Beca de investigación histórica Miguel Artola Gallego (2023)


  • Plazo de solicitud: Fuera de plazo
  • Fecha límite: 2023
  • Patrimonio cultural

Descripción:

Descripción y conceptos subvencionables

Beca de investigación, denominada «Beca Miguel Artola Gallego» para la realización de estudios históricos relevantes para el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

La cronología de los estudios abarcará la edad contemporánea. Los estudios pueden ser abordados desde distintas disciplinas.

Quedan excluidos los proyectos relacionados con la edición de fuentes documentales y la realización de catálogos e inventarios documentales.

El trabajo se puede realizar individualmente o en equipo. En este último caso, será única la beca que se conceda, debiendo estar el equipo representado por un director o una directora responsable del proyecto.

Cuantía de las ayudas

20.000 euros.  La duración de la beca es de dos años.

Destinatarios/as

Podrán obtener la presente beca las personas que acrediten estar en posesión de un título universitario superior.

Requisitos

Condiciones que se han de cumplir  para solicitar esta beca:

 - Las personas que acrediten estar en posesión de un título universitario superior.

-Los títulos obtenidos en el extranjero deberán estar debidamente homologados por el Ministerio competente en materia de Educación en el momento de la presentación de las solicitudes para la obtención de esta beca.

 -El disfrute de esta beca se considera incompatible con cualquier tipo de beca o ayuda destinada a la misma u otra investigación, así como un trabajo remunerado superior a 15 horas semanales. Este requisito será obligatorio desde el momento de la concesión de la beca hasta su finalización. 

 

 

Documentación a presentar

Instancia (únicamente cuando la solicitud no se realice por medios telemáticos)

    • Currículum vital y expediente académico documentado
    • Proyecto de investigación a realizar, con una extensión máxima de 15 folios, estructurado en los siguientes epígrafes:
      - Título.
      - Presentación del proyecto.
      - Objetivos concretos del proyecto (teniendo en cuenta la duración de la beca).
      - Interés del tema y estado actual de las investigaciones.
      - Hipótesis, metodología y plan de trabajo.
      -  Fuentes y bibliografía específicas.
      - Presupuesto de gastos previsto. 
    • Informe de un profesor o profesora universitaria o por un investigador o investigadora de reconocido prestigio, que avale el proyecto de investigación.

 La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones, en el artículo 28 reconoce el derecho de la ciudadanía a no aportar los documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración, de tal forma que la administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos, salvo que la persona interesada se opusiera a ello. Las Administraciones Públicas deben recabar los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas habilitados para ello.

 La Diputación Foral de Gipuzkoa forma parte del nodo de interoperabilidad y seguridad de las administraciones de Euskadi Nisae, plataforma común para todas las administraciones y entidades del sector público vasco como nodo autonómico para implementar el intercambio de datos electrónicos entre ellas y con el resto de las administraciones. Además de ello, la Administración Foral hará uso de aplicaciones de la red corporativa foral u otros sistemas que permitan la verificación y obtención de documentos.

.Los requisitos que se verificarán en esta convocatoria a través de plataformas corporativas, de intermediación (Nisae) o de acceso público serán los siguientes:

 a)Documento acreditativo de la identidad, DNI.

 b)Estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

 c)Estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias, que se verificará con el departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

 d)La titularidad de la cuenta bancaria que se verificará a través de la Pasarela de Pagos de la Administración Vasca, siempre que la entidad bancaria correspondiente se haya integrado en la misma.

 e)Los títulos académicos indicados.

 En el caso de que la persona solicitante se oponga a esta verificación, será ella misma quién deba presentar la documentación.

 

 

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes terminará el 30 de junio de 2023

 

Lugar de presentación de solicitudes

Las solicitudes, según formulario que facilite la Dirección General de Cultura, junto con el resto de documentación que deba acompañarlas, se presentarán, preferentemente y siempre que su naturaleza lo permita, vía Internet a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://egoitza.gipuzkoa.eus), accediendo al portal de subvenciones y utilizando el formulario específico disponible a estos efectos.

 

En caso de carecer de firma electrónica, clave operativa o de algún otro medio de acreditación de la identidad válido para la presentación electrónica, la persona que efectúe su solicitud a través de la aplicación informática deberá presentar firmado el impreso en papel de la solicitud.

También podrán dirigirse al Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes y presentarse en el Registro General del Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes (Okendo kalea, 20, 20004 San Sebastián) y en el Registro Central de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Plaza Gipuzkoa s/n, planta baja, 20004 San Sebastián.           

 

 

Plazo de Resolución

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará, en cada caso, a partir del inicio del plazo de presentación de solicitudes

Documentación a Recibir

Resolución en la que se comunica la concesión o la denegación.

 

Efectos del Silencio Administrativo

Los actos presuntos que puedan producirse se entenderán desestimatorios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Normativa aplicable

Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de agosto de  2022, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas  del Servicio de Patrimonio Histórico-artístico y Archivos del Departamento de Cultura, Turismo, Juventud y Deportes.

Orden Foral 2023-218 de 11 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2023 para la concesión de la beca de investigación histórica Miguel Artola Gallego.

Observaciones
  • Gabriela Vives Almandoz, Jefa del Servicio de Patrimonio Histórico-artístico y Archivos
     e-mail: gvives@gipuzkoa.eus
  • Tel.: + 34 943 112787
Acceso Internet

Para cualquier duda o aclaración consultar con

Departamento/Servicio de Patrimonio cultural
CONSULTAS, QUEJAS Y SUGERENCIAS
Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.
 

Descargar documentos

Código de conducta y marco de integridad institucional aplicable a ayudas y subvenciones de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de su sector público (PDF)

Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.