Convenios de Colaboración: PYME digital


  • Plazo de solicitud: Fuera de plazo
  • Fecha límite: 2024
  • Promoción Económica

Descripción:

Financiación

Presupuesto: 650.000 €.

                      400.000 € en 2024 y 250.000 € en 2025.

Destinatarios/as

Entidades que hayan suscrito el “Convenio de colaboración entre la Diputación Foral de Gipuzkoa y las Agencias Comarcales de Desarrollo Local por el que se establecen las bases del desarrollo de un nuevo modelo de gobernanza para la promoción económica”, de fecha 2 de junio de 2017.

Requisitos de los proyectos

Los proyectos deberán estar necesariamente alineados con la Estrategia de Especialización Inteligente adoptada en Euskadi y en la que las Agencias de Desarrollo Comarcal vienen trabajando de manera coordinada para acercar dicha realidad a las pyme de Gipuzkoa.

Se trata de mantener y profundizar en el trabajo desarrollado hasta la fecha, buscando nuevos proyectos y nuevas formas de acercamiento a los mismos.

Cada Agencia deberá plantear un plan de trabajo en el que, junto al seguimiento de los proyectos impulsados en ejercicios anteriores, contemplará la identificación e incorporación a su actuación de nuevas empresas interesadas en incorporar la innovación a sus procesos de negocio mediante la transformación digital.

Distribución de las ayudas

La distribución de las ayudas se realizará en cuantía similar para todas las Agencias, distribuyéndose el presupuesto entre los proyectos que se presenten, siempre que éstos alcancen, como mínimo el importe de la subvención correspondiente y alcancen la puntuación mínima exigida por el programa.

Conceptos subvencionables

A efectos de este programa, se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido.

Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, que se deriven directamente del proyecto; el conjunto de estos gastos no podrá superar el 20% del coste del personal interno implicado en el proyecto, sin que sea necesaria su justificación.

Plazo de presentación de solicitudes

Hasta el 23 de septiembre de 2024

Procedimiento de concesión

Las características especiales de estas subvenciones aconsejan que su concesión se realice en régimen de concurrencia no competitiva, a solicitud de la entidad interesada, en atención a la existencia de una determinada situación en dicha entidad beneficiaria, sin que sea necesario establecer la comparación de las solicitudes, ni la prelación entre las mismas

Documentación a presentar

A través del «Portal de subvenciones» se accederá a la solicitud, cuyo modelo se incluye en el anexo, y a la que deberá adjuntarse
la siguiente documentación:
a) Plan de trabajo. Cronograma de las actividades del proyecto para el que se solicita la subvención.
b) Currículum de las personas que actuarán por parte de las Agencias Comarcales de Desarrollo Local.
c) Identificación de otras personas o entidades que intervendrán y papel que desarrollarán
d) Presupuesto desglosado de las actuaciones.
e) Número orientativo de empresas que intervendrán en cada fase.
f) Certificados de estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social. No es necesario adjuntarlos si en la solicitud se ha dado consentimiento para que el departamento gestor de la subvención recabe directamente los referidos datos de las administraciones competentes para emitirlos.

Justificación y pago

El abono de la subvención concedida se realizará en dos pagos:
- Las entidades beneficiarias podrán en el momento de la aceptación solicitar el pago de la primera parte de la ayuda, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.
- Para solicitar el segundo pago, deberán justificar la realización completa del proyecto, acompañando a la solicitud la documentación justificativa prevista en la bases.
No obstante, con anterioridad a la finalización del proyecto, las entidades beneficiarias podrán solicitar el abono anticipado de esta segunda parte de la ayuda.

Normativa aplicable

Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Historico de Gipuzkoa, su Reglamento de desarrollo (aprobado por Decreto Foral 24/2008, de 29 de abril) y demás normativa aplicable en materia de subvenciones

Para cualquier consulta

Tlf:  943 113 989

Para cualquier duda o aclaración consultar con

Departamento/Servicio de Promoción Económica
CONSULTAS, QUEJAS Y SUGERENCIAS
Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.
 

Descargar documentos

Código de conducta y marco de integridad institucional aplicable a ayudas y subvenciones de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de su sector público (PDF)

Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.