Proyectos que aporten un aspecto novedoso al panorama cultural de Gipuzkoa. La novedad puede estar unida tanto a los contenidos como al modo de gestionarlos. Conceptos como el trabajo en red, la mediación, la contemporaneidad artística, la investigación, nuevas vías de relación y colaboración entre diferentes y con los públicos, y en general iniciativas que desde las prácticas culturales planteen estrategias de innovación cultural y social.) realizadas por asociaciones sin ánimo de lucro.
Debido al carácter innovador de esta línea de subvenciones, no podrán acceder a la misma las entidades que hayan obtenido subvención de la Dirección General de Cultura en tres o más años en los últimos diez.
Por la propia naturaleza de las ayudas, quedan excluidos los gastos de inversión, tales como adquisición de equipamientos y material no fungible y acondicionamiento de locales.
Destinatarios/asPodrán solicitar estas subvenciones las entidades culturales sin ánimo de lucro que desarrollen directamente programas y actividades en el territorio de Gipuzkoa.
— La entidad deberá de estar al día en sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social al día de finalización de presentación de solicitudes.
RequisitosEl programa o actividad objeto de la subvención deberá cumplir las siguientes condiciones:
— Que se desarrolle en el territorio Histórico de Gipuzkoa.
— Que presente un grado de interés, especialización y/o originalidad que suponga una aportación significativa a la oferta cultural del territorio.
— Que tenga lugar dentro del año natural que establece la convocatoria, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
— Que sea viable económicamente, acreditando dicha viabilidad por medio de un presupuesto de gastos e ingresos equilibrado, es decir, la cantidad de ingresos y la de gastos serán equivalentes, incluyendo, en el apartado de ingresos, la cantidad solicitada a la Dirección General de Cultura.
—Cada solicitante podrá incluir una única solicitud en esta convocatoria.
Cuantía de las ayudas y modo de abonoComo criterio general, el importe de la subvención no sobrepasará el 70 % de los gastos previstos para el desarrollo del programa objeto de la subvención, ni la cantidad de 12.000 euros. Todos los proyectos deberán contar con una financiación mínima del 30 % del presupuesto presentado, proveniente de otras fuentes de financiación, pública o privada.
El abono se realizará en dos partes, la primera en el año 2021 y la segunda en 2022, previa presentación de la memoria de la actividad antes del 1 de marzo de 2022
Documentación a presentar Resumen del proyecto y presupuesto. (cumplimentar el modelo que facilita el programa)
El plazo de presentación de solicitudes de estas ayudas finalizará el 31 de mayo.
Modo de presentación de solicitudes
Las solicitudes se podrán realizar UNICAMENTE POR INTERNET, a través de esta sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, entrando en el apartado en Haga su solicitud por Internet (en esta misma página mas arriba a la derecha) y siga las instrucciones precisas.
Normativa aplicableLo que aparece en esta información no es más que un resumen; para conocer el detalle y los aspectos legales de estas subvenciones pueden consultar las bases en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de fecha 29 de abril de 2021, Acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 13 de abril de 2021.
Bases generales y específicas: Boletín Oficial de Gipuzkoa, 78, 2021-04-29.
Convocatoria: Convocatoria. Susperka
Plazo de ResoluciónEl plazo máximo en el que se notificará la resolución expresa será de seis meses a partir del inicio del plazo de presentación de solicitudes. La resolución, sea denegación o concesión, se notificará a todos los solicitantes.
Para cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de Cultura promociónDescargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.