Garantizar el derecho de la ciudadanía de participar en condiciones de igualdad entre mujeres y hombres en la gestión y decisión de lo público, y reforzar la capacidad de los ayuntamientos para fomentar dicha participación.
Descripción y procesos subvencionablesSerán subvencionables las experiencias que impulsen la participación ciudadana y las entidades solicitantes habrán de vincular su solicitud a alguno de los siguientes epígrafes (para más detalles sobre el contenido de los epígrafes ver la 3ª base reguladora):
A esta convocatoria pueden presentarse:
a) Los ayuntamientos y entidades locales menores de Gipuzkoa: Se limita a dos el número máximo de solicitudes individuales que un ayuntamiento puede presentar. En el caso de presentar dos solicitudes, el ayuntamiento distinguirá la prioridad de ambas.
b) Agrupación de ayuntamientos. Aquellas experiencias que se presenten en agrupación se considerarán como presentadas por una entidad diferente. Una agrupación de ayuntamientos podrá presentar una única solicitud. Deberá nombrarse una persona representante o apoderada única de la agrupación
Sólo se admitirán aquellas solicitudes tramitadas telemáticamente por el representante legal del ayuntamiento o agrupación en cada caso.
El procedimiento de concesión de las subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.
Criterios de valoraciónA cada epígrafe en el que se deben clasificar las solicitudes le corresponde un listado de criterios de valoración (para más detalles sobre el contenido de los sub-criterios de valoración de cada epígrafe ver la 7ª base reguladora):
Epígrafe A:
1. Garantizar la calidad metodológica en el diseño e implementación del proceso participativo: hasta 50 puntos.
2. Que el proceso participativo tenga en cuenta criterios de calidad democrática: hasta 17 puntos.
3. Capacidad para promover la innovación: hasta 10 puntos.
4. Participación activa en el Espacio Interinstitucional de Participación Ciudadana, teniendo en cuenta las infraestructuras y recursos de que dispone la solicitante: hasta 5 puntos.
5. Desarrollo del proceso participativo con perspectiva de género: hasta 6 puntos.
6. Fomento del uso del euskera en el proceso participativo: hasta 6 puntos.
7. Promover la no discriminación de la diversidad en el proceso participativo: hasta 6 puntos.
Epígrafe B:
1. Capacidad para estructurar un modelo integral e integrado de participación ciudadana: hasta 42 puntos.
2. Capacidad para promover la innovación continua y provocar cambios: hasta 15 puntos.
3. Capacidad para promover el Gobierno Abierto: hasta 20 puntos
4. Participación activa en el Espacio Interinstitucional de Participación Ciudadana, teniendo en cuenta las infraestructuras y recursos de que dispone la solicitante: hasta 5 puntos.
5. Promover la igualdad entre hombres y mujeres en el proceso participativo: hasta 6 puntos.
6. Fomento del uso del euskera en el proceso participativo: hasta 6 puntos.
7. Promover la no discriminación de la diversidad en el proceso participativo: hasta 6 puntos.
Epígrafe C:
1. Contenido de la formación que se pretende promover: hasta 30 puntos.
2. Calidad técnica del proyecto presentado: hasta 50 puntos
3. Participación activa en el Espacio Interinstitucional de Participación Ciudadana, teniendo en cuenta las infraestructuras y recursos de que dispone la solicitante: hasta 5 puntos.
4. Promover la igualdad entre hombres y mujeres en el proceso participativo: hasta 5 puntos.
5. Fomento del uso del euskera en el proceso participativo: hasta 5 puntos.
6. Promover la no discriminación de la diversidad en el proceso participativo: hasta 5 puntos.
Epígrafe D:
Presupuesto
Un presupuesto de 600.000 euros para hacer frente a la convocatoria de 2025 repartidos del siguiente modo: 300.000 euros para pagar el anticipo en 2025 y 300.000 euros para pagar en 2026.
Cuantía de las subvencionesEl importe subvencionable y la subvención se fijarán con arreglo a la documentación aportada por la entidad solicitante, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y los criterios de valoración definidos en esta convocatoria.
Los importes máximos de subvención por segmentos de población figuran en el punto 5º de la convocatoria.
Presentación de solicitudes: hasta el 6 de marzo de 2025.
Ejecución de los proyectos: desde el 1 de enero de 2025 hasta el 19 de marzo de 2026.
Informe de avance: 25 de septiembre de 2025 (para cobrar el anticipo del 50%).
Justificación de los proyectos: 19 de marzo de 2026.
Negativo.
Documentación a presentarPara formalizar la solicitud deberán cumplimentarse todos los formularios que figuran en la sede electrónica en el apartado correspondiente a esta convocatoria de subvenciones (https://egoitza.gipuzkoa.eus):
A. Memoria del proceso de participación ciudadana.
B. Presupuesto detallado del proceso, con el desglose detallado de los gastos subvencionables.
C. Declaración de las subvenciones, ingresos o recursos que la entidad solicitante hubiese solicitado u obtenido para la misma finalidad, procedente de cualquier administración o ente público o privado, estatal o internacional, indicando las subvenciones que resulten incompatibles con las solicitadas. La opción de firmar dicha declaración se incluye en la solicitud electrónica. En caso de que la entidad solicitante no hubiese solicitado u obtenido tales subvenciones, ingresos o recursos, deberá indicarlo así en la declaración.
D. Declaración responsable, que se incluye en la solicitud electrónica, de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
E. La Diputación Foral de Gipuzkoa efectuará en el ejercicio de sus competencias las verificaciones necesarias para comprobar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No se tomarán en consideración aquellas solicitudes/justificaciones que se presenten sin cumplimentar los formularios. En todo caso, los formularios contemplan un apartado para incluir cuanta información adicional se desee.
La Dirección General Buen Gobierno y Participación Ciudadana podrá solicitar cuanta información adicional entienda necesaria para la correcta evaluación y resolución de los proyectos que se presenten.
En caso de recibir la subvención se deberá justificar el 100% del presupuesto computable que se indicará en el decreto de concesión. La subvención financiará los gastos que se produzcan hasta el 19 de marzo de 2026.
Compatibilidad de las subvencionesLas subvenciones reguladas en las presentes bases serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre que no se rebase el costo de la actuación subvencionada, sin perjuicio de lo que al respecto pudiera establecer la normativa reguladora de las otras subvenciones recibidas.
Bases reguladoras y convocatoria Más informaciónDirección General de Buen Gobierno e Innovación Político-social
Servicio de Buen Gobierno y Participación Ciudadana
Plaza de Gipuzkoa, s/n.
20004 San Sebastián
partaidetza@gipuzkoa.eus
mgarcia02@gipuzkoa.eus - 943 112 478
Descargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.