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COMPAÑÍAS ESCÉNICAS: Subvenciones a la promoción y venta de espectáculos escénicos
- Estado: Fuera de plazo
- Plazo de solicitud: 06-05-2025 - 02-06-2025
- Área: Cultura promoción
Descripción:
ObjetivoSubvenciones dirigidas a entidades dedicadas a la producción y difusión de las artes escénicas (teatro y/o danza), con el fin de paliar los gastos económicos producidos por los programas de promoción y venta de espectáculos.
Consultas sobre solicitudesKBULEGOA
Sta Teresa Komentua
Elbira Zipitria 1
20003 Donostia-San Sebastián
Subvenciones dirigidas a entidades dedicadas a la producción y difusión de las artes escénicas (teatro y/o danza), con el fin de paliar los gastos económicos producidos por los programas de promoción y venta de espectáculos.
Entidades beneficiarias
Podrán solicitar estas ayudas quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Ser personas físicas o jurídico-privadas cuyo domicilio o sede social y fiscal se ubique en Gipuzkoa.
- Estar dadas de alta en el correspondiente epígrafe de las actividades teatrales y/o de danza del impuesto de actividades económicas, y además, en el caso de las personas jurídicas, tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividades teatrales y/o de danza.
- Haber producido y exhibido un mínimo de 3 espectáculos escénicos profesionales en los últimos cinco años y estar en activo en el año de la convocatoria con un mínimo de una obra producida en el año anterior o en el de la convocatoria.
- La entidad deberá de estar al día en sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social al día de finalización de presentación de solicitudes.
Requisitos
- Las actividades para las que se solicita la subvención deberán enmarcarse dentro del año natural de la convocatoria (de enero a diciembre)
- Los espectáculos en promoción y venta habrán sido producidos por las mismas compañías solicitantes de la subvención.
- Toda publicidad y comunicación de la entidad subvencionada deberá realizarse al menos en euskera.
- Las entidades que obtengan subvención deberán presentar para el 1 de marzo del año siguiente (2026), la memoria de la actividad realizada, el balance económico (gastos e ingresos) y una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión, y en su caso fecha de pago.
Importe de la subvención
El importe de la subvención no sobrepasará, en ningún caso, el 50% del gasto de la actividad subvencionada, ni la cantidad máxima de 21.000 euros.
El abono se realizará en el año 2025.
Plazo para realizar las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 2 de junio de 2025.
Modo de realizar las solicitudes
Las solicitudes, junto con el resto de documentación que deba acompañarlas, se presentarán únicamente a través de esta sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, accediendo con la clave de representación; el programa indica los pasos a seguir y los documentos que tienen que subir así como el formulario a cumplimentar.
Documentos a presentar
- Solicitud debidamente cumplimentada.
- Informe explicativo del proyecto, programa o actividad para el que se solicita la ayuda.
- Presupuesto detallado de ingresos y gastos del proyecto, programa o actividad para el que se solicita la ayuda.
- Código de Identificación Fiscal
- En el caso de empresas, inscripción en el Registro Mercantil.
Los siguientes requisitos se verificarán a través de NISAE y otras plataformas, a menos que la persona interesada se oponga a ello, en cuyo caso será ella misma quien deba presentar la documentación:
- Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades económicas (NISAE).
- Certificado al corriente de estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social (NISAE).
- Estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias (Dpto. Hacienda de la DFG).
- La titularidad de la cuenta bancaria (Pasarela de Pagos de la Administración Vasca), siempre que la entidad bancaria correspondiente se haya integrado en la misma.
Plazo de Resolución
El plazo máximo en el que se notificará la resolución expresa será de seis meses, comenzando a contar a partir del inicio del plazo de presentación de solicitudes.
Normativa aplicable
Lo que aparece en esta información no es más que un resumen; para conocer el detalle y los aspectos legales de esta beca, pueden consultar los siguientes enlaces:
- Bases generales: Boletín Oficial de Gipuzkoa, nº78, 29-04-2021.
- Bases específicas: Boletín Oficial de Gipuzkoa, nº101, 26-05-2023.
- Convocatoria 2025: Boletín Oficial de Gipuzkoa, nº82 de 05-05-2025.
- Arantza Olaskoaga
- 943112891
- kmkdirulaguntzak@gipuzkoa.eus
Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.
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Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.