Anexo II: Desarrollar lugares de trabajo transformadores, sostenibles y con compromiso de y con las personas y el territorio


  • Plazo de solicitud: Fuera de plazo
  • Fecha límite: 2024
  • Innovación

Descripción:

Descripción

Promover un ecosistema y unos entornos organizativos que integren una implicación corresponsable y compartida de todas las partes concernidas: personas (compromiso y bienestar), empresa (compromiso y competitividad sostenible) y territorio (compromiso y cohesión social).

Entidades beneficiarias

a) Las empresas radicadas en Gipuzkoa.

b) Las asociaciones de empresas, federaciones y asociaciones de asociaciones de empresas y clusters radicadas en Gipuzkoa.

c) Las asociaciones de empresas, federaciones y asociaciones de asociaciones de empresas y clusters radicadas en la CAPV que representen intereses de empresas radicadas en Gipuzkoa.

d) Organizaciones sindicales más representativas en la CAPV radicadas en Gipuzkoa.

2.2 En aplicación de lo previsto en el artículo 10.3 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, se amplía la condición de entidades beneficiarias a las agrupaciones públicas o privadas, de las entidades mencionadas en el apartado anterior, que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención. En este caso, en la correspondiente solicitud deberá hacerse constar los compromisos de ejecución que asume cada entidad integrante de la agrupación y el importe de la subvención a aplicar por cada una de ellas, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias. A la solicitud deberá acompañar tantas declaraciones responsables, tal y como se establece en la base 2.7, como entidades formen parte de la agrupación, dado que ésta no podrá acceder a la condición de beneficiaria si no lo puede hacer alguno de sus integrantes por aplicación de lo previsto en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo.

2.3 No serán entidades beneficiarias las fundaciones, federaciones, asociaciones, y, entidades y sociedades públicas, a excepción de las entidades establecidas en las Bases 2.1 b) , c) y d).

 

Actuaciones subvencionables

Desarrollo de proyectos de transformación para:

  • Implementar metodologías para el desarrollo de procesos y sistemáticas de aportación de valor de las personas, coherentes con los objetivos y estrategias de la empresa así como de las organizaciones a las personas (mapas de valor...).
  • Promover estrategias y procesos de cambio organizacional y empresarial de fórmulas avanzadas de transformación en los entornos laborales y de distribución del tiempo del empleo.
  • Incorporar la gestión de la diversidad y la inclusividad (edad, mujeres y hombres, euskera, nivel educativo) para incrementar el grado de empleabilidad en todas la áreas de la empresa.
  • Diseñar una organización 5.0 con un equilibrio adecuado entre las personas, la organización y la tecnología.
  • Incorporar herramientas y oportunidades para trazar y compatibilizar los ámbitos personal, laboral y social.
  •  Impulsar la empleabilidad de las personas trabajadoras y la sostenibilidad de las organizaciones.
  • Integrar el compromiso con las personas y el compromiso con el territorio en la estrategia y quehacer empresariales, desde la corresponsabilidad.
  • Transformar la gestión de personas.
  • Estructurar la organización del trabajo, el entorno de trabajo, el diseño del puesto de trabajo y la autonomia de las personas alineando las necesidades y oportunidades de las personas y la organización.
  • Analizar la calidad del empleo de la organización.
  • Favorecer contextos para incorporar la igualdad entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la organización.
  • Nuevas formas de relaciones organizacionales que pongan en el centro a la persona y la democracia económica.
  • Fortalecer los elementos intangibles (actitudes, valores, normas, competencias) existentes en las organizaciones que promuevan la cooperación y el compromiso entre las personas que las configuran (una cultura y proyecto compartidos, la confianza, los valores, las relaciones -internas y externas-, el capital social….).
Costes subvencionables

5.1 Los costes de personal interno no podrán superar el 35 % del coste total elegible, siendo elegible hasta un valor máximo de 35 euros/hora.

El cálculo del coste horario de cada persona se realizará del siguiente modo:

Base de Cotización de la Seguridad Social por contingencias comunes x 12 x 1,25 / N.º horas anuales.

En el caso de personas adscritas a otros regímenes de cotización se tomará una base asimilada a la del régimen general de la Seguridad Social.

El dato a efectos del cálculo de base de Cotizacion de la Seguridad Social por contingencias comunes será el último dato disponible en el momento de la presentación de la solicitud.

El número de horas anuales es el número de horas laborales anuales de la persona trabajadora, según convenio, afectado en cada caso por el porcentaje de reducción de jornada correspondiente si la hubiere. Por defecto se aplicarán 1.720 horas anuales.

Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto.

 

5.2 Los costes de personal externo se considerarán elegibles hasta un valor máximo de 69,29 euros/hora.

Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto.

 

5.3 Únicamente serán elegibles los gastos referidos a viajes y estancia referidos al personal de las entidades no promotoras de los proyectos, con los límites establecidos para cada tipo de gasto en el Decreto 16/1993, de 2 de febrero, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

 

5.4 No serán costes elegibles los costes indirectos y/o generales, excepto en el caso de las asociaciones de empresas y clusters, que se computarán como coste elegible, sin necesidad de justificación, únicamente el 15% de los costes directos del personal interno subvencionables.

 

Cuantía de las ayudas

Las ayudas serán del 75% de los costes elegibles

Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.

Compatibilidad o incompatibilidad

Las presentes subvenciones no serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Plazos a cumplir
  • Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 5 de JUNIO de 2024 a las 12:00 horas.
  • Plazo de inicio de las actuaciones: con posterioridad a la solicitud de la ayuda, dentro del año natural.
  • Fecha de ejecución de los proyectos:     30 de JUNIO de 2025
  • Fecha de justificación de los proyectos: 30 de JULIO de 2025
Normativa aplicable

Bases reguladoras y convocatoria 2024 del Programa para promover la calidad del empleo en el tejido empresarial y el ecosistema socioeconómico en Gipuzkoa. (Acuerdo Consejo de Gobierno Foral de 07-09-2021 -BOG nº 177 de 15/09/2021 -y modificado por Acuerdo de Consejo de Gobierno Foral de 3 de Mayo de 2022 - BOG nº 85 de 06/05/2022. Convocatoria 2024: Acuerdo de Consejo de Gobierno Foral de 23-04-2024 – BOG nº 86).

Pasos a dar para realizar la solicitud

- Información y documentos

https://www.gipuzkoa.eus/eu/web/ekonomia/programas-y-ayudas/empleo-calidad/lantoki-eraldatzaileak


- Aplicativo para gestionar las subvenciones


http://sustapena.gipuzkoa.eus/kudeaketa  

Para cualquier duda o aclaración contactar con

SERVICIO DE PROMOCIÓN  ECONÓMICA

• Gestión administrativa: 943.112227
• Gestión técnica: 943.112217

sustapena.eraldaketa@gipuzkoa.eus

Para cualquier duda o aclaración consultar con

Departamento/Servicio de Innovación
CONSULTAS, QUEJAS Y SUGERENCIAS
Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.
 

Descargar documentos

Código de conducta y marco de integridad institucional aplicable a ayudas y subvenciones de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de su sector público (PDF)

Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.