Subvenciones para la programación anual de actuaciones de música, teatro y danza y programas de promoción en los teatros municipales incluidos en la Red de Teatros de Euskadi-Euskadiko Antzoki Sarea
Entidades beneficiariasAyuntamientos, organismos municipales o entidades sin ánimo de lucro que programan los teatros de los municipios de Gipuzkoa integrados en la Red de Teatros de Euskadi.
Requisitos- En la modalidad de teatro y danza: un mínimo de 6 espectáculos distintos.
- En la modalidad de música: un mínimo de 4 conciertos anuales de los que 2 deberán ser de artistas o grupos con sede en Euskal Herria.
En las dos modalidades, tanto los espectáculos escénicos como los conciertos deberán ser producidos por grupos o artistas profesionales y programados en el teatro incluido en la Red de Teatros de Euskadi, con venta de entradas al público y pago de cachet a los artistas.
No se contabilizarán aquellas actuaciones que se ofrezcan al público gratuitamente, que se contraten sólo a taquilla o que no tengan lugar en el teatro.
Quedan excluidas también:
- las actuaciones que se inscriban en festivales o ciclos subvencionados dentro de otras convocatorias del mismo departamento.
- las programaciones anuales en las que la suma de los cachets previstos no supere la cantidad de 20.000 euros.
- las programaciones que contengan exclusivamente actuaciones musicales.
Además, también pueden solicitar subvención para programas de promoción de las artes escénicas (como residencias, talleres, cursos etc) en el municipio, por medio de acuerdos con una o más compañías.
Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2024. Si la finalización del plazo recayera en sábado, domingo o inhabil se trasladará al día hábil inmediatamente siguiente.
Documentación a presentarLos siguientes requisitos se verificarán a través de NISAE y otras plataformas, a menos que la entidad interesada se oponga a ello, en cuyo caso será ella misma quien deba presentar la documentación:
En la modalidad de música se subvencionarán 3 conciertos, de los cuales dos serán de artistas de Euskal Herria, se calculará como máximo el 30% del cachet y el alquiler de equipo técnico.
En la modalidad de artes escénicas se calculará por un lado un 30% sobre el cachet de 2 espectáculos, y sobre el resto se aplicará el sistema de puntos.
En cuanto a los programas de promoción de las artes escénicas, se aplicará una subvención del 70% sobre los gastos con un límite de 6.000 euros.
Plazo de ResoluciónEl plazo máximo en el que se notificará la resolución expresa será de seis meses, comenzando a contar desde la fecha de aprobación del Decreto Foral y sea denegación o concesión, se notificará a todos los solicitantes.
Información complementariaPara ampliar información, dirigirse a:
Bases: Boletín Oficial de Gipuzkoa, nº 78 de 29 de abril de 2021
Convocatoria: Boletín Oficial de Gipuzkoa, nº 115 de 14 de junio de 2024
Documentación Complementaria
Lo que aparece en esta información no es mas que un resumen; para conocer las bases generales y específicas que rigen estas subvenciones y la convocatoria deben acudir al Boletín Oficial de Gipuzkoa.
Para cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de Cultura promociónDescargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.