Programa para impulsar la colaboración entre empresas industriales y proveedores de Gipuzkoa.
NOTALa solicitud del proyecto debe firmarse electrónicamente.
En caso de optar por delegar la representación, se requiere estar dado/a de alta en el censo de representación corporativa de la Diputación Foral de Gipuzkoa. NO es válida la representación presunta.
Entidades beneficiariasTendrán consideración de beneficiarias las empresas que desarrollen su actividad en Gipuzkoa, distinguiéndose entre:
Para que una empresa del tipo 2 pueda ser beneficiaria, deberá presentar proyectos en colaboración con una empresa del tipo 1 con el propósito de reemplazar proveedores no guipuzcoanos por proveedores de Gipuzkoa.
Actuaciones objeto de subvenciónSerán subvencionables proyectos destinados a reducir la dependencia de las empresas industriales guipuzcoanas de proveedores externos, promoviendo la colaboración entre estas y proveedores de Gipuzkoa, incluyendo:
Serán subvencionables los siguientes gastos sin que superen los límites que se fijan en la base 8.2:
Las subvenciones a conceder tendrán los siguientes límites:
Cada empresa no podrá presentar más de dos proyectos, con un máximo de subvención por empresa de 40.000 €, excepto en proyectos con inversiones de proveedores locales que cumplan las bases 2.1 b) y 2.2, donde el máximo por empresa será de 60.000 €.
Documentación a presentar1. Memoria del proyecto (obligatorio, según modelo)
2. Desglose de participantes y costes (obligatorio, según modelo)
En caso de proyectos en colaboración cada entidad participante presentará su propia solicitud.
Plazos a cumplirEl procedimiento de concesión de la subvención será el de concurrencia competitiva mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.
Compatibilidad o incompatibilidadLas subvenciones reguladas en las presentes bases reguladoras serán incompatibles con otras ayudas de la Diputación Foral de Gipuzkoa para la misma finalidad y, compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no superen las intensidades previstas en la base 8ª.
La entidad beneficiaria que obtuviere una subvención compatible con las otorgadas al amparo de estas bases deberá comunicarlo de modo fehaciente al órgano concedente.
Para cualquier duda o aclaración contactar conServicio de Promoción Económica:
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Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.