Serán objeto de subvención los gastos derivados de la ejecución de obras de construcción y mejora de vías ciclistas y peatonales o exclusivamente ciclistas, que formen parte de la red local, que se hayan iniciado dentro del año de la convocatoria y se prevea su finalización antes del 25 de noviembre de dicho año.
Asimismo, serán objeto de subvención los gastos derivados de la redacción de proyectos técnicos de obras de construcción y mejora de vías ciclistas y peatonales o exclusivamente ciclistas que formen parte de la red local, y que se prevea su entrega y aprobación definitiva por parte de los responsables antes del 25 de noviembre del año de la convocatoria.
Cuantía de las ayudasLa cantidad máxima a subvencionar a cada municipio no podrá exceder de 100.000 euros.
Destinatarios/asPodrán acogerse a estas ayudas todos los ayuntamientos de los municipios del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Se entiende por municipio la entidad local territorial contemplada en el artículo 11 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Documentación a presentarA la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación:
− Certificado del acuerdo adoptado por el órgano municipal competente, solicitando la subvención en los términos de la base 6.
− Memoria explicativa del proyecto subvencionable, indicándose el plan donde está prevista su ejecución (Plan Territorial Sectorial de Vías Ciclistas de Gipuzkoa, plan municipal…).
− Copia del proyecto de construcción o mejora de la vía ciclista.
− Presupuesto desglosado y programa de trabajo.
− Memoria de las actuaciones a llevar a cabo para integrar la perspectiva de género en la actuación subvencionable.
− Declaración expresa y responsable de no estar incurso en las causas de prohibición para obtener la condición de entidad beneficiaria, así como de las subvenciones, ingresos o recursos solicitados u obtenidos para la misma finalidad.
Plazo de presentación de solicitudesLas solicitudes podrán presentarse en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
Lugar de presentación de solicitudesLas solicitudes deberán presentarse, junto con el resto de documentación, vía Internet a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://egoitza.gipuzkoa.eus/es/subvenciones) accediendo al portal de subvenciones en el apartado Transportes y cumplimentando el formulario específico disponible a estos efectos. Esta presentación de las solicitudes y de la documentación complementaria se realizará en los términos previstos en el Decreto Foral 23/2010, de 28 de septiembre, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en el ámbito de la Administración Foral.
Normativa aplicableLas subvenciones objeto de la presentes bases reguladoras se regirán, además de lo dispuesto en las mismas, por la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa y su reglamento de desarrollo, aprobado por Decreto Foral 24/2008, de 29 de abril, así como demás normativa aplicable en materia de subvenciones.
Para cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de Movilidad y Ordenación del TerritorioDesgargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.