Subvenciones proyectos de innovación social (línea 3): Proyectos piloto de innovación social


  • Plazo de solicitud: Fuera de plazo
  • Fecha límite: 2025
  • Políticas Sociales

Descripción:

Objetivo

Proyectos piloto de innovación social.

Descripción y conceptos subvencionables

Las actuaciones subvencionables estarán orientadas al desarrollo de proyectosde innovación social en los siguientes ámbitos: 

  • Protección a la infancia y la adolescencia.
  • Inclusión social.
  • Protección a mujeres víctimas de violencia machista.
  • Fomento de la autonomía e independencia de las personas con discapacidad.
  • Para que un proyecto sea objeto de subvención deberá presentar un presupuesto total mínimo de 30.000 euros.
Cuantía de las ayudas

PRESUPUESTO TOTAL:

  • 150.000€ (2025)
  • 150.000€ (2026)

Por regla general, las ayudas establecidas no excederán del 75% de los costes elegibles sobre el total de costes estimados del proyecto. 

La determinación del porcentaje de subvención se realizará en función de la puntuación obtenida y de las disponibilidades presupuestarias.

Destinatarios/as
  • Las entidades, cooperativas, fundaciones o asociaciones sin ánimo de lucro y radicadas en Gipuzkoa, cuyo objeto o finalidad social corresponda al tercer Sector de Acción Social.
  • Las empresas públicas y privadas, radicadas en Gipuzkoa, cuyo objeto o finalidad social tenga relación directa con la actividad que se pretende impulsar.
  • Las empresas y entidades pertenecientes a la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación radicadas en Gipuzkoa cuya actividad se integre en alguno de los ámbitos señalados en las bases específicas.
  • Las agrupaciones de personas jurídicas en las que se incluyan algunas de las entidades indicadas en las anteriores letras de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Requisitos

La actividad de los proyectos de innovación en materia de cuidados se desarrollará en el Territorio Histórico de Gipuzkoa con la excepción de que su alcance pueda incluir otros ámbitos territoriales limítrofes.

Documentación a presentar
  1. Cada entidad solicitante podrá presentar como máximo dos proyectos, debiendo corresponder a alguno de los ámbitos de actuación subvenciónales descritos en las bases especificas de cada una de las líneas.
  2. Certificaciones de acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social que acrediten que la entidad no incurre en las prohibiciones que se establecen en el artículo 12, apartados 2, 3, y 4, de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa. En el caso de ayuntamientos y mancomunidades, dichas certificaciones se sustituirán por una declaración responsable.
  3. Declaración responsable de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria establecidas en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  4. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Foral 23/2010, de 28 de septiembre, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en el ámbito de la Administración Foral, y en la Orden Foral 102/2013, de 23 de enero, por la que se regula la obligación de realizar por medios electrónicos determinados trámites de los expedientes de subvenciones del Departamento de Cuidados y  Políticas Sociales (BOG nº 19, de 29 de enero), los formularios de comunicación de datos deberán presentarse obligatoriamente vía Internet, utilizando la firma electrónica o la clave operativa. El formulario para la solicitud estará disponible en la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://egoitza.gipuzkoa.eus/es/subvenciones). 
  5. Asimismo, la información de la presente convocatoria estará disponible en la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://egoitza.gipuzkoa.eus/es/subvenciones).
  6. Las entidades solicitantes no estarán obligadas a presentar los documentos que ya obren en poder de la Diputación Foral de Gipuzkoa, de conformidad con lo previsto en el artículo 53.1. d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En todo caso, se deberán indicar en la solicitud la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos.
  7. Si la solicitud o la documentación que debe acompañarla no reunieran los datos de identificación, adolecieran de algún error o fueran incompletas, se requerirá a la entidad solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane los defectos detectados, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, en los términos previstos en el artículo 21.1 de ese mismo texto legal.
Plazo de presentación de solicitudes

2025/09/24 - 2025/10/23

Plazo de resolución

El plazo para resolver y notificar la resolución de concesión o, en su caso, de denegación no podrá exceder de 6 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Efectos del silencio administrativo

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa, legitima a las personas interesadas para entender desestimada la solicitud por silencio administrativo.

Normativa aplicable

Gipuzkoako Aldizkari Ofiziala

Acceso Internet
Departamento/Servicio de Políticas Sociales
Consulte y/o gestione su expediente
Acceso a los documentos y/o modelos
CONSULTAS, QUEJAS Y SUGERENCIAS
Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.
 

Descargar documentos

Código de conducta y marco de integridad institucional aplicable a ayudas y subvenciones de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de su sector público (PDF)

Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.

Diagnóstico de los programas de subvenciones 2025 (PDF)