Tramites Servicios
Autorización de unidades de iniciación deportiva para escolares o "escuelas deportivas"
INFORMACIÓN GENERAL
Finalidad
Solicitar autorización para el funcionamiento de unidades de iniciación deportiva para escolares en las modalidades de: baloncesto, balonmano, fútbol, fútbol-sala y rugby.
Tramitado por
- DPTO. DE CULTURA, COOPERACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
- Dirección General de Deportes
- Servicio de Deportes
Dirigido a
- Clubes deportivos
- Entidades deportivas
- Particulares
Requisitos
INICIO Y SOLICITUD
Formularios y modelos a presentar
(A través de la aplicación telemática "Espedientes de autorizaciones", línea 4.1: "Crear una unidad de iniciación deportiva -Escuelas deportivas")
- Conformidad manifestada por la estructura de deporte escolar del municipio
- Autorización de la entidad o persona propietaria de la instalación
- Objetivos, contenidos y actividades a realizar en las diferentes etapas de enseñanza-aprendizaje
- Actividades de competición orientadas a la enseñanza deportiva y qué deportistas participarán en las mismas
- Presupuesto
Documentacion a aportar
(A través de la aplicación telemática)
- Seguro de responsabilidad civil de la actividad en vigor: póliza y recibo del abono.
Modalidades de solicitud
- Internet
Solicitud por internet
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
- Clave operativa
- Certificado y B@KQ
RESOLUCIÓN
Plazo máximo de resolución
3 meses
Efectos del silencio administrativo
EstimatorioNORMATIVA
- Orden Foral 63/2007, de 19 de octubre, por la que se regula el régimen de autorización de unidades de tecnificación deportiva para escolares.
- Orden Foral 69/2008, de 25 de febrero, por la que se regula la aplicación de la Orden Foral 63/2007, de 19 de octubre, reguladora del régimen de autorización de unidades de tecnificación deportiva para escolares, a las unidades de iniciación de las modalidades de baloncesto, balonmano, fútbol, fútbol-sala y rugby.
- Orden Foral 02-118/2017, de 25 de septiembre, por la que se modifica la Orden Foral 69/2008, de 25 de febrero, por la que se regula la aplicación de la Orden Foral 63/2007, de 19 de octubre, reguladora del régimen de autorización de unidades de tecnificación deportiva para escolares, a las unidades de iniciación de las modalidades de baloncesto, balonmano, fútbol, fútbol sala y rugby.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Observaciones
- Las solicitudes de autorización deberán presentarse con una antelación mínima de 3 meses.
- Las autorizaciones caducarán en la fecha prevista en la resolución, y en todo caso, en el plazo de 1 año. Para continuar hay que solicitar prórroga.
- En el plazo de 1 mes desde el comienzo de las actividades deberá aportar: Listado de participantes a través de la aplicación de inscripciones de deporte escolar e información sobre el personal técnico.
- Las unidades ya autorizadas podrán ser suspendidas si incumplen las condiciones establecidas en la resolución de autorización o la normativa vigente.
Información sobre el seguro de responsabilidad civil de la actividad en vigor
Información adicional
Oficinas Comarcales de Deportes