Ayudas a titulares de licencia y autorización VT otorgadas por la DGF, para la adquisición de vehículos autotaxi adaptados a personas con movilidad re


  • Plazo de solicitud: Fuera de plazo
  • Fecha límite: 2024
  • Movilidad y Ordenación del Territorio

Descripción:

Descripción y conceptos subvencionables

Ayudas destinadas a las personas titulares de licencia y autorización VT en vigor, otorgadas por la Diputación Foral de Gipuzkoa, para la adquisición de vehículos autotaxi adaptados a personas con movilidad reducida.

Cuantía de las ayudas

Se subvencionará el 80% de los gastos de adaptación del vehículo y, en todo caso, con un límite de 12.000 euros por persona beneficiaria.

Documentación a presentar 1ª fase (Solicitud)

Documentación para justificación 1ª fase del procedimiento:

Junto con la solicitud, factura proforma de los gastos de adaptación del vehículo y declaración jurada

Documentación 2. fase (solicitud abono)

1.- Factura definitiva.

2.- Justificantes de las transferencias o pagos realizados al taller por la adaptación.

3.- Certificado del taller de que se ha realizado la adaptación de conformidad con la normativa técnica aplicable.

4.- Ficha técnica ITV indicando adaptación para PMR.

5.- Expediente de adscripción del vehículo a la correspondiente licencia y autorización.

Plazo de presentación de solicitudes

Desde el 19 de abril de 2024 hasta las 14:30 del 13 de mayo de 2024.

Destinatarios/as

Podrán acogerse a las subvenciones reguladas en estas bases las personas titulares de licencia y autorización VT en vigor, otorgadas por la Diputación Foral de Gipuzkoa, que cumplan los requisitos de la base tercera.

Lugar de presentación de solicitudes

De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas las solicitudes, junto con el resto de documentación, deberán presentarse, vía Internet, a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://egoitza.gipuzkoa.eus), accediendo al portal de subvenciones y cumplimentando el formulario específico disponible a estos efectos. De no presentarse electrónicamente, se estará a lo dispuesto en el artículo 68.4 de dicha ley.

Normativa aplicable

Bases reguladoras: BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa n.º 200 de 20 de octubre de 2020.

Observaciones

Para cualquier duda o aclaración consultar con

Departamento/Servicio de Movilidad y Ordenación del Territorio
CONSULTAS, QUEJAS Y SUGERENCIAS
Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.
 

Descargar documentos

Código de conducta y marco de integridad institucional aplicable a ayudas y subvenciones de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de su sector público (PDF)

Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.