KBULEGOA
Calle Reyes Católicos, nº 16
Donostia-San Sebastián
Es objeto de estas bases regular la concesión de las subvenciones a proyectos culturales innovadores y de carácter puntual, que se desarrollen en Gipuzkoa y que promuevan e incidan en alguno de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
1. Fin de la pobreza.
2. Hambre cero.
3. Salud y bienestar.
4. Educación de calidad.
5. Igualdad de género.
6. Agua limpia y saneamiento.
7. Energía asequible y no contaminante.
8. Trabajo decente y crecimiento económico.
9. Industria, innovación e infraestructuras.
10. Reducción de las desigualdades.
11. Ciudades y comunidades sostenibles.
12. Producción y consumo responsables.
13. Acción por el clima.
14. Vida submarina.
15. Vida de ecosistemas terrestres.
16. Paz, justicia e instituciones sólidas.
17. Alianzas para lograr los objetivos.
Cuantía de las ayudas
El importe máximo de subvención será del 70% de los gastos presupuestados y en ningún caso será superior a los 6.000€ por solicitante.
Destinatarios/asPodrán optar a estas ayudas entidades sin ánimo de lucro y micro-empresas de menos de 10 personas empleadas y 2 millones de euros de volumen de negocio que desarrollen su actividad subvencionada en Gipuzkoa.
Los proyectos subvencionables podrán ser de diversa índole, como formación, sensibilización, difusión o coordinación que se desarrollen en un breve periodo de tiempo.
Asimismo se podrán incluir los gastos de funcionamiento necesarios para la realización de dichas actividades.
Requisitos
- Las actividades subvencionadas deben realizarse dentro del año de la convocatoria.
-Los proyectos tienen que adscribirse al menos a uno de los ODS.
- Los proyectos o programas deben ser viables económicamente. Dicha viabilidad deberá acreditarse por medio de un presupuesto de gastos e ingresos equilibrado, es decir, la cantidad de ingresos y la de gastos serán equivalentes, precisando en el apartado de ingresos la cantidad solicitada a la Dirección General de Cultura.
La entidad deberá de estar al día en sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social al día de finalización de presentación de solicitudes.
- Cada solicitante solo podrá presentar un proyecto a esta convocatoria.
ExclusionesQuedan excluidos expresamente de estas ayudas los siguientes programas o actividades, entre otros:
a) Los que sean objeto de subvención nominativa.
b) Los que tengan inclusión más adecuada o expresa en otras convocatorias de ayudas del Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
c) Los que por su naturaleza u objeto no guarden relación directa con ninguno de los ámbitos de actuación de la Dirección General de Cultura.
Documentación a presentar junto a la solicitud-Resumen del proyecto y presupuesto. Debe de ser un presupuesto equilibrado en el que la suma total de ingresos y la de gastos sean equivalentes (cumplimentar el modelo que se facilita en la aplicación).
-Documentos relativos a la personalidad de la entidad solicitante (Estatutos y certificado de inscripción en el registro correspondiente si es Entidad sin ánimo de lucro, y, caso de ser empresa, Certificado de Inscripción en el Registro Mercantil). Se comprobará desde este Departamento de Cultura consultando los datos en el Registro Correspondiente.
-Certificado acreditativo de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades económicas, haciendo constar los epígrafes (Las entidades sin ánimo de lucro están exentas de presentar este documento).
-Código de Identificación Fiscal.
-Documento expedido por una entidad bancaria o de ahorro que certifique la titularidad de una cuenta corriente a nombre del solicitante en el año en curso. Este documento es necesario cuando se solicite ayuda por primera vez o ha cambiado de cuenta.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes de estas ayudas finalizará el 31 de marzo.
Modo de presentación de solicitudes• Las solicitudes se realizarán por Internet, a través de esta sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, entrando en el apartado Haga su solicitud por Internet (en esta misma página mas arriba a la derecha) y siga las instrucciones precisas.
El plazo máximo en el que se notificará la resolución expresa será de seis meses, comenzando a contar a partir del inicio del plazo de presentación de solicitudes.
Normativa aplicableLo que aparece en esta información no es más que un resumen; para conocer el detalle y los aspectos legales de estas subvenciones, pueden consultar las bases en el BOG del 29 de abril de 2021, Acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 13 de abril de 2021. Aquí los enlaces:
Bases generales y específicas: Boletín Oficial de Gipuzkoa, nº78, 29-04-2021.
Convocatoria: Boletín Oficial de Gipuzkoa nº40, 1-03-2022
Para cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de Cultura promociónDescargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.