Subvenciones a entidades culturales sin ánimo de lucro, con programas de actuación consolidados, para la realización de proyectos y actividades en Gipuzkoa, en cualquiera de los ámbitos de la cultura.
Consultas sobre solicitudesKBULEGOA
El objetivo de estas subvenciones es colaborar en la financiacion de las actividades de carácter cultural, realizadas en Gipuzkoa por entidades sin ánimo de lucro del ámbito de la cultura, con programas de actuación consolidados y afianzadas en el panorama cultural de Gipuzkoa y que presenten un alto grado de interés, especialización y/o singularidad que supongan una aportación significativa a la oferta cultural del territorio.
Esta convocatoria es para las actividades de 2025 y 2026, por lo que en 2026 no habrá convocatoria.
Áreas que abarca la convocatoria:
Las actividades subvencionables podrán ser de diversa índole, tanto programas de investigación, formación, sensibilización o coordinación en las distintas áreas artísticas como organización de actividades de difusión tales como festivales, ciclos y certámenes.
No se incluyen en estas ayudas los siguientes proyectos:
Las beneficiarias deberán ser, entidades sin ánimo de lucro del ámbito de la cultura, con una trayectoria consolidada, afianzadas en la práctica cultural en Gipuzkoa, que trabajen en cualquiera de las áreas del arte y la cultura como música, teatro, danza, artes visuales, literatura, pensamiento y patrimonio cultural entre otras y que desarrollen en Gipuzkoa las actividades culturales objeto de subvención.
La entidad solicitante deberá estar al corriente en sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, para la fecha de finalización del plazo de solicitudes.
RequisitosComo criterio general, el importe de la subvención por solicitante no sobrepasará el 70% de los gastos previstos en el presupuesto del proyecto ni el importe de 30.000€ por año.
El abono de la subvención concedida para cada año se realizará en dos partes, la del 2025 en el 2025 y el 2026 y la del 2026 en 2026 y 2027. Previamente al segundo abono se deberá presentar la memoria de la actividad antes del 1 de marzo del segundo año.
Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para solicitar estas ayudas será de 20 días habiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
Fecha límite: 15/05/2025
Modo de presentación de solicitudesEl plazo máximo en el que se notificará la resolución expresa será de seis meses a partir del inicio del plazo de presentación de solicitudes. La resolución, sea denegación o concesión, se notificará a todos los solicitantes.
Normativa aplicableLo que aparece en esta información no es mas que un resumen; para conocer las bases generales y específicas que rigen estas subvenciones y la convocatoria deben acudir al Boletín Oficial de Gipuzkoa.
Para cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de Cultura promociónDescargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.