El objeto de las ayudas es la digitalización y la modernización tecnológica de las organizaciones de iniciativa social privadas sin ánimo de lucro que desarrollan su labor en el ámbito de los servicios sociales del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Actuaciones objeto de subvención:
1. La realización de estudio/s o similar/es que persiga/n la transformación digital y/o la modernización tecnológica de la entidad.
2. Las acciones de formación de las personas integrantes de la asociación, para la transformación digital y la modernización tecnológica que faciliten la intervención social desarrollada por éstas.
3. La compra de dispositivos digitales tales como ordenadores portátiles o de sobremesa, TV, altavoces y teléfonos inteligentes, tabletas, impresoras y otros.
4. La adquisición y mantenimiento de programas, aplicaciones, licencias y diseño y desarrollo de páginas web y aplicaciones que tengan que ver con la seguridad, gestión, comunicación e intervención realizada por la asociación. Asimismo, serán subvencionables acciones para la mejora de la accesibilidad y usabilidad de los entornos digitales propios de cada asociación.
Cuantía máxima y límite de la subvención:
· Las subvenciones para la contratación de estudios y acciones de formación podrán alcanzar hasta el 100 % del coste de la actuación subvencionable.
· Las ayudas para la adquisición de los dispositivos digitales podrán alcanzar hasta el 100 % del coste de la actuación subvencionable, sin que se puedan superar las cifras indicadas a continuación:
o Ordenador portátil o de sobremesa, tabletas, teléfonos, TV y altavoces inteligentes y otros similares: 800,00 €
o Impresora: 600,00 €
o Las ayudas para la adquisición y mantenimiento de lo dispuesto en el apartado 4 no podrá superar el 80 % de la base del gasto que se considere subvencionable.
Las subvenciones no podrán superar el importe máximo de 6.000,00 € por solicitud.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Las organizaciones de iniciativa social privadas sin ánimo de lucro que desarrollan su labor en el ámbito de los servicios sociales del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
REQUISITOS ENTIDADES SOLICITANTES
a) Tratarse de organizaciones de iniciativa social privadas sin ánimo de lucro, debidamente constituidas.
b) Estar inscritas en el Registro Foral de Servicios Sociales de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
c) No estar afectadas por ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
d) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y al corriente del pago de las obligaciones de reembolso de subvenciones concedidas anteriormente.
e) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos del programa.
f) Haber justificado suficientemente y en los plazos previstos los gastos correspondientes a las subvenciones recibidas con anterioridad desde el Departamento de Cuidados y Políticas Sociales.
g) Tener, en el caso de estar obligada según la normativa del estado, un plan de igualdad vigente, así como, en el caso de empresas de más de 50 personas trabajadoras, haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo en los términos establecidos por la legislación estatal en materia de igualdad de mujeres y hombres.
h) Todo el personal, contratado o voluntario, que tenga un contacto habitual con menores deberá contar con la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos.
Quedan expresamente excluidas de acceder a estas ayudas:
a) Las entidades que dependan del estado, de la Administración de la Comunidad Autónoma, de las corporaciones locales y de entidades de ahorro.
b) Las entidades que establezcan limitaciones a la libertad de ingreso y participación.
c) Las entidades cuyos fines, sistema de admisión, funcionamiento, trayectoria o actuación sean contrarios al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES
Inicio: 25 de julio 2024
Ultimo día presentación solicitud: 23:59 horas del 9 de septiembre de 2024
Únicamente podrá presentarse una solicitud por cada línea de subvención.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
La presentación de la solicitud se realizará cumplimentando los formularios que se encuentran disponibles en el Portal de Subvenciones de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa: sede electrónica
La solicitud habrá de ir acompañada de los documentos “Datos Programa 4” y la “declaración responsable” también disponibles en la aplicación informática. Asimismo, se debe/n adjuntar el plan o proyecto de digitalización de la entidad, así como el/los presupuesto/s.
Además, podrá añadirse cualquier información relevante del programa o actuación para el que se solicite ayuda y que esté relacionada con los criterios de valoración recogidos en cada anexo. Únicamente será tenido en cuenta en la valoración de dichos criterios, lo que la entidad expresamente indique y acredite.
PLAZO DE RESOLUCIÓN
Máximo de 6 meses.
RESOLUCIÓN
La resolución de la convocatoria será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, sustituyendo dicha publicación a la notificación individual.
EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO
Desestimatorio.
NORMATIVA APLICABLE
Bases reguladoras generales, específicas y convocatoria para 2024, para la concesión de subvenciones a entidades de inicaitiva social sin ánimo de lucro en el ámbito de los Servicios Sociales del Territorio Histórico de Gipuzkoa: BOG nº 143 de 24-07-2024
OBSERVACIONES
Para cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de Políticas SocialesDescargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.