Adopción internacional

INFORMACIÓN GENERAL


Finalidad

La adopción es una medida de protección para niños y niñas que no pueden permanecer en su familia de origen y necesitan de un entorno familiar, estable y permanente.

Cuando un niño o niña no puede ser adoptado por una familia de su país, es el momento en el que se plantea la adopción internacional.


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE CUIDADOS Y POLÍTICAS SOCIALES
  • Dir. Gral. Protección A Infancia, Inclusión Social y Atenc.violenc. Machista Contra Mujer
  • Servicio de Protección a la Infancia y la Adolescencia

Contacto

Sección de Acogimiento Familiar y Adopción

Edificio Txara 2. Paseo Zarategi, 99

20015 Donostia - San Sebastián

Tel: 943 11 25 66

E-mail: adopcion@gipuzkoa.eus


Requisitos

  • Ser mayor de 25 años. En caso de matrimonio o unión de hecho, basta con que una persona sea mayor de 18 y la otra mayor de 25.
  • Residir en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
  • Que exista una diferencia de edad máxima de 44 años, entre la persona menor de edad que va a ser adoptada y la familia adoptante. En los matrimonios y uniones de hecho se tendrá en cuenta la edad del más joven.
  • En caso de ser matrimonio o unión de hecho se debe demostrar una convivencia mínima de 2 años.
  • Los requisitos exigidos por el Decreto 114/2008, de 17 de junio, por el que se regula el procedimiento de actuación que deberán seguir las Diputaciones Forales en materia de adopción de personas menores de edad.
  • Los requisitos exigidos por el país de origen de la persona menor de edad.

Cuantía

Actualmente, todos los trámites en los que participa la Diputación Foral de Gipuzkoa, incluida la tramitación del Certificado de Idoneidad, son gratuitos.

Sin embargo, a lo largo del procedimiento de adopción, se debe hacer frente a una serie de gastos derivados de la tramitación del expediente, que corren a cargo de las personas que se ofrecen para la adopción.


Criterios de valoración y baremación

Decreto 114/2008, de 17 de junio, por el que se regula el procedimiento de actuación que deberán seguir las Diputaciones Forales en materia de adopción de personas menores de edad (BOPV, 27 de junio de 2008: artículo 12).



INICIO Y SOLICITUD


Modalidades de solicitud

  • Presencial

Oficinas de atención presencial

  • Registro de entrada del Departamento de Política Social (edificio Txara II, Paseo Zarategi, 99. 20015 Donostia-San Sebastián)
  • Registros de la Diputación Foral de Gipuzkoa
  • Aquellos establecidos en el artículo 38.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común


TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Presencial

RESOLUCIÓN


Plazo máximo de resolución

 

  • Plazo máximo de 6 meses desde la presentación de la solicitud de declaración de idoneidad  (art. 24.2 del Decreto 114/2008)
  • 

Efectos del silencio administrativo

Desestimatorio

Se informa mediante

  • Notificación/correo certificado


NORMATIVA


  • Convención sobre los derechos del niño, de 20 de noviembre de 1989
  • Convenio de la Haya, de 29 de mayo de 1993
  • Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción internacional
  • Código Civil.
  • Ley 3/2005, de 18 de febrero, de Atención y Protección a la Infancia y Adolescencia.
  • Decreto 114/2008, de 17 de junio, por el que se regula el procedimiento de actuación que deberán seguir las Diputaciones Forales en materia de adopción de personas menores de edad.
  • Decreto 277/2011, de 27 de diciembre, publicado en el BOPV de 24 de enero de 2012, por el que se regula la acreditación y el funcionamiento de las ECAIs en el País Vasco.
  • Orden de 5 de mayo de 2008, por el que se regula el registro de dichas entidades.


INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


Observaciones

Antes de poder presentar la solicitud, es OBLIGATORIA la asistencia a las sesiones de información-formación. Para ello, deberán llamar al teléfono: 943 429551 / 673 69 86 77


Información adicional

  • Una vez emitida la resolución de idoneidad y antes de recibir la asignación del niño o niña, se ofrece la posibilidad de tomar parte en unos talleres con el fin de ampliar la formación sobre adopción. Para ello, deberán llamar al teléfono: 943 245606
  • Una vez constituida la adopción, se ofrece un servicio de apoyo y asesoramiento a las personas adoptadas y sus familias. Para ello, deberán llamar al teléfono: 943 112566