KBULEGOA
Sta Teresa Komentua
Elbira Zipitria 1
20003 Donostia-San Sebastián
Subvenciones dirigidas a entidades dedicadas a la producción y difusión de las artes escénicas (teatro y/o danza), con el fin de paliar los gastos económicos producidos por los programas de promoción y venta de espectáculos.
Entidades beneficiariasPodrán solicitar estas ayudas quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Ser personas físicas o jurídico-privadas cuyo domicilio o sede social y fiscal se ubique en Gipuzkoa.
- Estar dadas de alta en el correspondiente epígrafe de las actividades teatrales y/o de danza del impuesto de actividades económicas, y además, en el caso de las personas jurídicas, tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividades teatrales y/o de danza.
- Haber producido y exhibido un mínimo de 3 espectáculos escénicos profesionales en los últimos cinco años y estar en activo en el año de la convocatoria con un mínimo de una obra producida en el año anterior o en el de la convocatoria.
-La entidad deberá de estar al día en sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social al día de finalización de presentación de solicitudes.
RequisitosEl importe de la subvención no sobrepasará, en ningún caso, el 50% del gasto de la actividad subvencionada, ni la cantidad máxima de 21.000 euros.
El abono se realizará en el año 2024.
Plazo para realizar las solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes finalizará el 3 de julio de 2024.
Modo de realizar las solicitudesLas solicitudes, junto con el resto de documentación que deba acompañarlas, se presentarán únicamente a través de esta sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, accediendo con la clave de representación; el programa indica los pasos a seguir y los documentos que tienen que subir así como el formulario a cumplimentar.
Documentos a presentarLos siguientes requisitos se verificarán a través de NISAE y otras plataformas, a menos que la persona interesada se oponga a ello, en cuyo caso será ella misma quien deba presentar la documentación:
El plazo máximo en el que se notificará la resolución expresa será de seis meses, comenzando a contar a partir del inicio del plazo de presentación de solicitudes.
Normativa aplicableLo que aparece en esta información no es más que un resumen; para conocer el detalle y los aspectos legales de esta beca, pueden consultar los siguientes enlaces:
Bases generales: Boletín Oficial de Gipuzkoa, nº78, 29-04-2021.
Bases específicas: Boletín Oficial de Gipuzkoa, nº101, 26-05-2023.
Convocatoria 2024: Boletín Oficial de Gipuzkoa, nº106 de 03-06-2024.
Para cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de Cultura promociónDescargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.