Subvenciones para actuaciones en materia de prevención, reutilización y reciclaje de residuos. Economía circular


  • Plazo de solicitud: Fuera de plazo
  • Fecha límite: 2023
  • Medio ambiente

Descripción:

Descripción y conceptos subvencionables

Es objeto de las presentes bases la regulación del otorgamiento, mediante concurrencia competitiva,  de subvenciones a los ayuntamientos, mancomunidades de gestión de residuos urbanos, asociaciones y sociedades mercantiles del Territorio Histórico de Gipuzkoa con destino a actuaciones que impulsen la Economía Circular en el ámbito de la gestión de los residuos, siguiendo el Plan Integral de Residuos Urbanos de Gipuzkoa (PIGRUG 2019-2030)

Son parte del objeto de la subvención las adquisiciones de elementos del inmovilizado material relacionadas con las actuaciones subvencionables. No podrán acogerse a este programa de ayudas de residuos, los distintivos contra la publicidad no deseada, los vasos, las jarras, las guías de prevención, ni las acciones y/o campañas de sensibilización.

La cuantía de la subvención no podrá exceder del 75% del importe de los gastos subvencionables, con un máximo de 35.000 € por actuación.

Novedades

- Las acciones con la mayor prioridad serán las siguientes: proyectos para realizar campañas de sensibilización o comunicación con el objeto de impulsar la recogida selectiva, proyectos de sistemas de pago por generación o proyectos de mejora (se incluyen digitalización y sensórica) y proyectos que impulse la recogida puerta a puerta de residuos voluminosos o RAEEs. Estos proyectos prioritarios serán realizados por las mancomunidades de residuos de Gipuzkoa. Los ayuntamientos también poddrán presentar este tipo de proyectos siempre que se trate de residuos o acciones que no estén mancomunados. 

- Entre el resto de acciones, las de prevención de residuos, las que evitan el desperdicio alimientario, las que promueven la economía circular en el sector textil y las relativas a los biorresiduos tienen una mayor prioridad.

- En la valoración la puntuación se obtendrá según la siguiente fórmula: (a+b+c+d+e+f)*d.

   a. Prioridad según la jeraquía europea de tratamiento de los residuos (hasta 30 puntos)

   b. Interés de la fracción de residuos (hasta 30 puntos)

   c. Eficiencia de la acción (hasta 30 puntos)

   d. Calidad y desarrollo de la acción (hasta un punto)

   e. Innovación de la acción y potencial futuro (hasta 5 puntos)

   f. Perspectiva de género (hasta 5 puntos)

 - Se establece un presupuesto mínimo de 3.000 €, con la excepción de aquellos ayuntamientos con menos de 5.000 habitantes.

Entidades beneficiarias

a) Ayuntamientos
b) Mancomunidades de residuos
c) Entidades sin ánimo de lucro que actúen en el Territorio Histórico de Gipuzkoa

d) Sociedades mercantiles con domicilio social con domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, siempre que no hayan firdmado convenios convenios para desarrollar planes y/o acciones en la materia objeto de esta subvención con el Departamento de Medio Ambiente y Obras Hidráulicas
.

d) Personas físicas trabajadoras en régimen de autónomos con domicilio fiscal en Gipuzkoa.

Requisitos

. La actuación a subvencionar deberá estar sin iniciarse a fecha de 1 de enero del año de la correspondiente convocatoria y deberá ejecutarse y justificarse para el 31 de octubre del año de la convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin haberse aportado la correspondiente justificación final, procederá la declaración de la pérdida del derecho a la percepción de la subvención, salvo que resulte de aplicación lo dispuesto en la base 13.

Plazo de presentación de solicitudes

Termina el 24 de febrero de 2023.

Documentación a presentar

La solicitud, acompañada de la documentación que se señala a continuación, se presentará vía internet, a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, (https://www.gfaegoitza.eus), de la que se accederá al portal de subvenciones y se cumplimentará el formulario específico habilitado a tal efecto. A la solicitud se le adjuntará la siguiente documentación:

a) Memoria descriptiva de la actuación a desarrollar y, en su caso, proyecto técnico (máximo 25 páginas). Incluirán una planificación temporal de los trabajos a realizar. En concreto, entre otros documentos se presentará: 

• La justificación de la acción para la que se solicita la subvención, incluyendo las sinergias y alineamiento con las políticas y estrategias de este Departamento.

• Los objetivos que se pretenden conseguir, debidamente cuantificados con los correspondientes indicadores, así como la difusión que tendrá la actividad subvencionada. Si el proyecto conlleva la prevención, reutilización o reciclaje de cantidades significativas, será necesario estimar en kg el potencial de prevención, reciclado o reutilización del proyecto en un año.

b) Presupuesto detallado de la actuación, desglosado por partidas, separando adecuadamente las partidas de gasto e inversión. Se valorará también su nivel de desglose y concreción.

c) En el caso de proyectos relativos al compostaje doméstico y comunitario la entidad solicitante (ayuntamiento o mancomunidad) deberá indicar cuántas familias practican ya esa actividad en su ámbito de actuación. Además, será necesario indicar que influencia tendrá la acción propuesta en el número de familias que practican esa actividad.

d) Declaración responsable de no concurrir en la entidad solicitante ninguna causa impeditiva de la condición de beneficiaria de las indicadas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Dicha declaración responsable podrá hacerse a través de la aplicación informática. A efectos de la posterior comprobación, la Diputación Foral de Gipuzkoa efectuará las consultas y verificaciones necesarias. En caso de que el solicitante considere que no se deben consultar dichos datos, además de aportarlos, deberá justificar motivadamente su oposición. Puede ejercer este derecho, así como el de acceso, rectificación, supresión o limitación, dirigiéndose al responsable a través de los formularios dispuestos en https://egoitza.gipuzkoa.eus.

e) Las sociedades mercantiles y entidades sin ánimo lucro deberán presentar además de lo anteriormente indicado:

• Copia de sus escrituras de constitución y estatutos sociales, inscritos en el Registro Mercantil o en su caso, en el correspondiente registro oficial.

• Copia del documento acreditativo de que quien firma la solicitud puede actuar en nombre de la entidad y de su DNI.

 f) En el caso de sociedades mercantiles de capital privado, se deberá aportar la Licencia de Actividad de la empresa y/o en su caso, de la Autorización Ambiental Integrada.

 g) Las personas físicas en régimen de autónomos, además de lo señalado en los apartados a), b) y c) deberán aportar la siguiente documentación:

• Declaración censal (impreso 036).

 • Justificante de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (impreso 840).

Plazo de resolución

Máximo de 3 meses a partir de la publicación de la convocatoria. 

Documentación a Recibir

Publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

Efectos del Silencio Administrativo

Desestimatorio

Información complementaria

Otros contactos

Servicio de Medio Ambiente: 943 112948

e-mail: ingurugiro@gipuzkoa.eus

Normativa aplicable

Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa. (BOG nº 71 de 12 de abril de 2007); y Reglamento de Desarrollo (DF 24/2008, de 29 de abril).

Específica:

Bases Reguladoras y convocatoria del régimen de concesión de subvenciones para actuaciones de prevención y recogida selectiva en materia de residuos domésticos, similares y comerciales.

Acceso Internet

http://www.gipuzkoa.eus/subvenciones

Para cualquier duda o aclaración consultar con

Departamento/Servicio de Medio ambiente
CONSULTAS, QUEJAS Y SUGERENCIAS
Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.
 

Descargar documentos

Código de conducta y marco de integridad institucional aplicable a ayudas y subvenciones de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de su sector público (PDF)

Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.