Beca de investigación para la realización de estudios históricos referentes al Territorio Histórico de Gipuzkoa.
La cronología de estos estudios históricos abarcará desde la edad media a la edad contemporánea, siempre que este último periodo histórico forme parte de una investigación de cronología más amplia.
Los estudios pueden ser abordados desde distintas disciplinas.
Los estudios pueden ser abordados desde distintas disciplinas.
Quedan excluidos los proyectos relacionados con la edición de fuentes documentales y la realización de catálogos e inventarios documentales. La duración de los trabajos objeto de la beca será de doce meses a contar desde la notificación de la concesión de la misma.
El trabajo se puede realizar individualmente o en equipo. En este último caso, será única la beca que se conceda, debiendo estar el equipo representado por un director o una directora responsable del proyecto. El requisito residencial será exigido únicamente al director/a del equipo, no al resto del mismo.
Personas beneficiariasPodrán obtener la presente beca las personas que acrediten estar en posesión de un título universitario superior.
Tener vecindad administrativa en cualquiera de los municipios que integran el Territorio Histórico de Gipuzkoa por plazo mínimo de cinco años, dentro de los diez últimos años.
Requisitos
Condiciones que se han de cumplir para solicitar esta beca:
- Las personas que acrediten estar en posesión de un título universitario superior.
-Los títulos obtenidos en el extranjero deberán estar debidamente homologados por el Ministerio competente en materia de Educación en el momento de la presentación de las solicitudes para la obtención de esta beca.
- Todas las personas que hayan cumplido 18 años a 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria.
- Se valorará que la persona solicitante no haya cumplido 31 años, a 31 de diciembre del año de la convocatoria.
- Tener vecindad administrativa en cualquiera de los municipios que integran el Territorio Histórico de Gipuzkoa por plazo mínimo de cinco años, dentro de los diez últimos años.
-El disfrute de esta beca se considera incompatible con cualquier tipo de beca o ayuda destinada a la misma u otra investigación, así como un trabajo remunerado superior a 15 horas semanales. Este requisito será obligatorio desde el momento de la concesión de la beca hasta su finalización.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes se cerrará el 30 de junio de 2023
Lugar de presentación de solicitudesLas solicitudes, según formulario que facilite la Dirección General de Cultura, junto con el resto de documentación que deba acompañarlas, se presentarán, preferentemente y siempre que su naturaleza lo permita, vía Internet a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://egoitza.gipuzkoa.eus), accediendo al portal de subvenciones y utilizando el formulario específico disponible a estos efectos.
En caso de carecer de firma electrónica, clave operativa o de algún otro medio de acreditación de la identidad válido para la presentación electrónica, la persona que efectúe su solicitud a través de la aplicación informática deberá presentar firmado el impreso en papel de la solicitud.
También podrán dirigirse al Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes y presentarse en el Registro General del Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes (Okendo kalea, 20, 20004 San Sebastián) y en el Registro Central de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Plaza Gipuzkoa s/n, planta baja, 20004 San Sebastián.
Documentación a presentar
Instancia (únicamente cuando la solicitud no se realice por medios telemáticos)
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones, en el artículo 28 reconoce el derecho de la ciudadanía a no aportar los documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración, de tal forma que la administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos, salvo que la persona interesada se opusiera a ello. Las Administraciones Públicas deben recabar los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas habilitados para ello.
2.La Diputación Foral de Gipuzkoa forma parte del nodo de interoperabilidad y seguridad de las administraciones de Euskadi Nisae, plataforma común para todas las administraciones y entidades del sector público vasco como nodo autonómico para implementar el intercambio de datos electrónicos entre ellas y con el resto de las administraciones. Además de ello, la Administración Foral hará uso de aplicaciones de la red corporativa foral u otros sistemas que permitan la verificación y obtención de documentos.
3.Los requisitos que se verificarán en esta convocatoria a través de plataformas corporativas, de intermediación (Nisae) o de acceso público serán los siguientes:
a)Documento acreditativo de la identidad, DNI.
b)Estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
c)Estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias, que se verificará con el departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
d)La titularidad de la cuenta bancaria que se verificará a través de la Pasarela de Pagos de la Administración Vasca, siempre que la entidad bancaria correspondiente se haya integrado en la misma.
e)Los títulos académicos indicados.
En el caso de que la persona solicitante se oponga a esta verificación, será ella misma quién deba presentar la documentación.
Documentación a Recibir Resolución en la que se comunica la concesión o la denegación. Efectos del Silencio Administrativo Los actos presuntos que puedan producirse se entenderán desestimatorios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Información complementaria
Para cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de Patrimonio culturalDescargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.