Gipuzkoa digitala: Ciberseguridad EMPRESAS


  • Plazo de solicitud: Fuera de plazo
  • Fecha límite: 2023
  • Promoción Económica

Descripción:

PRESUPUESTO AGOTADO! CIBERSEGURIDAD EMPRESAS: 165.000

El programa tiene por objeto regular la concesión de subvenciones del programa para el impulso a la implantación de la ciberseguridad en las empresas de Gipuzkoa.

Fechas y plazos a considerar
  • Presentación de solicitudes: del 23 de febrero de 2023 al 15 de septiembre de 2023.
  • Los proyectos no podrán haberse iniciado con anterioridad al 1 de enero de 2023.
  • Plazo máximo final de proyectos y su justificación: hasta el 12 de septiembre de 2024.
  • Cada entidad podrá presentar como máximo un total de 2 proyectos.
Entidades beneficiarias

Las PYMEs radicadas en Gipuzkoa que desarrollen actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores y del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones.

Este requisito será comprobado a partir del epígrafe de alta en el IAE.

No serán objeto de subvención los trabajos de diagnóstico y desarrollo de plan de ciberseguridad contratados por empresas que hubieran obtenido subvención para la financiación de trabajos similares en los últimos tres años.

Requisitos del proyecto

Serán subvencionables los gastos derivados de la contratación de asesoramiento especializado para la realización de trabajos de:
a)  Diagnóstico de situación del hardware/software en relación a la ciberseguridad, situación organizativa de la empresa en relación con la ciberseguridad.
b)  Redacción de un Plan de Ciberseguridad que deberá incluir recomendaciones concretas y costes estimados.
c) Acompañamiento en el despliegue y ejecución de un plan de ciberseguridad. En este apartado se considerarán subvencionables las intervenciones derivadas de un plan de ciberseguridad: proyectos de segmentación de redes, proyectos de detección y gestión de vulnerabilidades, proyectos de inventariado de activos en una red industrial, proyectos de sensibilización y formación de empleados, proyectos de adecuación a la normativa o estándar de seguridad aplicable.

No se considerarán subvencionables los costes de hardware, software ni las tareas relacionadas con su instalación.

Actuaciones objeto de subvención

Se considerarán gastos subvencionables aquellos gastos que figurando recogidos en el presupuesto desglosado y detallado de la actividad que presente la entidad solicitante estén vinculados de manera indubitada al desarrollo de la misma, específicamente las subcontrataciones.

No serán tenidos en consideración los gastos internos.

Procedimiento de concesión

Las solicitudes serán resueltas distribuyéndose los fondos en el orden en que se reciban las solicitudes, siempre que la documentación esté debidamente cumplimentada, se cumplan todos los requisitos establecidos en la convocatoria y sin superar los límites e importes señalados en la base 5ª.

Compatibilidad o incompatibilidad

Serán compatibles con cualquier otra subvención, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad sin que en su conjunto se pueda superar el coste real.

Régimen jurídico

Las subvenciones contempladas en las presentes bases están sujetas al Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE, L Nº 352, de 24/12/2013).

Porcentaje de subvención

En función del tamaño de la empresa, los proyectos se subvencionarán en los siguientes porcentajes:
-Empresas de menos de 50 empleos: 60%
-Empresas entre 50 y 249 empleos: 50%
 
Se subvencionará con un 15 % adicional aquellos proyectos que, previa a la presentación de la solicitud al programa, hayan realizado un análisis de autodiagnóstico, conforme a la metodología promovida por ZIUR, lo que deberá acreditarse adjuntando a la solicitud una copia de dicho documento.
El autodiagnóstico se encuentra disponible en la web https://diagnostikoa.ziur.eus.

Cuantía máxima de subvención

La subvención máxima por empresa será de 15.000 €.

Documentación a presentar

No existe un PDF a rellenar, los formularios web se completarán accediendo desde el expediente y la propia aplicación creará un PDF al finalizar.

Normativa aplicable

Convocatoria 2023: BOG nº 36, 22 de febrero de 2023. 

Bases reguladoras: BOG nº 65, 5 de abril de 2022

 

Para cualquier consulta

Angel Martín     angelmartin@gipuzkoa.eus
Eider Sarasola  esarasola@gipuzkoa.eus

 

Para cualquier duda o aclaración consultar con

Departamento/Servicio de Promoción Económica
CONSULTAS, QUEJAS Y SUGERENCIAS
Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.
 

Descargar documentos

Código de conducta y marco de integridad institucional aplicable a ayudas y subvenciones de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de su sector público (PDF)

Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.