Modelo 392. Declaración-liquidación anual del IVA. Régimen General junto con Simplificado

INFORMACIÓN GENERAL


Plazo de presentación

Anual. A presentar dentro de los 31 primeros días naturales del mes de enero del año siguiente.

Finalidad

Declarar en el Régimen General las operaciones efectuadas durante todo el año. En el Régimen Simplificado se declara en función de los índices, módulos y demás parámetros establecidos.
Además, tiene la consideración de última declaración-liquidación del ejercicio, por lo que no debe cumplimentarse la declaración-liquidación de IVA (modelo 370) del último trimestre


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
  • Subdirección General de Gestión Tributaria
  • Servicio de Gestión de Imp. Indirectos, Imp. sobre las Transmisiones y Tributos Medioamb.

Dirigido a

Contribuyentes que tributen conjuntamente por el Régimen General y por el Régimen Simplificado, que estén obligados a presentar, trimestralmente, declaración-liquidación mediante el modelo 370.



INICIO Y SOLICITUD


Formularios y modelos a presentar

Modelo 392


Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

Solicitud por internet

Modelo 392 envío por Internet


Identificación necesaria para la tramitación electrónica

  • Certificado y B@KQ

Oficinas de atención presencial

Oficinas de Atención Ciudadana, entidades colaboradoras, Servicio Impuestos Indirectos: a compensar. Entidades financieras colaboradoras: a ingresar



TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

NORMATIVA


Orden Foral 545/2023 de 5 de diciembre



INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


Información adicional

Modelo 392