Promover y reactivar la actividad local que permita mantener la actividad económica, el empleo y la dimensión competitiva de los sectores comercial y hostelero de Gipuzkoa, para que ambos puedan afrontar las consecuencias derivadas del impacto generado por la crisis producida por la COVID-19.
Entidades beneficiariasSerán entidades beneficiarias los ayuntamientos de Gipuzkoa cuyos municipios sean mayores de 1.500 habitantes.
Los ayuntamientos no se verán afectadas por ninguna de las prohibiciones del artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Asimismo, no deben incurrir en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 26.3 de la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.
La acreditación de lo señalado en la base 2.2 y 2.3 se efectuará mediante la presentación de declaración responsable por parte del ayuntamiento solicitante, dirigida al Departamento de Promoción Económica, Turismo y Medio Rural.
Actuaciones subvencionablesSe subvencionaran aquellas actuaciones orientadas a apoyar la reactivación de la actividad económica en los sectores del comercio y la hostelería y minimizar el impacto de la Covid.19.
Cada ayuntamiento podrá presentar una única solicitud.
La solicitud deberá recoger todas las actuaciones a desarrollar para las que se solicita la subvención.
Las actuaciones subvencionadas tendrán las siguientes características:
• Ayudar a las autónomas y autónomos y PYMES de los sectores del comercio minorista y hostelería.
• Se financiarán únicamente las siguientes inversiones y equipamiento, y los estudios necesarios para llevar a cabo esas inversiones, dirigidas a preparar la actividad económica para hacer frente a la Covid-19:
-adaptación de los locales y formas de trabajo.
-inversiones y equipamiento para la adecuación de los locales comerciales u hosteleros para el cumplimiento de los criterios/protocolos de seguridad y sanitarios.
-inversiones y equipamiento para la adecuación de las formas de trabajo para las nuevas relaciones con la clientela y las entidades proveedoras.
Se deberán realizar en el período comprendido entre el 14 de marzo y el 31 de diciembre del año 2020.
Costes subvencionablesSe considerarán costes subvencionables aquellos costes que figurando recogidos en el presupuesto de la actuación que presente el ayuntamiento solicitante estén vinculados de manera indubitada al desarrollo de la misma.
Serán costes subvencionables únicamente las siguientes inversiones y equipamiento, y los estudios necesarios para llevar a cabo esas inversiones, dirigidas a preparar la actividad económica de los autónomos y PYMES de los sectores del comercio minorista y hostelería para hacer frente a la Covid-19:
-adaptación de los locales y formas de trabajo.
-inversiones y equipamiento para la adecuación de los locales comerciales u hosteleros para el cumplimiento de los criterios/protocolos de seguridad y sanitarios.
-inversiones y equipamiento para la adecuación de las formas de trabajo para las nuevas relaciones con la clientela y las entidades proveedoras.
No serán costes subvencionables los costes de personal interno del propio ayuntamiento o aquellos correspondientes a personas o entidades vinculadas al ayuntamiento.
Los costes elegibles no serán superiores al valor del mercado y deberán ser razonables, pudiendo limitarse los mismos a juicio del Departamento de Promoción Económica, Turismo y Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Cuantía de las ayudasLas subvenciones serán del 100% de los costes elegibles.
La distribución de tales subvenciones, ordenadas por ayuntamientos, se establece en el Anexo II.
En el caso de que, a la vista de las actuaciones presentadas, no se pudiera distribuir la totalidad de las subvenciones en la forma prevista, el importe disponible se redistribuirá de forma proporcional entre el resto de ayuntamientos a los que se vaya a conceder la subvención.
Procedimiento de concesiónEl procedimiento de concesión será el de concurrencia no competitiva, mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.
Compatibilidad o Incompatibilidad subvencionesLas subvenciones previstas serán compatibles con otras subvenciones ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no se rebase el coste de la actuación subvencionada y sin perjuicio de lo que al respecto pudiera establecer la normativa reguladora de las otras subvenciones concurrentes.
El ayuntamiento beneficiario que obtuviera y/o solicitara una subvención para el desarrollo de la actuación subvencionada al amparo de estas bases deberá comunicarlo de modo fehaciente al Departamento de Promoción Económica, Turismo y Medio Rural.
Plazos a cumplir• Plazo de presentación de solicitudes: 29 de junio de 2020 a las 12:00 horas.
• Plazo de inicio de las actuaciones: las actuaciones objeto de subvención deben iniciarse a partir del 14 de marzo de 2020.
• Fecha de ejecución de los proyectos: 31 de diciembre de 2020.
• Fecha de justificación de los proyectos: 31 de marzo de 2021.
Normativa aplicable Pasos a dar para realizar solicitud• Información y documentos → https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ekonomia/programas-y-ayudas/competitividad/covid19-ayuntamientos
• Aplicativo para gestionar las subvenciones→ http://sustapena.gipuzkoa.eus/kudeaketa
Para cualquier duda o aclaración contactar con:
Servicio de PROMOCIÓN ECONÓMICA
Teléfonos:
• Gestión técnica: 943-112287
• Gestión administrativa: 943-112218
Para cualquier duda o aclaración consultar con
Departamento/Servicio de Promoción EconómicaDesgargar documentos
Tiene por objeto asentar una cultura de integridad y la construcción de una infraestructura ética tanto de la Administración Foral y de su sector público como de aquellas entidades, empresas u organismos beneficiarios de tales ayudas y subvenciones.