Apoyar a centros escolares del Territorio Histórico de Gipuzkoa para inversión en equipamientos, instalaciones y espacios que contribuyan a la formación y sensibilización en materia de desarrollo sostenible
DescripciónEsta subvención apoyará las inversiones que, en el marco de los ODS, contribuyan principalmente a aspectos ambientales y las que, asimismo, fomenten la educación, formación y sensibilización en temas ambientales, tales como el cambio climático, la sostenibilidad energética, los residuos y la economía circular, la naturaleza y la biodiversidad, la movilidad sostenible, el agua y los ecosistemas acuáticos o la contaminación atmosférica y acústica.
Destinatarios/asPodrán optar a las ayudas los siguientes centros educativos del Territorio Histórico de Gipuzkoa, tanto públicos como privados y concertados:
a) Educación infantil.
b) Educación primaria.
c) ESO.
d) Bachillerato.
e) Formación Profesional.
Dichas entidades no podrán estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, y en el art. 21 bis 2) de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, así como en el resto de la normativa vigente.
Descripción y conceptos subvencionablesSubvenciones destinadas a centros escolares del Territorio Histórico de Gipuzkoa para inversión en equipamientos, instalaciones y espacios que contribuyan a la formación y sensibilización en materia de desarrollo sostenible.
RequisitosLa actuación a subvencionar deberá estar sin iniciarse a fecha de 1 de enero del año de la correspondiente convocatoria y deberá ejecutarse y justificarse para el 31 de octubre del mismo año.
No se podrá subvencionar más de una actuación por entidad beneficiaria.
Las entidades solicitantes no podrán estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, en el artículo 26 de la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres, y en el resto de la normativa vigente.
Cuantía de las ayudasLa cuantía de la subvención concedida por proyecto será la siguiente, en función de la naturaleza del centro solicitante:
El límite máximo de la subvención se establece en 36.000 euros en el caso de centros educativos públicos y 18.000 euros en el caso de centros no públicos.
Documentación a presentarLa solicitud, acompañada de la documentación que se señala a continuación, se presentará vía internet, a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, (https://www.gfaegoitza.eus), de la que se accederá al portal de subvenciones y se cumplimentará el formulario específico habilitado a tal efecto. Al impreso de solicitud se adjuntará la siguiente documentación:
Obligatoriamente via internet, en la siguiente dirección: Subvenciones de medio ambiente
Último día de presentación de solicitudesEl último día para presentar solicitudes es el 20 de marzo de 2025, ya que, de conformidad con la convocatoria publicada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de fecha 20 de febrero de 2025 (número 34), el plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
Plazo de ResoluciónEl plazo máximo para dictar y publicar o notificar la resolución que corresponda será de tres meses, computados a partir de la presentación de la solicitud.
Documentación a RecibirLa resolución se publicará en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
Efectos del Silencio AdministrativoSolicitudes desestimadas por silencio administrativo.
Abono de las subvencionesEl abono de la subvención a centros educativos públicos se hará efectiva en dos plazos:
El abono de la subvención a centros educativos no públicos estará condicionado a la realización de la actuación que fundamente la ayuda y se realizará en un solo pago por el importe total de la misma, previa presentación hasta el 31 de octubre del año de la convocatoria, de la documentación justificativa pertinente.
Documentación justificativa para abonoLa cuenta justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la realización efectiva de la totalidad de la actividad objeto de la subvención se documentará mediante la presentación, vía internet, de los justificantes que detallen la actividad subvencionada. En concreto, deberá incluirse la siguiente documentación:
Descargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.