Es objeto de las presentes bases la regulación del otorgamiento de ayudas, mediante concurrencia competitiva, como complemento de la asistencia en seguridad prestada con base en la Red Foral de Videometría Litoral de Gipuzkoa, a los ayuntamientos costeros en los que la Diputación Foral, de forma coordinada, presta el servicio de limpieza de playas mediante contratación realizada a tal efecto, en el ejercicio de sus competencias de carácter subsidiario establecidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. En concreto, son los ayuntamientos de los siguientes municipios: Mutriku, Deba, Zumaia, Getaria, Zarautz, Orio y Hondarribia.
Entidades beneficiariasPodrán optar a las ayudas las siguientes entidades del Territorio Histórico de Gipuzkoa que, durante el ejercicio correspondiente a la convocatoria, vayan a realizar gastos relacionados con el objeto de la convocatoria:
La entidades solicitantes no podrán estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipukzoa, y el artículo 23 del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto de la ley para la igualdad de mujeres y hombres y vidas libres.
Documentación a presentarLa entidad solicitante deberá acompañar el impreso de solicitud con la siguiente documentación:
a. En su caso, la documentación que acredite el poder indicado en el punto segundo de la convocatoria.
b. Memoria técnica donde se detalle el plan de actuaciones que tiene previsto realizar dentro del ámbito del objeto de la presente subvención, de conformidad con lo establecido en la base primera de las Bases Reguladoras (anexo I). En concreto, relación de los servicios que se prestarán y de las intervenciones que se prevén realizar en relación con la asistencia en seguridad, prestada con base en la Red Foral de Videometría Litoral de Gipuzkoa.
c. Memoria económica que incluya una previsión de las actuaciones objeto de subvención, con referencia al presupuesto detallado de los servicios, desglosado por partidas.
d. Descripción somera de cómo el proyecto o la actividad subvencionada incorpora la perspectiva de género (bien entre los objetivos y actividades de la entidad solicitante, bien a través de la incorporación de criterios de perspectiva de género en el proyecto o actividad).
e. Declaración responsable de no concurrir en la entidad solicitante ninguna causa impeditiva de la condición de beneficiaria de las indicadas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, y el artículo 23 del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto de la ley para la igualdad de mujeres y hombres y vidas libres, así como de encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Dicha declaración responsable podrá hacerse a través de la aplicación informática.
f. Anexo IV.A. sobre incorporación de la perspectiva de género en las subvenciones cumplimentado.
g. En su caso, la documentación justificativa que acredite los criterios a valorar especificados en la Base 7 del anexo I. La entidad solicitante deberá presentar el certificado correspondiente que acredite que disponen de unidades administrativas específicas para la igualdad de mujeres y hombres o formar parte de "Berdinbidea".
Plazo de presentación de solicitudesPara las ayudas correspondientes al ejercicio 2023, cuyas bases se recogen en el anexo I del correspondiente acuerdo aprobatorio, el plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETíN OFICIAL de Gipuzkoa.
Lugar de presentación de solicitudesLas solicitudes se presentarán obligatoriamente vía Internet. La presentación vía Internet de solicitudes se realizará a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, https://egoitza.gipuzkoa.eus, en la que se accederá al portal de subvenciones y se cumplimentará el formulario específico habilitado a tal efecto, utilizando la firma electrónica contempladas en citado Decreto Foral 23/2010, de 28 de septiembre.
Plazo de resoluciónEl plazo máximo para dictar y publicar o notificar la resolución que corresponda será de tres meses, computados a partir de la presentación de la solicitud.
Normativa aplicableBases reguladoras y convocatoria de 2023 de las subvenciones destinadas a los ayuntamientos costeros, como complemento de la asistencia de seguridad presentada con base en la Red Foral de Videometría Litoral de Gipuzkoa:
https://egoitza.gipuzkoa.eus/gao-bog/castell/bog/2023/05/18/c2303374.pdf
Acceso InternetPara cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de Medio ambienteDescargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.