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Modelo 392. Declaración-liquidación anual del IVA. Régimen General junto con Simplificado
INFORMACIÓN GENERAL
Plazo de presentación
Anual. A presentar dentro de los 31 primeros días naturales del mes de enero del año siguiente.Finalidad
Declarar en el Régimen General las operaciones efectuadas durante todo el año. En el Régimen Simplificado se declara en función de los índices, módulos y demás parámetros establecidos.
Además, tiene la consideración de última declaración-liquidación del ejercicio, por lo que no debe cumplimentarse la declaración-liquidación de IVA (modelo 370) del último trimestre
Tramitado por
- DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
- Subdirección General de Gestión Tributaria
- Servicio de Gestión de Imp. Indirectos, Imp. sobre las Transmisiones y Tributos Medioamb.
Dirigido a
Contribuyentes que tributen conjuntamente por el Régimen General y por el Régimen Simplificado, que estén obligados a presentar, trimestralmente, declaración-liquidación mediante el modelo 370.
INICIO Y SOLICITUD
Formularios y modelos a presentar
Modalidades de solicitud
- Internet
- Presencial
Solicitud por internet
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
- Certificado y B@KQ
Oficinas de atención presencial
Oficinas de Atención Ciudadana, entidades colaboradoras, Servicio Impuestos Indirectos: a compensar. Entidades financieras colaboradoras: a ingresar
TRAMITACIÓN
Modalidades de solicitud
- Internet
- Presencial
NORMATIVA
Orden Foral 545/2023 de 5 de diciembre
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Información adicional