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Programa GANTT: Terapias avanzadas
- Estado: Fuera de plazo
- Plazo de solicitud: 02-07-2025 - 24-09-2025 13:00
- Área: Promoción Económica
Descripción:
ObjetivoImpulsar en Gipuzkoa la estrategia territorial en terapias avanzadas en el ámbito de la investigación y el desarrollo fortaleciendo el ecosistema de biociencias guipuzcoano.
PresupuestoLa cuantía total de las subvenciones a conceder en esta convocatoria será de 600.000 euros.
Entidades beneficiarias- Empresas y asociaciones empresariales radicadas en Gipuzkoa que pertenecen al sector biosanitario y que desarrollen proyectos en el ámbito de las terapias avanzadas.
- Asociaciones empresariales y clusters radicadas en la CAPV que representen intereses de empresas radicadas en Gipuzkoa que pertenecen al sector biosanitario, que desarrollen proyectos en el ámbito de las terapias avanzadas.
- Entidades pertenecientes a la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación radicadas en Gipuzkoa del área de investigación de Ciencias de la Salud.
- Empresas de servicios conexos radicadas en Gipuzkoa relacionadas al proceso industrial de la fabricación de terapias avanzadas que desarrollen proyectos en colaboración liderados por alguna de las entidades previstas en los apartados a), b) y c) de la presente base.
Las actuaciones subvencionables consistirán en proyectos de investigación industrial; y desarrollo experimental.
Las actuaciones subvencionables deberán estar alineadas con la estrategia GANTT (https://www.gantt.eus/es/estrategia-gantt) y estarán orientadas al desarrollo de proyectos para:
- Ensayos clínicos en Terapias Avanzadas.
- Terapias génicas y celulares.
- Terapias de células CAR-T.
- Fabricación de terapias avanzadas.
- El desarrollo y producción de vectores virales, no virales y plásmidos.
- La ampliación de capacidad en la producción de vectores virales.
- La introducción de GMP (Good Manufacturing Practices) en la producción de Terapias Avanzadas
Los proyectos podrán presentarse como proyectos individuales o como proyectos en colaboración entre alguna de las entidades beneficiarias.
Proyectos presentados en colaboración: cada una de las entidades colaboradoras deberá presentar una solicitud individualizada, en la que se solicite la subvención correspondiente.
Presupuesto total mínimo por proyecto- 100.000 euros en el caso de proyectos en colaboración.
- 60.000 euros en el caso de proyectos individuales.
Costes subvencionablesa) Costes directos de personal (personal investigador, personal técnico y otro personal de apoyo empleado en la actividad de investigación perteneciente a la plantilla de la entidad solicitante) en la medida que estén dedicados al proyecto.
b) Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos y obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
c) Coste del asesoramiento exterior y servicios equivalentes (incluidos los de personal colaborador que no pertenezca al personal de las entidades participantes y la subcontratación de partes del proyecto altamente especializadas) utilizados de forma exclusiva y permanente para la actividad de investigación y adquiridos a fuentes externas, incluidos los conocimientos técnicos y de investigación.
d) Costes de subcontratación a los Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, acreditados a tal efecto.
e) Costes de derechos de propiedad industrial para las PYME
f) Costes generales o indirectos, se computará como coste indirecto el 15% de los costes directos de personal subvencionables.
g) Costes del instrumental, material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto vinculados directamente al proyecto.
Los costes de instrumental, material, suministros y productos similares no podrán superar el 25% del coste total elegible.
Cuantía de las ayudasa) En los proyectos de investigación industrial, hasta el 50% de los costes subvencionables.
b) En los proyectos de desarrollo experimental, hasta el 25% de los costes subvencionables.
Los porcentajes establecidos en los apartados a) y b) anteriores se podrán incrementar hasta un máximo de 80% de la manera siguiente:
Un 10% en el caso de que las solicitantes sean medianas empresas y un 20% en el caso de las pequeñas.
Un 15% si se cumple alguna de las siguientes condiciones:
- Que el proyecto implique una colaboración efectiva:
1.- Entre empresas, al menos una de las cuales sea una pyme, o se desarrolle en al menos dos Estados miembros, o en un Estado miembro y en una Parte Contratante en el Acuerdo EEE, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70% de los costes subvencionables.
2.- Entre una empresa y uno o varios organismos de investigación y difusión del conocimiento, asumiendo estos como mínimo el 10% de los costes subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación.
- Que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
La subvención máxima por proyecto:
• 200.000 euros para los proyectos en colaboración.
• 120.000,00 euros por proyecto individual
Procedimiento de concesiónEl procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.
Compatibilidad o incompatibilidadLas subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales hasta el máximo previsto en la normativa del Reglamento General de exención por categorías n.º 651/2014, de 17 de junio.
Plazos a cumplir- Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 24 de septiembre de 2025, a las 13:00.
- Plazo de inicio de las actuaciones: con posterioridad a la solicitud de la ayuda, dentro del año natural.
- Fecha de ejecución de los proyectos: 30 de septiembre de 2026.
- Fecha de justificación de los proyectos: 30 de octubre de 2026.
Bases reguladoras y convocatoria 2025 del programa de Promoción de las terapias avanzadas en Gipuzkoa (GANTT) (Acuerdo de Consejo de Gobierno Foral de 17 de junio de 2025 - BOG nº 124 de 01-07-2025).
Para cualquier duda o aclaración contactar conServicio de Promoción Económica
- Gestión técnica: 943 11 22 52
- sustapena.lehiakortasuna@gipuzkoa.eus
- Blanca Margeli
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Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.