Impulsar capacidades competitivas mediante la colaboración entre empresas para definir y alcanzar dimensiones (capacidades de respuesta a los mercados) idóneas para el desarrollo de proyectos concretos y nuevas oportunidades empresariales.
ENTIDAD BENEFICIARIA
Serán entidades beneficiarias las empresas radicadas en Gipuzkoa que se presenten bajo la fórmula de cooperación y/o colaboración.
En aplicación de lo previsto en el artículo 10.3 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, se amplía la condición de entidades beneficiarias a las agrupaciones públicas o privadas, de las entidades mencionadas en el apartado anterior, que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención. En este caso, en la correspondiente solicitud deberá hacerse constar los compromisos de ejecución que asume cada entidad integrante de la agrupación y el importe de la subvención a aplicar por cada una de ellas, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias. A la solicitud deberá acompañar la declaración responsable a la que se refiere la base 2.7, tantas declaraciones como entidades formen parte de la agrupación, dado que ésta no podrá acceder a la condición de beneficiaria si no lo puede hacer alguno de sus integrantes por aplicación de lo previsto en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo.
En cualquier caso, deberá nombrarse una entidad representante de la agrupación, con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que correspondan. Esta entidad representante asumirá la condición de coordinadora del proceso, a efectos de responsabilizarse del desarrollo y de la gestión del mismo y las funciones de interlocución y relación necesaria para la buena marcha del proceso.
No serán entidades beneficiarias las fundaciones, federaciones, asociaciones, y, entidades y sociedades públicas
Las actuaciones subvencionables consistirán en el desarrollo de proyectos transformación en las empresas para:
COSTES SUBVENCIONABLES
Se considerarán costes subvencionables aquellos costes que figurando recogidos en el presupuesto desglosado y detallado de la actividad que presente la entidad solicitante estén vinculados de manera indubitada al desarrollo de la misma, y resulten estrictamente necesarios. (ver costes subvencionables anexo I base 12ª y anexo IV base 5ª modificada).
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Las ayudas serán del 75 % de los costes elegibles.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.
COMPATIBILIDAD O INCOMPATIBILIDAD
Las presentes subvenciones serán incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
PLAZOS A CUMPLIR
-Plazo de presentación de solicitudes: 20 de junio de 2024 a las 12:00 horas.
-Plazo de inicio de las actuaciones: con posterioridad a la solicitud de la ayuda, dentro del año natural.
-Fecha de ejecución de los proyectos: 30 de junio de 2025.
-Fecha de justificación de los proyectos: 30 de julio de 2025.
NORMATIVA APLICABLE
Bases reguladoras y convocatoria 2024 del programa para promover la generación de oportunidades, el valor diferencial y la sostenibilidad del tejido empresarial de Gipuzkoa: ANEXO IV- Articular dinámicas de colaboración interempresarial. (Bases: Acuerdo de Consejo de Gobierno Foral de 15/06/2021 BOG: nº 114 de 18/06/2021 y modificado por Acuerdo de Consejo de Gobierno Foral de 10/05/2022 y 07/02/2023 - BOG nº 95 de 20/05/2022 y BOG nº 32 de 16/02/2023). Convocatoria 2024: Acuerdo de Consejo de Gobierno Foral de 07/05/2024 - BOG nº94 de 16/05/2024).
PASOS A DAR PARA REALIZAR LA SOLICITUD
http://www.gipuzkoa.eus/es/web/ekonomia/programas-y-ayudas/competitividad/elkarlana
http://sustapena.gipuzkoa.eus/kudeaketa
PARA CUALQUIER DUDA O ACLARACIÓN CONTACTAR CON
SERVICIO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA
Gestión administrativa: 943.113981
Gestión técnica: 943.112009
sustapena.lehiakortasuna@gipuzkoa.eus
Descargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.