DIPUTACIÓN FORAL DE
GIPUZKOA
DEPARTAMENTO DE
HACIENDA Y FINANZAS
Orden Foral 126/2018 de
15 de marzo por la que se declara la exención del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas del premio «Tecnalia a la mejor Tesis Doctoral. Edición
2018 sobre la transformación digital», convocada por Fundación Tecnalia
Research & Innovation.
Vista la solicitud
de declaración de exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
del premio «Tecnalia a la mejor Tesis Doctoral. Edición 2018 sobre la Transformación
Digital», formulada por Fundación Tecnalia Research & Innovation.
Vistos la Norma
Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas y el Decreto Foral 33/2014, de 14 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento del Impuesto donde se establecen los requisitos para la concesión de
la exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de determinados
premios literarios, artísticos o científicos, así como el informe favorable
emitido por el Servicio de Gestión de Impuestos Directos.
Por lo expuesto,
actuando conforme a las competencias conferidas por el artículo 8.5 del Decreto
Foral 33/2014, de 14 de octubre
RESUELVO
Primero. Declarar la exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas del premio «Tecnalia a la mejor Tesis Doctoral. Edición 2018 sobre La
transformación digital», convocada por Fundación Tecnalia Research &
Innovation.
Segundo. La declaración de exención tendrá validez para sucesivas
convocatorias siempre y cuando no se modifiquen los términos que motivan el
expediente.
Tercero. La entidad convocante del premio queda obligada a comunicar a este
Departamento de Hacienda y Finanzas, dentro del mes siguiente a la fecha de la
concesión, los apellidos y el nombre o la razón social, el número de
identificación fiscal y el domicilio fiscal de las personas premiadas, el
premio concedido y la fecha de su concesión. Asimismo, tratándose de sucesivas
convocatorias deberán acompañar a la citada comunicación las bases de la
convocatoria del premio.
La presente Orden
Foral es definitiva y pone fin a la vía administrativa. Las personas
interesadas podrán interponer directamente contra él recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir
del día siguiente al de su notificación.
No obstante, los
particulares, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de
reposición ante este diputado foral, en el plazo de un mes a partir del día
siguiente al de su notificación. En este caso, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición
o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la
interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente.
San Sebastián, a 15
de marzo de 2018.—El diputado foral del Departamento de Hacienda y Finanzas,
Jabier Garmendia Larrañaga. (1973)