Esta línea pretende acelerar entre las empresas guipuzcoanas el proceso de valorización de los datos para la transformación digital de la empresa y su modelo de negocio, apoyando la contratación externa de agentes expertos en la transformación de datos en información relevante para la toma de decisión por parte de la empresa.
Presupuesto: 650.000 €
450.000€ en 2021 y 200.000 € en 2022.
Destinatarios/asSerán entidades beneficiarias las empresas radicadas en Gipuzkoa que desarrollen actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores y del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones. Este requisito será comprobado a partir del epígrafe en el alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) de la actividad principal de la empresa.
La relación de epígrafes admisibles está disponible aquí.
Requisitos de los proyectosEsta línea contempla dos ámbitos diferentes de apoyos, en función del nivel de madurez digital de las empresas y la fase en que se encuentre respecto a la disponibilidad o no de datos de calidad:
a) Empresas que cuenten con un nivel de digitalización suficiente y que disponen de datos almacenados de manera estructurada y planteen un proyecto para su uso y explotación.
b) Empresas que cuenten con un cierto nivel de digitalización de sus procesos y que deseen analizar la posibilidad de utilización de información procedente de sus sistemas.
Los proyectos deberán contar con un acompañamiento experto, ajeno a la empresa, preferentemente a través de Nuevas Empresas de Base Tecnológica.
Tipo de gastos subvencionables: Subcontrataciones e inversiones (siempre que no superen en 25% del coste total del proyecto)
Cuantía de las ayudas
40 % del coste subvencionable (en aplicación de la normativa)
En el caso de PYME, se ampliará en un 30% en el caso de ser un proyecto de uso y explotación y en 20% en caso de ser un proyecto de análisis
Cuantía máxima: 40.000 € para proyectos de implantación o 20.000 € para proyectos análisis.
Las subvenciones contempladas en las presentes bases están sujetas al reglamento europeo de las ayudas de minimis: Según lo establecido por la Unión Europea, la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no deberá exceder de 200.000 euros en el ejercicio fiscal correspondiente y durante los dos ejercicios fiscales anteriores.
Las subvenciones objeto de las presentes bases serán incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de la Diputación Foral de Gipuzkoa o cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Plazo de presentación de solicitudesSOLICITUD: Del 29 de mayo al 7 de julio de 2021, ambos inclusive
Cada entidad sólo podrá presentar un único proyecto por convocatoria.
JUSTIFICACIÓN DE LA TERMINACIÓN DEL PROYECTO: antes del 10 de septiembre de 2022 (incluido).
Procedimiento selectivo únicoTendrán prioridad los proyectos de implantación, en caso de que no se acabase el presupuesto con las solicitudes de implantación se procedería a valorar los proyectos de análisis.
Las solicitudes serán valoradas conforme a los siguientes criterios:
- Perfil de las entidades solicitantes: hasta 30 puntos
- Características del proyecto: hasta 40 puntos.
- Capacidad tractora del proyecto: hasta 20 puntos.
- Otras: hasta 10 puntos.
Documentación a presentar
- Solicitud rellenada
- Oferta de la empresa que realizará el trabajo
- Resto de documentos valorables
Justificación y pago de las subvencionesEl abono de la subvención concedida se realizará en dos pagos:
- Las entidades beneficiarias tendrán un mes de plazo para solicitar el pago de la primera parte de la ayuda, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.
- Para solicitar el segundo pago, deberán justificar la realización completa del proyecto antes del 10 de septiembre de 2022 (incluida), no obstante, con anterioridad a la finalización del proyecto, las entidades beneficiarias podrán solicitar el abono anticipado de esta segunda parte de la ayuda como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, para lo cual deberá presentarse aval bancario o de entidad financiera por el importe de la ayuda anticipada y los intereses de demora correspondientes.
Boletín Oficial de Gipuzkoa, 28-05-2021, Número 99 enlace
Para cualquier consultaTlf: 943 11 3989
Para cualquier duda o aclaración consultar con
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Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.