Promover un contexto favorable para crear, construir y/o aprovechar oportunidades que van generar las transiciones ecológicas, sociales y económicas a través de la investigación, su transferencia y difusión que transforme el ecosistema socio-económico de Gipuzkoa hacía ámbitos de valor añadido y/o sostenible, desarrollo de nuevas capacidades y empleos de calidad.
ENTIDAD BENEFICIARIA
ACTUACIÓNES SUBVENCIONABLES
Las actuaciones subvencionables consistirán en:
- Proyectos de investigación fundamental.
- Proyectos de investigación industrial.
- Proyectos de desarrollo experimental.
- Acciones complementarias de especial interés: Aquellas acciones que integren al menos a un organismo de la RVCTI para desarrollar estudios de prospectiva y vigilancia, acciones para favorecer la cooperación, la transferencia, dinamización, impulso, la difusión y la divulgación en actividades vinculadas a proyectos de investigación fundamental e industrial.
Las actuaciones subvencionables estarán orientadas a las temáticas:
- Oportunidad de valor añadido.
- Continuidad de la actividad económica.
- Colaboración interempresarial.
- Economía creativa.
- Nuevos yacimientos de empleo.
COSTES SUBVENCIONABLES
Se considerarán costes subvencionables aquellos costes que figurando recogidos en el presupuesto desglosado y detallado de la actividad que presente la entidad solicitante estén vinculados de manera indubitada al desarrollo de la misma, y resulten estrictamente necesarios. (ver costes subvencionables anexo I base 12ª y anexo VIII base 5ª modificada).
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Los porcentajes de ayuda serán:
a) En los proyectos de investigación fundamental el 100% de los costes subvencionables.
b) En los proyectos de investigación industrial el 50% de los costes subvencionables.
c) En los proyectos de desarrollo experimental el 25% de los costes subvencionables.
d) En las acciones complementarias de especial interés el 100% de los costes subvencionables si están asociadas a proyectos de investigación fundamental y el 50% si están asociadas a proyectos de investigación industrial.
(Ver incrementar el porcentaje de las subvenciones anexo VIII base 6.2).
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.
COMPATIBILIDAD O INCOMPATIBILIDAD
Las subvenciones del Anexo VIII serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales hasta el máximo previsto en la normativa del Reglamento General de exención por categorías n.º 651/2014, de 17 de junio.
PLAZOS A CUMPLIR
-Plazo de presentación de solicitudes: 20 de junio de 2024 a las 12:00 horas.
-Plazo de inicio de las actuaciones: con posterioridad a la solicitud de la ayuda, dentro del año natural.
-Fecha de ejecución de los proyectos: 30 de julio de 2025.
-Fecha de justificación de los proyectos: 30 de junio de 2025.
NORMATIVA APLICABLE
Bases reguladoras y convocatoria 2024 del programa para promover la generación de oportunidades, el valor diferencial y la sostenibilidad del tejido empresarial de Gipuzkoa: ANEXO VIII- Promover, generar, transferir y compartir conocimiento en el ecosistema socio-económico de Gipuzkoa. (Bases: Acuerdo de Consejo de Gobierno Foral de 15/06/2021 BOG: nº 114 de 18/06/2021 y modificado por Acuerdo de Consejo de Gobierno Foral de 10/05/2022 y 07/02/2023- BOG nº 95 de 20/05/2022 y BOG nº 32 de 16/02/2023. Convocatoria 2024: Acuerdo de Consejo de Gobierno Foral de 07/05/2024 - BOG nº94 de 16/05/2024).
PASOS A DAR PARA REALIZAR LA SOLICITUD
Información y documentos
https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ekonomia/programas-y-ayudas/competitividad/conocimiento
http://sustapena.gipuzkoa.eus/kudeaketa
PARA CUALQUIER DUDA O ACLARACIÓN CONTACTAR CON
SERVICIO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA
Para cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de InnovaciónDescargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.