Actuaciones objeto de subvención:
• Estudios de mercado que contemplen la viabilidad de la creación de empresas de inserción o diversificación de las empresas de inserción existentes en nuevas actividades.
• Inversiones en infraestructuras, equipamientos e instalaciones orientados a la creación o al mantenimiento de puestos de trabajo destinados a personas en proceso de inserción.
Costes subvencionables:
• Se considerarán costes subvencionables aquellos costes que figurando recogidos en el presupuesto desglosado y detallado de la inversión que presente la entidad solicitante estén vinculados de manera indubitada al desarrollo de la misma.
• En el caso de los costes del personal interno se considerarán elegibles hasta un valor máximo de 35 euros/hora.
Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto.
• En el caso de los costes del personal externo se considerarán elegibles hasta un valor máximo de 69,29 euros/hora.
Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto.
El departamento analizará y determinará los costes elegibles teniendo en cuenta el grado de complejidad del proyecto, el impacto esperado, la capacidad profesional de la entidad en ese ámbito, la existencia de competencia y sin que en ningún caso sobrepase el valor del mercado.
No serán costes elegibles:
• Los viajes y los gastos de manutención.
• Aquellos correspondientes a personas o entidades vinculadas con la beneficiaria, salvo:
a) Que se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado; y
b) Que se obtenga la previa autorización del Departamento de Promoción Económica, Turismo y Medio Rural.
Cuantía de las ayudas
a) Equipamiento e Instalaciones: 50% de los costes elegibles, máximo de 6.000 euros/año por puesto de trabajo mantenido y 12.000 euros por puesto de trabajo creado. La ayuda máxima por proyecto de empresa de inserción ascenderá a 120.000 euros.
Entidades beneficiarias
Tendrán la consideración de entidades beneficiarias las indicadas a continuación y radicadas en Gipuzkoa:
Requisitos
Documentación a presentar
Las solicitudes, junto con el resto de documentación, deberán presentarse, vía Internet, a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://egoitza.gipuzkoa.eus), accediendo al portal de subvenciones y cumplimentando el formulario específico disponible a estos efectos. Esta presentación de las solicitudes y de la documentación complementaria se realizará en los términos previstos en el Decreto Foral 23/2010, de 28 de septiembre, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en el ámbito de la Administración Foral, y en el artículo 14.2 y 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Al modelo de solicitud debidamente cumplimentado le acompañará la siguiente documentación:
a) En supuesto de empresas de inserción y entidades de tercer sector, certificado de inscripción en el Registro competente de conformidad a la base específica 2ª.
b) Memoria descriptiva de la actividad subvencionable:
Denominación del proyecto.
Datos de las entidades que participan (con especificación de tipología de entidad de la que se trata, de conformidad a la base específica 2ª).
Identificación de la/s persona/s de contacto para la coordinación del proyecto.
Contenido.
Formato.
Metodología a desarrollar.
Cronograma de ejecución.
Lugar/es de realización.
Indicación de los centros de actividades de los que dispone cada entidad beneficiaria en el Territorio Histórico de Gipuzkoa
Personas y/o materiales implicados.
Otros aspectos técnicos que permitan valorar el proyecto de conformidad a los criterios estipulados en la base específica 6ª.
c) Presupuesto de ingresos y gastos desglosado. En el caso de existir cofinanciación de la actividad subvencionable, detallando, en todo caso, cuantía, porcentaje y procedencia.
d) Declaración responsable incorporada en el formulario de solicitud del aplicativo.
e) Identificación de la persona representante de las entidades solicitantes/beneficiarias.
f) Asimismo, se podrá aportar otros documentos complementarios que se consideren oportunos para acreditar los requisitos exigidos en las bases reguladoras.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes inicia el 17 de septiembre de 2022 y finalizará el 14 de octubre de 2022.
Lugar de presentación de solicitudes
https://egoitza.gipuzkoa.eus/es/subvenciones
Plazo de Resolución6 meses
Documentación a Recibir Efectos del Silencio AdministrativoDesestimatorio
Normativa aplicablehttps://egoitza.gipuzkoa.eus/gao-bog/castell/bog/2022/09/16/c2205728.pdf
Observaciones Acceso InternetPara cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de Proyectos EstratégicosDescargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.