Subvenciones para la realización de proyectos de investigación e innovación en atención social (línea 3)


  • Plazo de solicitud: Fuera de plazo
  • Fecha límite: 2024
  • Políticas Sociales

Descripción:

Objeto y actividades subvencionables

 Ayudas económicas para la  ejecución de proyectos que promuevan la innovación en la intervención social o en la gestión de entidades y servicios; así como proyectos que ayuden a identificar y dimensionar necesidades sociales no detectadas hasta ahora.

 

Actuaciones objeto de subvención: 

 

•       Definir y dimensionar, cualitativa y cuantitativamente, necesidades sociales emergentes susceptibles de ser atendidas desde los servicios sociales.

•       Poner en práctica y evaluar resultados de formas de intervención social novedosas con personas, familias y colectivos, así como programas innovadores que favorezcan el envejecimiento activo de las personas mayores de 65 años.

•       Poner en práctica y evaluar nuevas formas de gestión y coordinación de proyectos y entidades que trabajen en el campo de los servicios sociales.

 

Cuantía máxima de la subvención: 5.000 euros por entidad.

 

Entidades beneficiarias

 Las organizaciones de iniciativa social privadas sin ánimo de lucro que desarrollan su labor en el ámbito de los servicios sociales del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

 

Requisitos entidades solicitantes

a) Tratarse de organizaciones de iniciativa social privadas sin ánimo de lucro, debidamente constituidas.

b) Estar inscritas en el Registro Foral de Servicios Sociales de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

c) No estar afectadas por ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

d) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y al corriente del pago de las obligaciones de reembolso de subvenciones concedidas anteriormente.

e) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos del programa.

f) Haber justificado suficientemente y en los plazos previstos los gastos correspondientes a las subvenciones recibidas con anterioridad desde el Departamento de Cuidados y  Políticas Sociales.

g) Tener, en el caso de estar obligada según la normativa del estado, un plan de igualdad vigente, así como, en el caso de empresas de más de 50 personas trabajadoras, haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo en los términos establecidos por la legislación estatal en materia de igualdad de mujeres y hombres.

h) Todo el personal, contratado o voluntario, que tenga un contacto habitual con menores deberá contar con la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos.

 

Quedan expresamente excluidas de acceder a estas ayudas:

a)  Las entidades que dependan del estado, de la Administración de la Comunidad Autónoma, de las corporaciones locales y de entidades de ahorro.

b)  Las entidades que establezcan limitaciones a la libertad de ingreso y participación.

c) Las entidades cuyos fines, sistema de admisión, funcionamiento, trayectoria o actuación sean contrarios al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

 

Plazo de presentación de la solicitud

Inicio: 25 de julio 2024

Ultimo día presentación solicitud: 23:59 horas del 9 de septiembre de 2024

Únicamente podrá presentarse una solicitud por cada línea de subvención. 

 

Documentación a presentar

La presentación de la solicitud se realizará cumplimentando los formularios que se encuentran disponibles en el Portal de Subvenciones de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa: sede electrónica

La solicitud habrá de ir acompañada de los documentos “Datos Programa 3” y la “declaración responsable” también disponibles en la aplicación informática.

Además, podrá añadirse cualquier información relevante del programa o actuación para el que se solicite ayuda y que esté relacionada con los criterios de valoración recogidos en cada anexo. Únicamente será  tenido en cuenta en la valoración de dichos criterios, lo que la entidad expresamente indique y acredite.

 

Plazo de Resolución

Máximo de 6 meses.

 

Resolución de la convocatoria

La resolución de la convocatoria será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, sustituyendo dicha publicación a la notificación individual.

 

Efectos del silencio administrativo

Desestimatorio.

 

Normativa aplicable

Bases reguladoras generales, específicas y convocatoria para 2024, para la concesión de subvenciones a entidades de inicaitiva social sin ánimo de lucro en el ámbito de los Servicios Sociales del Territorio Histórico de Gipuzkoa: BOG nº 143 de 24-07-2024

 

Observaciones

Para cualquier duda o aclaración consultar con

Departamento/Servicio de Políticas Sociales
CONSULTAS, QUEJAS Y SUGERENCIAS
Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.
 

Descargar documentos

Código de conducta y marco de integridad institucional aplicable a ayudas y subvenciones de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de su sector público (PDF)

Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.