Gipuzkoa Digitala - DATEKIN


  • Plazo de solicitud: Fuera de plazo
  • Fecha límite: 2024
  • Innovación

Descripción:

Ayudas a empresas

Esta línea pretende acelerar entre las empresas guipuzcoanas el proceso de valorización de los datos para la transformación digital de la empresa y su modelo de negocio, apoyando la contratación externa de agentes expertos en la transformación de datos en información relevante para la toma de decisión por parte de la empresa.

Presupuesto: 860.000 €

                      520.000€ en 2024 y 340.000 € en 2025.

Destinatarios/as

Serán entidades beneficiarias las empresas radicadas en Gipuzkoa y que apliquen los desarrollos objeto de subvención a las instalaciones de nuestro territorio.

Requisitos de los proyectos

Esta línea contempla dos ámbitos diferentes de apoyos, en función del nivel de madurez digital de las empresas y la fase en que se encuentre respecto a la disponibilidad o no de datos de calidad:

a) Empresas que cuenten con un nivel de digitalización suficiente y que disponen de datos almacenados de manera estructurada y planteen un proyecto para su uso y explotación.

b) Empresas que cuenten con un cierto nivel de digitalización de sus procesos y que deseen analizar la posibilidad de utilización de información procedente de sus sistemas. 

Los proyectos deberán contar con un acompañamiento experto, ajeno a la empresa, preferentemente a través de Nuevas Empresas de Base Tecnológica.

Tipo de gastos subvencionables: Subcontrataciones e inversiones (siempre que no superen en 25% del coste total del proyecto).

 

Cuantía de las ayudas

40% del coste subvencionable para proyectos de uso y explotación, y 30% del coste subvencionable para proyectos de análisis (en aplicación de la normativa).
En el caso de PYME, se ampliará en un 10% y en caso de contratar una NEBT se ampliará en un 20% en el caso de ser un proyecto de uso y explotación y en un 10% en caso de ser un proyecto de análisis.

Cuantía máxima: 40.000 € para proyectos de implantación o 20.000 € para proyectos análisis.

Las subvenciones contempladas en las presentes bases están sujetas al reglamento europeo de las ayudas de minimis: Según lo establecido por la Unión Europea, la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no deberá exceder de 200.000 euros en el ejercicio fiscal correspondiente y durante los dos ejercicios fiscales anteriores.

Las subvenciones objeto de las presentes bases serán incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de la Diputación Foral de Gipuzkoa o cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Plazo de presentación de solicitudes

SOLICITUD: Del 3 de mayo al 1 de julio de 2024, ambos inclusive.

Cada entidad sólo podrá presentar un único proyecto por convocatoria.

JUSTIFICACIÓN DE LA TERMINACIÓN DEL PROYECTO: antes del 9 de septiembre de 2025 (incluido).

Procedimiento selectivo único

Tendrán prioridad los proyectos de implantación, en caso de que no se acabase el presupuesto con las solicitudes de implantación se procedería a valorar los proyectos de análisis.

Las solicitudes serán valoradas conforme a los siguientes criterios:
- Perfil de las entidades solicitantes: hasta 30 puntos.
- Características del proyecto: hasta 40 puntos.
- Capacidad tractora del proyecto: hasta 20 puntos.
- Otras: hasta 10 puntos.

 

Documentación a presentar

- Solicitud rellenada.

- Oferta de la empresa que realizará el trabajo.

- Resto de documentos valorables.

Justificación y pago de las subvenciones

El abono de la subvención concedida se realizará en dos pagos:
- Las entidades beneficiarias tendrán un mes de plazo para solicitar el pago de la primera parte de la ayuda, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.
- Para solicitar el segundo pago, deberán justificar la realización completa del proyecto antes del 10 de septiembre de 2025 (incluida), no obstante, con anterioridad a la finalización del proyecto, las entidades beneficiarias podrán solicitar el abono anticipado de esta segunda parte de la ayuda como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, para lo cual deberá presentarse aval bancario o de entidad financiera por el importe de la ayuda anticipada y los intereses de demora correspondientes.

Normativa del programa

Boletín Oficial de Gipuzkoa, 05-04-2022, Número 65 enlace

Convocatoria

Gipuzkoako Aldizkari Ofiziala, 2024-05-02, 84 Zenbakia esteka

Para cualquier consulta

Tlf: 943 11 3989

Para cualquier duda o aclaración consultar con

Departamento/Servicio de Innovación
CONSULTAS, QUEJAS Y SUGERENCIAS
Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.
 

Descargar documentos

Código de conducta y marco de integridad institucional aplicable a ayudas y subvenciones de la Diputación Foral de Gipuzkoa y de su sector público (PDF)

Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.