Subvenciones destinadas a la producción y la difusión de proyectos audiovisuales, realizados en Gipuzkoa, en cualquier fase de producción previa al estreno en local público.
Destinatarios/asPodrán solicitar estas ayudas quienes cumplan los siguientes requisitos:
— Ser personas físicas, entidades sin ánimo de lucro o empresas privadas que desarrollen directamente proyectos de producción audiovisual en Gipuzkoa.
— A los efectos de estas bases se tomará en consideración, como obra audiovisual, aquella que supere la duración de sesenta minutos y cuyo destino sea la proyección en un local público.
— Estar dadas de alta en el correspondiente epígrafe de las actividades audiovisuales del Impuesto de Actividades Económicas, y además, en el caso de las personas jurídicas, tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividades audiovisuales.
RequisitosEl proyecto o programa objeto de la subvención deberá cumplir las siguientes condiciones:
— Que se desarrolle en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
— Que sea viable económicamente, acreditando dicha viabilidad por medio de un presupuesto de gastos e ingresos equilibrado, es decir, la cantidad de ingresos y la de gastos serán equivalentes, incluyendo, en el apartado de ingresos, la cantidad solicitada a la Dirección General de Cultura.
— Cada entidad, empresa o particular solicitante solo podrá presentar un proyecto de producción a esta convocatoria.
— Las actividades objeto de la subvención deberán realizarse en el periodo comprendido entre la fecha de la publicación de la convocatoria y el 31 de diciembre del año en curso.
— La entidad deberá de estar al día en sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social al día de finalización de presentación de solicitudes. La Diputación se encargará de comprobar esta condición con Hacienda y la Seguridad Social.
Cuantía de las ayudasEl importe de la subvención no sobrepasará, en ningún caso, el 70 %del gasto, ni la cantidad máxima de 40.000 euros.
Todos los proyectos deberán contar con una financiación mínima del 30 % del presupuesto presentado, proveniente de otras fuentes de financiación, pública o privada.
Documentación a presentar- Memoria explicativa del proyecto y presupuesto (se adjunta modelo).
- Certificado acreditativo de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades económicas, haciendo constar los epígrafes.
Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de las solicitudes de estas ayudas finalizará el 31 de mayo de 2021.
Lugar de presentación de solicitudesLas solicitudes se realizarán únicamente por Internet, a través de esta sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, entrando en el apartado Haga su solicitud por Internet, en esta misma página, y siguiendo las instrucciones precisas.
Plazo de ResoluciónEl plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará, en cada caso, a partir del inicio del plazo de presentación de solicitudes.
Normativa aplicableLo que aparece en esta información no es más que un resumen; para conocer el detalle y los aspectos legales de estas subvenciones pueden consultar las bases en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de fecha 29 de abril de 2021, Acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 13 de abril de 2021.
Bases generales y específicas: Boletín Oficial de Gipuzkoa, 78, 2021-04-29.
Convocatoria: Convocatoria
ObservacionesPara cualquier duda o aclaración consultar con
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Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.