La finalidad de estas subvenciones es impulsar el desarrollo de experiencias de democracia participativa que busquen, mediante la implicación activa de la ciudadanía, el empoderamiento de la misma para el logro de una mayor participación política y mejora de su calidad de vida.
Asimismo, se quiere lograr mediante el desarrollo de las experiencias que las entidades ciudadanas refuercen su capacidad de impulsar procesos participativos con la ciudadanía.
Según viene recogido en la tercera base reguladora las actividades objeto de las subvenciones deben ir dirigidas a impulsar la participación ciudadana (acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 8 de enero de 2019; BOG nº 12 de 17 de enero de 2019).
A esta convocatoria pueden presentarse las entidades ciudadanas, tanto individualmente como en agrupación. Las entidades ciudadanas en solitario podrán presentar únicamente una propuesta. Por su parte, una misma agrupación tampoco podrá presentar más de una solicitud.
Procedimiento de concesiónEl procedimiento de concesión de las subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.
Criterios de valoración
a) Estrategia metodológica planteada en el diseño e implementación de la experiencia: hasta 30 puntos.
b) Aplicación de prácticas participativas que favorezcan el civismo y el diálogo y entendimiento entre la ciudadanía: hasta 15 puntos.
c) Impulso de la formación, el aprendizaje y la capacidad de la ciudadanía en relación con la participación ciudadana: hasta 15 puntos.
d) Promoción del trabajo en red a todos los niveles y la corresponsabilización de todas las personas y colectivos implicados: hasta 15 puntos.
e) Comunicación del proceso: hasta 10 puntos.
f) Promoción de la utilización del euskera: hasta 6 puntos.
g) Promoción de la igualdad entre hombres y mujeres: hasta 9 puntos.
Un presupuesto de 260.000 euros para hacer frente a la convocatoria de 2023 repartidos del siguiente modo: 130.000 euros para pagar en concepto de anticipo en 2023 y 130.000 euros para pagar en 2024.
Cuantía de las subvenciones
El importe subvencionable y la subvención se fijarán con arreglo a la documentación aportada por la entidad solicitante, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y los criterios de valoración definidos en estas bases.
En caso de recibir la subvención se deberá justificar el 100% del presupuesto computable que se indicará en el decreto de concesión. La subvención no superará el 80 % del coste total del proceso.
Cada entidad ciudadana podrá recibir por proyecto un máximo de 8.000 euros en concepto de subvención.
- Presentación de solicitudes: hasta el 3 de abril de 2023.
- Plazo ejecución de los proyectos: desde el 1 de enero de 2023 hasta el 13 de mayo de 2024.
- Informe de avance: hasta el 23 de octubre de 2023.
- Justificación de los proyectos: hasta el 13 de mayo de 2024.
Las solicitudes se deberán realizar a través de la sede electrónica (https://egoitza.gipuzkoa.eus/eu/). Para formalizar la solicitud, deberán cumplimentarse todos los formularios que figuran en la sede electrónica del apartado correspondiente a esta convocatoria de subvenciones, y que se refieren a los siguientes extremos, adjuntando, en su caso, los documentos que procedan:
a) Memoria del proceso de participación ciudadana.
b) Presupuesto detallado del proceso, con el desglose detallado de los gastos subvencionables.
c) Declaración de las subvenciones, ingresos o recursos que la entidad solicitante hubiese solicitado u obtenido para la misma finalidad, procedente de cualquier administración o ente público o privado, estatal o internacional. En caso de no contar con otra financiación, declaración negativa. La declaración se debe firmar en la solicitud electrónica.
d) Declaración responsable de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa. La declaración se debe firmar en la solicitud electrónica.
e) Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. A este respecto, se podrá suscribir una declaración en la que se manifieste el consentimiento expreso a que las entidades que deben expedir tales certificados cedan directamente los datos que deban figurar en los mismos a la Secretaría del Departamento de Gobernanza y Comunicación. La opción de firmar dicha declaración se incluye en la solicitud electrónica.
Negativo.
Informacion complementariaLa Dirección General de Participación Ciudadana podrá solicitar cuanta información adicional entienda necesaria para la correcta evaluación y resolución de los proyectos que se presenten.
Compatibilidad de las subvencionesLas subvenciones reguladas en las presentes bases serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre que no se rebase el costo de la actuación subvencionada, sin perjuicio de lo que al respecto pudiera establecer la normativa reguladora de las otras subvenciones recibidas.
Bases reguladoras y convocatoriaBases reguladoras: Acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 8 de enero de 2019 (BOG nº 12 de 17 de enero de 2019).
Convocatoria: Orden Foral 101/2023 del Depatamento de Gobernanza , de 21 de enero de 2023 (BOG nº 18 de 27 de enero de 2023).
Dirección General de Participación Ciudadana
Plaza de Gipuzkoa, s/n.
20004 San Sebastián
partaidetza@gipuzkoa.eus
jpinas@gipuzkoa.eus - 943 11 23 52
Para cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de Participación CiudadanaDesgargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.