Tramites Servicios
GESTIÓN OVINA-CAPRINA
INFORMACIÓN GENERAL
Finalidad
La necesidad de garantizar unos sistemas de transparencia en las condiciones de producción y comercialización de los productos del sector ovino y caprino llevaron a la creación de un sistema de identificiación y registro de los animales de las especies ovinas y caprinas, así como las explotaciones ganaderas que junto con el seguimiento y control de los movimientos del ganado se ha convertido en los últimos años en una herramienta imprescindible para la política en materia de sanidad animal, de ordenación del sector ganadero y seguridad alimentaria.
Finalidad:
- Solicitar duplicados de marcas de identificación de animales que hayan perdido alguna de las marcas auriculares.
- Notificación de muertes de animales de la explotación.
- Altas de animales incorporados desde otras explotaciones.
- Emisión de documentos para el traslado de animales ovinos y/o caprinos con destino a matadero o a otra explotación dentro del Estado Español.
- Gestión documental.
Tramitado por
- DPTO. DE PROMOCIÓN ECONÓMICA, TURISMO Y MEDIO RURAL
- Dirección General de Agricultura y Equilibrio Territorial
- Servicio de Ganadería
Dirigido a
- Ganaderos/as
Requisitos
- Ganadero/a habilitado/a para el marcaje de efectivos ovinos y/o caprinos [WEB EN CONSTRUCCIÓN]
- Tener registrada como actividad una subexplotación ovina y/o caprina en la clasificación de producción y reproducción en REGA-GIPUZKOA.
- Que los animales que se prentenden trasladar estén adecuadamente identificados y de alta en el censo ovino y/o caprino y en la base de datos del censo de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
INICIO Y SOLICITUD
Modalidades de solicitud
- Internet
- Presencial
Solicitud por internet
identificación de efectivos ovinos y/ o caprinos. [EN PROCESO]
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
- Clave operativa
- Certificado y B@KQ
Observaciones para la tramitación electrónica
Existe a disposición una APP específica para teléfonos móviles.
Oficinas de atención presencial
- Oficinas Comarcales Agrarias.
- Por medio de veterinarios habilitados.
TRAMITACIÓN
Modalidades de solicitud
- Internet
- Presencial
RESOLUCIÓN
Efectos del silencio administrativo
No aplicaNORMATIVA
Específica:
- Reglamento (CE) nº 21/2004 del Consejo de 17 de diciembre de 2003 por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina y se modifica el Reglamento (CE) nº 1782/2003 y las Directivas 92/102/CEE y 64/432/CEE y sus posteriores modificaciones.
- Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina.
- Orden de 9 de octubre de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad ,por la que se establecen normas de desarrollo y aplicacion en la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de identificación y registro del ganao ovino y caprino.
- Reglamento (CE) nº 1505/2006 de la Comisión de 11 de octubre de 2006 por el que se aplica el Reglamento (CE) nº 21/2004 del Consejo enlo que se refiere a los controles mínimos que deben llevarse a cabo en relación con la identificación y el registro de los animale de las especies ovina y caprina.
General:
- Ley 8/2003 de 24 de abril, de sanidad animal.
- RD 479/2004 de 6 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas.
- RD 728/2007 de 13 de junio, por el que se estable y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general identificación individual de animales.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Información adicional
Antes de realizar un traslado de animales se debe tener en cuenta lo siguiente:
- Que las explotaciones de procedencia y de destino no estén sometidas a restricciones de movimiento.
- Que los animales que se desean trasladar no estén sometidos a ninguna restricción que impida su traslado.
- Que los medios de transporte estén corretamente desinfectados.
- En caso de desear trasladar los animales a un matadero se deberán trasladar con el documento sobre la "Información/declaración de la cadena alimentaria".