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Subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro para la promoción del uso de la bicicleta como medio de transporte en Gipuzkoa.
- Estado: Fuera de plazo
- Plazo de solicitud: 01-01-2025 - 26-03-2025
- Área: Medio ambiente
Descripción:
ObjetivoSubvenciones destinadas a asociaciones sin ánimo de lucro para financiar acciones de promoción del uso de la bicicleta como medio de transporte en Gipuzkoa.
DescripciónEs objeto de las presentes bases la regulación del otorgamiento de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro que realicen actuaciones de promoción del uso de la bicicleta como medio de transporte en Gipuzkoa.
Destinatarios/asPodrán optar a las ayudas las asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen actividades de promoción del uso de la bicicleta como medio de transporte en el Territorio Histórico de Gipuzkoa y cuya población sea la destinataria de las mismas.
Se entenderá por asociación sin ánimo de lucro las entidades reguladas por la ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi.
Conceptos subvencionablesa) Preparación y ejecución de acciones informativas: charlas, exposiciones, conferencias, seminarios…
b) Preparación y ejecución de acciones formativas: cursillos de aprendizaje y perfeccionamiento en el uso de la bicicleta, cursillos de mantenimiento, reparación o personalización de bicicletas…
c) Preparación y ejecución de eventos: fiestas, marchas ciclistas…
d) Diseño, alojamiento y mantenimiento de sitios web.
e) Redacción, traducción y publicación de materiales escritos y/o audiovisuales.
f) Realización de investigaciones sobre la movilidad en bicicleta.
g) Elaboración y/o despliegue de proyectos colaborativos conjuntos entre entidades potencialmente beneficiarias de las ayudas objeto de las presentes Bases.
h) Asistencia a reuniones de coordinación, debate con otras entidades públicas y privadas, o a eventos de formación y/o estudio.
i) Acciones innovadoras para la promoción del uso de la bicicleta como medio de transporte.
Cuantía de las ayudasEl importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actuación subvencionada-
En cualquier caso, ésta no podrá superar el 80% de los gastos subvencionables, ni de un máximo por solicitud de 35.000 euros.
Documentación a presentar para la solicitudA.- Memoria explicativa de las actuaciones subvencionables, especificando el carácter de cada una de ellas:
a. Preparación y ejecución de acciones informativas: charlas, exposiciones, conferencias, seminarios…
b. Preparación y ejecución de acciones formativas: cursillos de aprendizaje y perfeccionamiento en el uso de la bicicleta, cursillos de mantenimiento, reparación o personalización de bicicletas…
c. Preparación y ejecución de eventos: fiestas, marchas ciclistas …
d. Diseño, alojamiento y mantenimiento de sitios web.
e. Redacción, traducción y publicación de materiales escritos y/o audiovisuales.
f. Realización de investigaciones sobre la movilidad en bicicleta
g. Elaboración y/o despliegue de proyectos colaborativos conjuntos entre entidades potencialmente beneficiarias de las ayudas objeto de las presentes Bases.
h. Asistencia a reuniones de coordinación, debate con otras entidades públicas y privadas, o a eventos de formación y/o estudio.
i. Acciones innovadoras para la promoción del uso de la bicicleta como medio de transporte.
B.- Documento acreditativo del número de socios/as de la entidad.
C.- Presupuesto desglosado del coste que la ejecución de cada una de las acciones conlleve, haciendo constar los demás medios de financiación del mismo, si los hubiere.
D.- Cualquier otra documentación que posibilite la acreditación de los criterios de concesión.
E.- Declaración responsable de no concurrir en la entidad solicitante ninguna causa impeditiva de la condición de beneficiaria de las indicada en el artículo 12 de la Norma Foral3/2004, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Dicha declaración responsable podrá hacerse a través de la aplicación informática. A efectos de la posterior comprobación, la Diputación Foral de Gipuzkoa efectuará las consultas y verificaciones necesarias.
Plazo de presentación de solicitudesLas solicitudes podrán presentarse en el plazo de VEINTE DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
Lugar de presentación de solicitudesLas solicitudes, junto con el resto de documentación, deberán presentarse, vía Internet, a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, en la página web (https://egoitza.gipuzkoa.eus/es/subvenciones), accediendo al portal de subvenciones y cumplimentando el formulario específico disponible a estos efectos.
Plazo de ResoluciónEl plazo máximo para notificar la resolución será de 3 meses, contados a partir del día siguiente al de presentación de la solicitud.
Normativa aplicableLas subvenciones objeto de la presentes bases reguladoras se regirán, además de lo dispuesto en las mismas, por la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa y su reglamento de desarrollo, aprobado por Decreto Foral 24/2008, de 29 de abril, así como demás normativa aplicable en materia de subvenciones.
ObservacionesLa actuación a subvencionar deberá estar sin iniciarse a fecha de 1 de enero del año de la correspondiente convocatoria y deberá ejecutarse y justificarse para el 31 de octubre del año de la convocatoria.
Bases reguladoras y convocatoriaLas bases reguladoras y convocatoria han sido publicadas en el BOG el 26 de febrero de 2025.
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Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.