La finalidad de estas subvenciones es impulsar en el territorio de Gipuzkoa el desarrollo de experiencias de democracia participativa que busquen, mediante la implicación activa de la ciudadanía, el empoderamiento de la misma para el logro de una mayor participación política y mejora de su calidad de vida.
Asimismo, se quiere lograr mediante el desarrollo de las experiencias que las entidades ciudadanas refuercen su capacidad de impulsar procesos participativos con la ciudadanía.
Según viene recogido en la tercera base reguladora serán subvencionables las experiencias que impulsen la participación ciudadana y la acción comunitaria, y que persigan (Acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 23 de abril de 2024).
Entidades beneficiariasTendrán la consideración de beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes bases las entidades ciudadanas en quienes no concurra ninguna de las circunstancias impeditivas de alcanzar la condición de beneficiaria de las previstas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
De conformidad con la Norma Foral 5/2018 de 12 noviembre de 2018, sobre participación ciudadana, son entidades ciudadanas a los efectos de la participación, las personas jurídicas, sin ánimo de lucro, cualquiera que sea su forma jurídica y su naturaleza, que tengan como fin la defensa de intereses colectivos, ya sean de carácter general o sectorial, que desarrollen sus actividades, de forma exclusiva o no, en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, en toda su extensión o en una parte del mismo.
En todo caso, en aplicación de lo previsto en el artículo 10.3 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, se amplía la condición de personas beneficiarias a las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
Las organizaciones ciudadanas podrán presentar un máximo de dos propuestas: una individual y otra grupal.
Procedimiento de concesiónEl procedimiento de concesión de las subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.
Criterios de valoracióna) Estrategia metodológica planteada en el diseño e implementación de la experiencia: hasta 25 puntos.
b) Aplicación de prácticas participativas que favorezcan el civismo y el diálogo y entendimiento entre la ciudadanía: hasta 20 puntos.
c) Impulso de la formación, el aprendizaje y la capacidad de la ciudadanía en relación con la participación ciudadana: hasta 15 puntos.
d) Fomenta la corresponsabilidad entre las personas y colectivos implicados e impulsa la coordinación con las instituciones públicas: hasta 15 puntos.
e) Comunicación del proceso: hasta 10 puntos.
f) Promoción de la utilización del euskera: hasta 6 puntos.
g) Promoción de la igualdad entre hombres y mujeres: hasta 9 puntos.
PresupuestoUn presupuesto de 260.000 euros para hacer frente a la convocatoria de 2024 repartidos del siguiente modo: 130.000 euros para pagar en concepto de anticipo en 2024 y 130.000 euros para pagar en 2025.
Cuantía de las subvencionesEl importe subvencionable y la subvención se fijarán con arreglo a la documentación aportada por la entidad solicitante, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y los criterios de valoración definidos en estas bases.
En caso de recibir la subvención se deberá justificar el 100% del presupuesto computable que se indicará en el decreto de concesión. La subvención no superará el 80 % del coste total del proceso.
Cada entidad ciudadana podrá recibir por proyecto un máximo de 8.000 euros en concepto de subvención.
- Presentación de solicitudes: hasta el 24 de mayo de 2024.
- Plazo ejecución de los proyectos: desde el 1 de enero de 2024 hasta el 23 de mayo de 2025.
- Informe de avance: hasta el 21 de octubre de 2024.
- Justificación de los proyectos: hasta el 23 de mayo de 2025.
Las solicitudes se deberán realizar a través de la sede electrónica (https://egoitza.gipuzkoa.eus/eu/). Para formalizar la solicitud, deberán cumplimentarse todos los formularios que figuran en la sede electrónica del apartado correspondiente a esta convocatoria de subvenciones, y que se refieren a los siguientes extremos, adjuntando, en su caso, los documentos que procedan:
a) Memoria del proceso de participación ciudadana.
b) Presupuesto detallado del proceso, con el desglose detallado de los gastos subvencionables.
c) Declaración de las subvenciones, ingresos o recursos que la entidad solicitante hubiese solicitado u obtenido para la misma finalidad, procedente de cualquier administración o ente público o privado, estatal o internacional. En caso de no contar con otra financiación, declaración negativa. La declaración se debe firmar en la solicitud electrónica.
d) Declaración responsable de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa. La declaración se debe firmar en la solicitud electrónica.
e) La Diputación Foral de Gipuzkoa efectuará en el ejercicio de sus competencias las verificaciones necesarias para comprobar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Efectos del Silencio AdministrativoNegativo.
Informacion complementariaEl Servicio de Buen Gobierno y Participación Ciudadana podrá solicitar cuanta información adicional entienda necesaria para la correcta evaluación y resolución de los proyectos que se presenten.
Compatibilidad de las subvencionesLas subvenciones reguladas en las presentes bases serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre que no se rebase el costo de la actuación subvencionada, sin perjuicio de lo que al respecto pudiera establecer la normativa reguladora de las otras subvenciones recibidas.
Bases reguladoras y convocatoriaBases reguladoras: Acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 23 de abril de 2024 (BOG nº 81 de 26 de abril de 2024).
Convocatoria: Acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 23 de abril de 2024 (BOG nº 81 de 26 de abril de 2024).
Servicio de Buen Gobierno y Participación Ciudadana
Plaza de Gipuzkoa, s/n.
20004 San Sebastián.
partaidetza@gipuzkoa.eus
jpinas@gipuzkoa.eus - 943 11 23 52
ResoluciónResuelto.
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Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.