El programa tiene por objeto regular la concesión de subvenciones del programa para el impulso a la implantación de la ciberseguridad en las empresas de Gipuzkoa.
Fechas y plazos a considerar-Presentación de solicitudes:a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa al 15 de octubre de 2020.
-Plazo máximo final de proyectos y su justificación: hasta el 10 de septiembre de 2021.
-Cada entidad podrá presentar como máximo un total de 2 proyectos.
Empresas radicadas en Gipuzkoa que desarrollen actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores y del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones.
Requisitos del proyectoSerán subvencionables los gastos derivados de la contratación de asesoramiento especializado para la realización de trabajos de:
a) Diagnóstico de situación del hardware/software en relación a la ciberseguridad, situación organizativa de la empresa en relación con la ciberseguridad.
b) Redacción de un Plan de Ciberseguridad que deberá incluir recomendaciones concretas y costes estimados.
c) Acompañamiento en el despliegue y ejecución de un Plan de Ciberseguridad. En este apartado se considerarán subvencionables las intervenciones derivadas de un plan de ciberseguridad, anterior o elaborado en el marco del presente programa de ayudas.
d) Costes relacionados con la sensibilización y/o la formación en ciberseguridad que se realicen con el personal de la empresa.
Se considerarán gastos subvencionables aquellos gastos que figurando recogidos en el presupuesto desglosado y detallado de la actividad que presente la entidad solicitante estén vinculados de manera indubitada al desarrollo de la misma, específicamente las subcontrataciones.
No serán tenidos en consideración los gastos internos.
Las solicitudes serán resueltas distribuyéndose los fondos en el orden en que se reciban las solicitudes, siempre que la documentación esté debidamente cumplimentada, se cumplan todos los requisitos establecidos en la convocatoria y sin superar los límites e importes señalados en la base 5ª.
Compatibilidad o incompatibilidadSerán compatibles con cualquier otra subvención, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad sin que en su conjunto se pueda superar el coste real.
Régimen jurídicoLas subvenciones contempladas en las presentes bases están sujetas al Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE, L Nº 352, de 24/12/2013).
Porcentaje de subvención
En función del tamaño de la empresa, los proyectos se subvencionarán en los siguientes porcentajes:
-Empresas de menos de 50 empleos: 70%
-Empresas entre 50 y 249 empleos: 60%
-Empresas de 250 o más empleos: 50%
Se subvencionará con un 5 % adicional aquellos proyectos que, previa a la presentación de la solicitud al programa, hayan realizado un análisis de autodiagnóstico, conforme a la metodología promovida por ZIUR, lo que deberá acreditarse adjuntando a la solicitud una copia de dicho documento.
El autodiagnóstico se encuentra disponible en la web https://diagnostikoa.ziur.eus.
La subvención máxima por empresa será de 15.000 €.
Documentación a presentarNo existe un PDF a rellenar, los formularios web se completarán accediendo desde el expediente y la propia aplicación creará un PDF al finalizar.
Normativa aplicable Para cualquier consulta
Angel Martín angelmartin@gipuzkoa.eus
Eider Sarasola esarasola@gipuzkoa.eus
Para cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de InnovaciónDescargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.