ETORKIZUNA ERAIKIZ - Misioak 2024


  • Plazo de solicitud: Fuera de plazo
  • Fecha límite: 2024
  • Estrategia

Descripción:

Descripción y conceptos subvencionables

PRESENTACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS: 17 DE JUNIO DE 2024 A LAS 16:00.

El objeto de las subvenciones es, en el marco de la iniciativa Etorkizuna Eraikiz GipuzkoaLab, de proyectos innovadores orientados a las misiones de la alimentación sostenible y de nueva movilidad, promovidos por la Diputación Foral de Gipuzkoa. 

En concreto, es objeto de subvención la realización de proyectos que contemplen actividades de innovación, investigaciones o prototipos, en una lógica colaborativa y de cooperación, en las áreas programáticas que se definen en las misiones.

Los proyectos deberán estar encuadrados obligatoriamente en alguna de las siguientes áreas programáticas, para su desarrollo en cooperación, con componente innovador y con especial interés en la transformación social:

A) Misión alimentación sostenible

1.- Impulso producción primaria local sostenible.

2.- Fomento consumo responsable.

3.- Industria alimentaria y gastronómica más competitiva.

4.- Cadena alimentaria eficiente y circular.

5.- Cadena alimentaria socialmente responsable.

  

B) Misión nueva movilidad

1.- Impulso al transporte intermodal y accesible.

2.- Mobility as a Service (MaaS); Nuevos modelos de movilidad centrados en las personas.

3.- Transporte público eficiente como herramienta para la vertebración del territorio.

4.- Transicionar hacia un modelo más eléctrico y sostenible.

5.- Descongestión del tráfico.

6.- Impulso a la movilidad conectada.

7.- Gestión de la movilidad basada en el dato.

8.- Impulso a la movilidad activa.

9.- Promover diálogos con la ciudadanía y los agentes del ecosistema.

Guías

Misión alimentación sostenible

Misión nueva movilidad

Porcentaje y cuantía de las ayudas
 

1.    De acuerdo con el artículo 25.5 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, la intensidad de la ayuda no excederá del:  

o 100% de los costes subvencionables, para la investigación fundamental.

o 50 % de los costes subvencionables en el caso de proyectos de investigación industrial. 

o 25 % de los costes subvencionables en el caso de proyectos de desarrollo experimental.

2.    Las intensidades de ayuda para la investigación industrial y el desarrollo experimental podrán aumentarse hasta un máximo del 80 % de los costes subvencionables, como se indica a continuación:

a)    En 10 puntos porcentuales en el caso de las medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de las pequeñas empresas.

b)    En 15 puntos porcentuales si se cumple alguna de las siguientes condiciones:

1.- Que el proyecto implique una colaboración efectiva:

• Entre empresas, al menos una de las cuales sea una Pyme, o se desarrolle en al menos dos Estados miembros, o en un Estado miembro y en una Parte Contratante en el Acuerdo EEE, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes subvencionables, o

• Entre una empresa y uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimientos, asumiendo estos como mínimo el 10 % de los costes subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación.

2.- Que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.

Los proyectos deberán definir cuál es el porcentaje de apoyo que consideran que les correspondería y justificar las razones en que lo sustentan.

3. La cuantía de la subvención podrá alcanzar los porcentajes de los gastos subvencionables referidos en el apartado 7.1, con un máximo de 80.000 euros por proyecto.

Para que una solicitud pueda considerarse como presentada en agrupación, la participación mínima de cada una de las entidades que la conforman debe ser de un 20% del coste elegible.

4. En el caso de que la consignación presupuestaria destinada a estas ayudas no permita, para el conjunto de las solicitudes seleccionadas, llegar a dichos límites, la cuantía de la subvención asignada a cada proyecto se reducirá en la misma proporción, de manera que se subvencione la totalidad de los proyectos que hayan obtenido la puntuación mínima exigida hasta agotar el total del crédito autorizado.

Destinatarios/as

Podrán acogerse a las subvenciones, universidades, centros de formación profesional, asociaciones, fundaciones, empresas públicas y privadas, ayuntamientos, mancomunidades, agencias de desarrollo y/o agrupaciones de interés económico-AIE que promuevan en el Territorio Histórico de Gipuzkoa algún proyecto que esté encuadrado en alguno de los ámbitos de actuación recogidos en la base anterior.

Las solicitudes deberán presentarse en agrupación. Las agrupaciones deberán estar conformadas al menos por dos entidades.

En la correspondiente solicitud deberá hacerse constar los compromisos de ejecución que asume cada entidad integrante de la agrupación y el importe de la subvención a aplicar por cada una de ellas, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias. A la solicitud deberá acompañar tantas declaraciones como entidades formen parte de la agrupación, dado que ésta no podrá acceder a la condición de beneficiaria si no lo puede hacer alguno de sus integrantes por aplicación de lo previsto en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo.

Documentación a presentar

- Formulario rellenado.

- Declaración responsable de los otros miembros de la agrupación.

 

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y finalizará a las 12:00 horas del día 5 de julio de 2024.

Lugar de presentación de solicitudes

Apartado de subvenciones de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, https://egoitza.gipuzkoa.eus/es/.

Plazo de Resolución

El plazo máximo que se establece para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión de las ayudas es de seis meses, computados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de la correspondiente convocatoria anual, que implica la iniciación del procedimiento a todos los efectos.

Efectos del Silencio Administrativo

Transcurrido el plazo máximo señalado sin haberse notificado la resolución, las entidades interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

Normativa aplicable

Estas subvencines se regirán, además de por lo dispuesto en las mismas, por la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, y su reglamento de desarrollo, aprobado por Decreto Foral 24/2008, de 29 de abril; y demás normativa aplicable en materia de subvenciones.

Acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 4 de junio de 2024 (BOG nº113, de 12 de junio de 2024).

Observaciones

El día 17 de junio de 2024, a las 16:00 horas, se llevará a cabo una presentación general de la convocatoria en la Sala Etorkizuna Eraikiz Gunea de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Plaza Gipuzkoa s/n - 20004 Donostia). Esta presentación podrá seguirse telemáticamente a través del enlace de Teams que se enviará a las personas que opten por esta segunda opción. En cualquier caso, el acceso a la Sala Etorkizuna Eraikiz Gunea será limitado, atendiendo al número máximo de personas que la misma pueda albergar.

A efectos de poder organizar adecuadamente el evento, se ruega a las personas que vayan a tomar parte en el mismo que envíen un correo electrónico a la dirección anaisabelruiz@gipuzkoa.eus haciendo referencia a la convocatoria “Etorkizuna Eraikiz - Misioak 2024” en el asunto y señalando el número de personas que van a acudir a Gunea o, en su caso, facilitando una dirección de correo electrónico para recibir el enlace de Teams.

Para cualquier duda o aclaración consultar con

Departamento/Servicio de Estrategia
CONSULTAS, QUEJAS Y SUGERENCIAS
Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.
 

Descargar documentos

Código de conducta y marco de integridad institucional aplicable a ayudas y subvenciones de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de su sector público (PDF)

Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.