Subvenciones destinadas a intervenciones arqueológicas como consecuencia de obras que afecten a bienes arqueológicos


  • Plazo de solicitud: Fuera de plazo
  • Fecha límite: 2024
  • Patrimonio cultural

Descripción:

Descripción y conceptos subvencionables

Subvenciones destinadas a compensar los gastos de las intervenciones arqueológicas realizadas en zonas de interés arqueológico o de presunto interés arqueológico con motivo de obras de iniciativa privada que puedan afectar a su conservación.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de noviembre de 2024.

Lugar de presentación de solicitudes

Las solicitudes, junto con el resto de documentación que deba acompañarlas, se presentarán a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://egoitza.gipuzkoa.eus), accediendo al portal de subvenciones y utilizando el formulario específico disponible a estos efectos, en el cual se indican expresamente los documentos e informaciones que deben acompañarlo. 

Documentación a presentar
  • Número de identificación Fiscal de la entidad solicitante (NIF)
  • Documento acreditativo de la personalidad (estatutos, escritura de constitución inscrita en el registro correspondiente, certificado del registro, etc...)
  • Memoria de la intervención arqueológica que recoja los apartados citados en el art. 5.1.c)
  • Facturas originales de la intervención

Los requisitos que se verificarán en esta convocatoria a través de plataformas corporativas, de intermediación (Nisae) o de acceso público serán los siguientes:

a) Estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

b) Estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias, que se verificará con el departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

c) La titularidad de la cuenta bancaria que se verificará a través de la Pasarela de Pagos de la Administración Vasca, siempre que la entidad bancaria correspondiente se haya integrado en la misma.

d) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Estarán excluidas las personas físicas que no sean profesional o empresario.

Además en los casos en que la solicitante sea una persona física:

e) Documento acreditativo de la identidad, DNI.

En el caso de que la persona o entidad solicitante se oponga a esta verificación, será ella misma quién deba presentar la documentación. 

Información complementaria
  • Domicilio:
    Servicio de Patrimonio Histórico-Artístico y Archivos; Calle Okendo 20, 20004 DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN
  • Persona de contacto:
    Mertxe Urteaga. Arqueólogo
    Tel.: +34 943 112754
    E-mail:  murteaga@gipuzkoa.net
Normativa aplicable

https://egoitza.gipuzkoa.eus/gao-bog/castell/bog/2024/06/17/c2404366.pdf

 

Para cualquier duda o aclaración consultar con

Departamento/Servicio de Patrimonio cultural
CONSULTAS, QUEJAS Y SUGERENCIAS
Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.
 

Descargar documentos

Código de conducta y marco de integridad institucional aplicable a ayudas y subvenciones de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de su sector público (PDF)

Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.