Plazo de presentación
Anual. A presentar dentro de los 31 primeros días naturales del mes de enero del año siguiente.Finalidad
Declarar en el Régimen General las operaciones efectuadas durante todo el año. En el Régimen Simplificado se declara en función de los índices, módulos y demás parámetros establecidos.
Además, tiene la consideración de última declaración-liquidación del ejercicio, por lo que no debe cumplimentarse la declaración-liquidación de IVA (modelo 370) del último trimestre
Tramitado por
Dirigido a
Contribuyentes que tributen conjuntamente por el Régimen General y por el Régimen Simplificado, que estén obligados a presentar, trimestralmente, declaración-liquidación mediante el modelo 370.
Formularios y modelos a presentar
Modalidades de solicitud
Solicitud por internet
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
Oficinas de atención presencial
Oficinas de Atención Ciudadana, entidades colaboradoras, Servicio Impuestos Indirectos: a compensar. Entidades financieras colaboradoras: a ingresar
Modalidades de solicitud
Orden Foral 545/2023 de 5 de diciembre
Información adicional