Tramites Servicios
Identificación efectivos bovinos
INFORMACIÓN GENERAL
Finalidad
- Solicitar marcas de identificación para efectivos bovinos.
- Solicitar duplicados de marcas de identificación bovina de animales que hayan perdido alguna de las marcas auticulares.
- Notificación de los nacimientos de bovino.
- Notificación de muertes de animales de la explotación.
- Altas de animales incorporados desde otras explotaciones.
- Emisión de Documentos de Identificación Bovina (DIB).
Tramitado por
- DPTO. DE PROMOCIÓN ECONÓMICA, TURISMO Y MEDIO RURAL
- Dirección General de Agricultura y Equilibrio Territorial
- Servicio de Ganadería
Dirigido a
- Ganaderos/as
Requisitos
- Ganadero/a habilitado/a para el marcaje de efectivos bovinos. Procedimiento habilitación explotaciones para marcaje bovinos
- Tener registrada como actividad una subexplotación bovina en la clasificación de producción y reproducción en SITRAN-GIPUZKOA.
INICIO Y SOLICITUD
Modalidades de solicitud
- Internet
- Presencial
Solicitud por internet
Identificación efectivos bovinos
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
- Clave operativa
- Certificado y B@KQ
Observaciones para la tramitación electrónica
Disponibilidad de una APP específica para teléfonos móviles.
Oficinas de atención presencial
Oficinas Comarcales Agrarias
TRAMITACIÓN
Modalidades de solicitud
- Internet
- Presencial
RESOLUCIÓN
Efectos del silencio administrativo
No aplicaNORMATIVA
Específica:
- Real Decreto 1980/1998 de 18 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de animales de la especie bovina, y sus posteriores modificaciones.
General:
- Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
- Real Decreto 479/2004, de 6 de marzo, por el que se establece y regula el registro general de explotaciones ganaderas.
- Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales.
- Reglamento (CE) nº 1760/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, que establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 820/97 del Consejo.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Observaciones
- Tríptico
- Instrucciones de identificación para nacimientos de bovinos
- Instrucciones para pérdidas o deterioros de crotales