Realización de proyectos de acción humanitaria y atención de necesidades de emergencia producidas en los países de la lista CAD derivadas de desastres naturales o conflictos armados.
Los proyectos subvencionales están descritos en la base 2ª de las bases específicas reguladoras de esta subvención.
Destinatarios/asTendrán la consideración de beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria, las entidades que cumplan los requisitos que se recogen en las bases generales y en las bases específicas de cada una de las modalidades de subvención, aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno Foral, de 19 de mayo de 2020
Cuantía de las ayudas400.000 euros (máximo 40.000€ por proyecto)
RequisitosLos requisitos de las entidades destinatarias están descritos en el apartado 3 de las bases específicas de esta subvención.
Los requisitos de la entidad local y de los proyectos están descritos en el apartado 4 de las bases específicas de esta subvención
Documentación a presentara) Formulario de solicitud en instancia normalizada.
b) Convenio de consorcio si procede.
c) Certificado de estar al día en los pagos a la Hacienda Foral de Gipuzkoa.
d) Certificado de estar al día en los pagos a la Tesorería de la Seguridad Social.
e) Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones de los apartados 2, 3 y 4 del artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
f) Copia de los estatutos de la entidad local.
g) Copia del certificado de inscripción de la entidad local en el registro correspondiente.
Inicio: 26 de marzo de 2022
Finalización: 2 de mayo de 2022 a las 14:00h
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes, junto con la documentación preceptiva a la que se alude en el apartado siguiente, deberán presentarse exclusivamente en el Registro electrónico de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://egoitza.gipuzkoa.eus), accediendo al "portal de subvenciones".
La presentación de la solicitud y de la documentación vía Internet, se realizará en los términos previstos en el Decreto Foral 23/2010, de 28 de septiembre, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en el ámbito de la Administración Foral, y en la Orden Foral 102/2013, de 23 de enero, por la que se regula la obligación de realizar por medios electrónicos determinados trámites de los expedientes de subvenciones (Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 10 de 16 de enero de 2012).
Máximo de solicitudes por entidadNinguna entidad podrá presentar, ya sea de forma individual o consorciada, más de una solicitud para cada una de las modalidades de subvención.
Plazo de Resolución
6 meses. Este plazo se computará desde la fecha de presentación de la correspondiente solicitud.
Desestimatorio
Normativa aplicable Abono de la subvenciónLas subvenciones del anexo IV se abonará íntegramente en el momento de la concesión.
Información complementaria
Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes
Dirección General de Cooperación Internacional
Plaza Gipuzkoa s.n.
20004 - San Sebastian
Tfno. 943 113964
lankidetza@gipuzkoa.eus
Para cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de CooperaciónDesgargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.