presentar solicitud, conforme al modelo que se adjunta, aquellas entidades que cumplan los requisitos previstos en la base específica 2.ª de los anexos II, III y IV.

2.2.    El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y finalizará el 20 de abril de 2023 a las 12:00 horas.

3.    Plazo de ejecución de las actuaciones.

Las actuaciones objeto de subvención deben iniciarse con posterioridad a la solicitud de la ayuda, dentro del año natural y deberán concluir para el 31 de mayo de 2024.

4.    Medio de notificación de la resolución.

La resolución de concesión o, en su caso denegación, se notificará individualmente a cada entidad solicitante, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa en los términos del artículo 17 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

5.    Financiación.

La cuantía total de las subvenciones a conceder en la presente convocatoria será de 2.247.020,00 euros, distribuidos entre los siguientes ámbitos de actuación y partidas de los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2023:

a)    Un millón trescientos cuarenta y siete mil y veinte euros (1.347.020,00 €), para la financiación de proyectos para Impulsar la transición ecológica en las empresas (anexo II):

1 0410.100.470.00.31 2023: 103.510,00.

5 0410.100.470.00.31 2024: 70.000,00.

1 0410.100.481.00.32 2023: 103.510,00.

5 0410.100.481.00.32 2024: 70.000,00.

1 0410.100.470.00.19 2023: 202.500,00.

5 0410.100.470.00.19 2024: 147.500,00.

1 0410.100.481.00.11 2023: 202.500,00.

5 0410.100.481.00.11 2024: 147.500,00.

1 0410.100.470.00.22 2023: 93.333,00.

5 0410.100.470.00.22 2024: 106.667,00.

1 0410.100.481.00.19 2023: 46.667,00.

5 0410.100.481.00.19 2024: 53.333,00.

b)    Trescientos mil euros (300.000,00 €) para la financiación de proyectos para promover las capacidades y competencias ecológicas de las personas en el sistema de aprendizaje a lo largo de toda la vida (anexo III):

1 0410.100.440.09.04 2023: 60.000,00.

5 0410.100.440.09.04 2024: 40.000,00.

1 0410.100.445.00.04 2023: 60.000,00.

5 0410.100.445.00.04 2024: 40.000,00.

1 0410.100.481.00.33 2023: 60.000,00.

5 0410.100.481.00.33 2024: 40.000,00.

c)    Seiscientos mil euros (600.000,00 €) para la financiación de proyectos para generar, transferir y compartir conocimiento en el ecosistema socio-ecónomico de Gipuzkoa para su transformación ecológica (anexo IV):

1 0410.100.745.00.06 2023: 120.000,00.

5 0410.100.745.00.06 2024: 80.000,00.

1 0410.100.770.00.07 2023: 120.000,00.

5 0410.100.770.00.07 2024: 80.000,00.

1 0410.100.781.00.08 2023: 120.000,00.

5 0410.100.781.00.08 2024: 80.000,00.

El importe del gasto autorizado podrá ser incrementado, con carácter previo a la resolución de las solicitudes presentadas, por el órgano que tenga atribuida la competencia por razón de la cuantía de la modificación, sin que ello dé lugar a una nueva convocatoria.

6.    Documentación a presentar.

En la solicitud deberá incluirse la siguiente información:

a)    Datos de la entidad solicitante.

b)    Memoria descriptiva del proyecto o la actividad para la que se solicita la subvención que permita la aplicación de los criterios de valoración.

c)    Presupuesto detallado del proyecto presentado.

d)    Declaración responsable, conforme al modelo que figura como anexo de la presente convocatoria y que se incluye en la solicitud telemática.

El Departamento de Promoción Económica, Turismo y Medio Rural comprobará el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. A tal fin, recabará los referidos datos directamente de los organismos emisores de los mismos; en caso de que ello no fuera posible, podrá requerirse excepcionalmente su aportación por la persona solicitante.

Podrán manifestar en la solicitud su oposición expresa a la verificación automática, en cuyo caso deberán aportar las correspondientes certificaciones expedidas por las instancias administrativas de Hacienda y Seguridad Social.