Promover un contexto favorable para el aprendizaje a lo largo de toda la vida que posibilite que las personas adquieran las estrategias de aprendizaje y las competencias claves necesarias para la plena realización personal, la ciudadanía activa, la empleabilidad y la cohesión social.
Entidades beneficiariasSerán entidades beneficiarias las entidades de la red de centros docentes del sistema educativo no universitario financiados con fondos publicos del Departamento de Educacion del Gobierno Vasco, las asociaciones y/o agrupaciones de entidades formativas que representen los intereses de las citadas entidades y las universidades. Las entidades deberán estar radicadas en Gipuzkoa.
En aplicación de lo previsto en el artículo 10.3 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, se amplía la condición de entidades beneficiarias a las agrupaciones públicas o privadas, de las entidades mencionadas en el apartado anterior, que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención. En este caso, en la correspondiente solicitud deberá hacerse constar los compromisos de ejecución que asume cada entidad integrante de la agrupación y el importe de la subvención a aplicar por cada una de ellas, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias. A la solicitud deberá acompañar tantas declaraciones responsables, tal y como se establece en la base 2.6, como entidades formen parte de la agrupación, dado que ésta no podrá acceder a la condición de beneficiaria si no lo puede hacer alguno de sus integrantes por aplicación de lo previsto en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo.
Las actuaciones subvencionables consistirán en el desarrollo de proyectos de transformación para:
- Promover y socializar las competencias clave y transversales, las competencias de aprender a aprender y el sentido de la iniciativa, sentido crítico, las posibilidades de aprendizaje y habilidades científico-técnicas (ctiam) y sociales que respondan a los nuevos retos y expectativas futuras.
- Mejorar y valorizar los procesos de orientación a las personas través de la incorporación de metodologías, herramientas y recursos.
- Implementar nuevas metodologías e instrumentos para que posibiliten una mejor gestión de la diversidad e inclusividad.
- Incorporar estrategias para trabajar el aprendizaje personalizado, el aprendizaje cooperativo y la combinación de ámbos.
- Identificar los retos, oportunidades, debilidades y obstáculos para impulsar la movilidad social de las personas a través de los procesos de aprendizaje.
- Desarrollar procesos de aprendizaje para que las personas puedan adaptar sus competencias de manera continua a los cambios futuros.
- Analizar las oportunidades y retos que los impactos de las transiciones demográficas, ecológicas y digitales generarán en términos de competencias.
Los costes de personal interno seran elegible hasta un valor máximo de 35 euros/hora.
El cálculo del coste horario de cada persona se realizará del siguiente modo:
Base de Cotización de la Seguridad Social por contingencias comunes x 12 x 1,25 / N.º horas anuales.
En el caso de personas adscritas a otros regímenes de cotización se tomará una base asimilada a la del régimen general de la Seguridad Social.
El dato a efectos del cálculo de base de Cotización de la Seguridad Social por contingencias comunes será el último dato disponible en el momento de la presentación de la solicitud.
El número de horas anuales es el número de horas laborales anuales de la persona trabajadora, según convenio, afectado en cada caso por el porcentaje de reducción de jornada correspondiente si la hubiere. Por defecto se aplicarán 1.720 horas anuales.
Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto.
Los costes de personal externo se considerarán elegibles hasta un valor máximo de 69,29 euros/hora.
Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto.
Únicamente serán elegibles los gastos referidos a viajes y estancia referidos al personal de las entidades no promotoras de los proyectos, con los límites establecidos para cada tipo de gasto en el Decreto 16/1993, de 2 de febrero, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
Los costes indirectos y/o generales se computarán como coste elegible, sin necesidad de justificación, únicamente el 15 % de los costes directos del personal interno subvencionables.
Las ayudas serán del 95 % de los costes elegibles.
Procedimiento de concesiónEl procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.
Compatibilidad o incompatibilidadLas presentes subvenciones no serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Plazos a cumplirNormativa aplicable
Bases reguladoras y convocatoria 2023 del Programa para promover la calidad del empleo en el tejido empresarial y el ecosistema socioeconómico en Gipuzkoa. (Acuerdo Consejo de Gobierno Foral de 07-09-2021 -BOG nº 177 de 15/09/2021 -y modificado por Acuerdo de Consejo de Gobierno Foral de 3 de Mayo de 2022 - BOG nº 85 de 06/05/2022).
Pasos a dar para realizar la solicitud
- Información y documentos
https://www.gipuzkoa.eus/eu/web/ekonomia/programas-y-ayudas/empleo-calidad/bozi-hezkuntza
- Aplicativo para gestionar las subvenciones
http://sustapena.gipuzkoa.eus/kudeaketa
SERVICIO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA
• Gestión administrativa: 943.112227
• Gestión técnica: 943.112217
Para cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de Promoción EconómicaDescargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.